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ORDEN de 9 de octubre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Bachillerato, correspondientes al curso académico 2013-2014.

Publicado el 30/10/2014 (Nº 213)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 2 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 3 de junio de 2014), se convocaron los premios extraordinarios de bachillerato, uno para la provincia de Huesca, uno para la provincia de Teruel y seis para la provincia de Zaragoza. La base normativa para la concesión de estos premios en el ámbito autonómico está reconocida en el artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Comprobados que los participantes cumplían con los requisitos para participar en los Premios Extraordinarios de Bachillerato, realizadas las correspondientes pruebas el día 19 de junio de 2014 (simultáneamente en las tres provincias), reunido el Tribunal nombrado conforme con lo establecido en el Punto Séptimo de la orden de convocatoria, calificados los ejercicios conforme con los criterios establecidos y examinada la propuesta de resolución elaborada por el Director General de Política Educativa y Educación Permanente, resuelvo:

Primero.- Conceder los Premios Extraordinarios de Bachillerato a los alumnos que a continuación se relacionan, y que han obtenido la mayor puntuación en las pruebas correspondientes:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Orden EDU/2058/2010, de 13 de julio, por la que se regulan los Premios Nacionales de Bachillerato establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrán optar a los Premios Nacionales de Bachillerato previa inscripción, el alumnado que haya obtenido previamente Premio Extraordinario de Bachillerato en el ámbito de gestión directa del Ministerio de Educación o de la Comunidad Autónoma en que haya finalizado dichas enseñanzas y que cumplan los requisitos previstos en dicho precepto.

Segundo.- Adjudicar a cada uno de los alumnos premiados la cantidad de seiscientos euros (600 €).

Tercero.- El importe de los premios concedidos asciende a un total de cuatro mil ochocientos euros (4.800 €), que se harán efectivos con cargo a la aplicación presupuestaria 18050/G/4231/480093/91002 del año 2014.

Cuarto.- Si se produjera alguna renuncia al Premio Extraordinario de Bachillerato será cubierto por el alumno con mejor puntuación de la lista de reserva de la provincia que le corresponda.

Quinto.- Contra lo dispuesto en esta orden cabe interponer en el plazo de dos meses recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Zaragoza, 9 de octubre de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ