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RESOLUCION de 7 de octubre de 2004, de la Dirección General de Política Educativa, por la que se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección de Educación para el Curso 2004/2005.

Publicado el 20/10/2004 (Nº 124)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

RESOLUCION de 7 de octubre de 2004, de la Dirección General de Política Educativa, por la que se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección de Educación para el Curso 2004/2005.

El Decreto 29/2004, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en su artículo 20.1.f), atribuye a la Dirección General de Política Educativa la dirección de la Inspección de Educación y la definición de los planes de actuación de la misma.

El Decreto 211/2000, de 5 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación y se establece el sistema de acceso y provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación en la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 8, establece el Plan General de Actuación.

Dicho Plan tiene como objeto el dar cohesión a las actuaciones de la Inspección de Educación en el ámbito de la Comunidad Autónoma y servir de marco para que las Inspecciones Provinciales de Educación integradas en los Servicios Provinciales del Departamento elaboren su propio Plan Provincial de Actividades, adecuando las actuaciones a su contexto. Además de estas actuaciones, cada Servicio Provincial podrá introducir otras que estime convenientes en su ámbito de actuación.

En la elaboración del Plan, se han tenido en cuenta las propuestas de los diversos centros directivos del Departamento sobre actuaciones relacionadas con asuntos de sus respectivas competencias. Las Inspecciones Provinciales de Educación, a través de sus Jefes Provinciales, han formulado sugerencias que han estado igualmente presentes en el proceso de confección del plan.

En atención a lo expuesto, esta Dirección General de Política Educativa ha resuelto aprobar el Plan General de Actuación de la Inspección de Educación que se inserta como anexo a esta Resolución.

El Servicio de Inspección, Evaluación y Ordenación de esta Dirección General de Política Educativa adoptará las medidas precisas para asegurar el mejor cumplimiento del Plan General de Actuación de la Inspección de Educación en Aragón.

Zaragoza, 7 de octubre de 2004.

La Directora General de Política Educativa, CARMEN MARTINEZ URTASUN

ANEXO PLAN GENERAL DE ACTUACION DE LA INSPECCION

DE EDUCACION PARA EL CURSO 2004/2005

I. INTRODUCCION

Mediante este Plan General de Actuación, la Dirección General de Política Educativa del Departamento define y establece las actuaciones a través de las cuales ésta lleva a cabo los cometidos que tiene encomendados por el Departamento para supervisar los centros y servicios educativos, garantizar el cumplimiento de las leyes, asesorar a la comunidad educativa y promover la mejora progresiva del sistema educativo en Aragón, durante el curso 2004/2005.

Estas actuaciones tienen por objeto, de una parte, contribuir a una adecuada organización de las enseñanzas implantadas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, con las modificaciones vigentes, introducidas por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación y, de otra, procurar con carácter general la puesta en marcha y seguimiento de cuantos elementos organizativos y funcionales de los centros, programas y servicios están previstos en los Reglamentos Orgánicos, en la Orden de 20 de agosto y 22 de agosto de 2002, del Departamento de Educación y Ciencia, por el que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos no universitarios, y demás normas, muy particularmente, por su importancia, la escolarización de los alumnos, la dotación de profesorado, la adecuación de las instalaciones y los procesos docentes y de evaluación.

El Plan General de Actuación para este curso incluye actuaciones prioritarias del Departamento referentes al seguimiento de los procesos didácticos en las lenguas extranjeras, a la evaluación de los departamentos didácticos, a la atención a la diversidad y a la integración en los centros de las tecnologías de la información y comunicación en los procesos de enseñanza-aprendizaje.

Estas actuaciones han de realizarse de modo que se proporcione a los centros el necesario estímulo para que, en el marco de su autonomía, ejerzan con eficacia las responsabilidades y competencias que la legislación les atribuye, especialmente en la definición y adecuación constantes de sus proyectos educativos y curriculares y en la autoevaluación de su organización y funcionamiento a fin de mejorar la práctica pedagógica y la gestión de los mismos.

II. ACTUACIONES

A. Actuaciones Prioritarias.

Estas actuaciones responden al desarrollo de los objetivos prioritarios establecidos por el Departamento y se llevan a cabo tanto en centros públicos como en centros privados.

1.-Supervisión de la Educación Infantil y Primaria.

Seguimiento de la enseñanza de la primera lengua extranjera en el segundo y tercer ciclo de la Educación Primaria.

Se pretende, sobre una muestra de centros:

a) Comprobar la temporalidad semanal.

b) Analizar los procesos didácticos.

c) Proponer las medidas correspondientes de mejora.

2.-Supervisión de la Educación Secundaria.

Evaluación de los departamentos didácticos.

Se pretende analizar y valorar los siguientes ámbitos:

a) La organización y el funcionamiento.

b) La programación didáctica.

c) La evaluación.

d) La incardinación del departamento didáctico en el centro.

e) Los medios y recursos del departamento.

f) Satisfacción y propuestas de mejora de los miembros del departamento.

3. Supervisión de programas o proyectos del Departamento.

3.1 Seguimiento de la respuesta educativa de los centros al programa de acogida e inmersión lingüística de los alumnos inmigrantes.

Se pretende:

a) Comprobar la incorporación de las actuaciones de acogida e inmersión lingüística a los documentos de planificación del centro.

b) Analizar las actuaciones del tutor de acogida.

c) Analizar la adecuación del profesorado a las modalidades organizativas: inmersión lingüística, refuerzo lingüístico y refuerzo curricular.

d) Recoger las dificultades que se plantean y las necesidades de formación del profesorado para desarrollar los procesos didácticos en la modalidad de inmersión lingüística.

3.2 Seguimiento del programa Ramón y Cajal en lo relativo a la integración de las TIC en los Centros de Educación Infantil y Primaria.

Se pretende:

a) Comprobar que los centros están aplicando la integración de las TIC en los procesos de enseñanza-aprendizaje.

b) Analizar el grado de aplicación de las TIC por los alumnos como recursos didácticos.

c) Recoger los problemas que se plantean, así como las experiencias de calidad para darlas a conocer a otros centros.

B. Actuaciones específicas.

Las actuaciones específicas tienen por objeto la elaboración de estudios de especial interés para el Departamento. Durante el curso 2004-2005, se realizarán las siguientes:

1. Estudio de la organización de los Institutos y Secciones de Educación Secundaria sobre cursos, agrupaciones, desdobles y ratios por áreas o materias y compensación educativa.

2. Estudio de los Documentos de Organización de Centro de los distintos niveles para su inclusión en los procesos de informatización.

3. Estudio sobre la organización y funcionamiento de las Escuelas Hogar, Residencias y CRIES.

4. Estudio del Proyecto Aularagón en las tres modalidades: Educación secundaria para personas adultas, formación profesional y formación del profesorado.

5. Estudio del programa de Secciones Bilingües de francés-español en los Centros de Educación Secundaria.

6. Informe sobre el proyecto de escolarización de los alumnos fuera de plazo y formulación de propuestas de mejora.

7. Estudio sobre los resultados de evaluación de los alumnos de Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato

C. Actuaciones habituales.

1. Estas Actuaciones son inherentes al desarrollo del sistema educativo por lo que la Inspección de Educación ha de llevarlas a cabo inevitablemente todos los cursos. Las mismas están recogidas en los artículos 2 y 3 del Decreto 211/2000, de 5 de diciembre (BOA del 15), y en el apartado II.C. de la Resolución de 17 de septiembre de 2002 (BOA del 27), por la que se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección de Educación para el curso 2002/2003.

D. Otras actuaciones.

El trabajo de la Inspección de Educación no se limita a la realización de las actuaciones concretadas y definidas en el Plan General de Actuación. Las Inspecciones Provinciales intervienen también en cuantas tareas les encomiendan los Directores de los Servicios Provinciales, requeridas por problemas que surgen incidentalmente en el funcionamiento de los Centros y Servicios Educativos. Pueden, igualmente, encomendárseles otras para satisfacer necesidades específicas de las Direcciones de los Servicios Provinciales que deben ser objeto de programación en los Planes Provinciales de Actividades.

La experiencia demuestra que, aún tomando las previsiones de consulta previa a los órganos directivos del Departamento sobre sus puntos de interés preferente en relación con la actividad de la Inspección, pueden demandarse excepcionalmente colaboraciones y encargos de actuaciones específicas sobre sectores concretos del sistema, a los que habrá de responderse con la agilidad necesaria, por lo que es preciso que los Inspectores, por medio de las actuaciones habituales, tengan un conocimiento pormenorizado de cada uno de sus centros de referencia.

III. FASES DE DESARROLLO DE LAS ACTUACIONES

Las actuaciones prioritarias 1, 2 y 3.2 se llevarán a cabo durante el primer y segundo trimestre y el mes de abril y la actuación 3.1 durante el primer y segundo trimestre.

Las actuaciones específicas correspondientes a los apartados 1,2,3,4,5 y 7 se llevarán a cabo durante el primer y segundo trimestre y la actuación 6 durante todo el curso.

IV. PLANES PROVINCIALES DE ACTIVIDADES

1. En la elaboración de los Planes Provinciales de Actividades se tendrán en cuenta su adaptación a cada provincia y las Instrucciones que al efecto dicte o haya dictado la Dirección General de Política Educativa en relación con su estructura, con sus contenidos fundamentales y con los elementos que han de considerarse básicos en la planificación de cada una de las actuaciones.

En estos Planes se concretarán los cauces y mecanismos que garanticen la estructura de coordinación interna de las Inspecciones Provinciales, así como la colaboración y coordinación precisas entre las Inspecciones y las Unidades de Programas Educativos (constitución de grupos mixtos, designación de responsables, elaboración de instrumentos, determinación de reuniones, cauces de comunicación e información), que se aplicarán en la planificación, desarrollo y evaluación de aquellas actuaciones que hayan de tener un tratamiento en colaboración.

Los Planes Provinciales de Actividades podrán contemplar el desarrollo de aquellos proyectos de innovación e investigación presentados por Inspectores que sean considerados de interés por el Departamento. Estos proyectos tendrán la consideración de áreas específicas de trabajo.

Los Planes Provinciales de Actividades, una vez aprobados por los Directores de los Servicios Provinciales, deberán remitirse a la Dirección General de Política Educativa con anterioridad al día 20 de noviembre de 2004.

2. La organización y funcionamiento de las Inspecciones de Educación Provincial, en lo referente a la aplicación del citado Plan, se realizarán conforme a lo establecido en el Decreto 211/2000, de 5 de diciembre (BOA del 22), del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación y se establece el sistema de acceso y provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

V. SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL PLAN DE ACTUACION

La evaluación externa del grado de cumplimiento del presente Plan General se realizará, mediante su seguimiento, por el Servicio de Inspección, Evaluación y Ordenación. La evaluación interna se llevará a cabo por las Inspecciones Provinciales en las reuniones semanales de los Equipos de Distritos y de los Jefes de Distrito con el Inspector Jefe, así como en las reuniones trimestrales de las Inspecciones Provinciales.

Al finalizar el curso académico, se evaluará el grado de cumplimiento del Plan Provincial de Actividades. Las conclusiones del mismo se recogerán en un informe sobre funcionamiento de la Inspección Provincial que, una vez visado por el Director del Servicio Provincial, se remitirá a la Dirección General de Política Educativa del Departamento, antes del 30 de septiembre de 2005.