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RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 17 de junio de 2008, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de producción, con capacidad para 600 UGM, ubicada en el polígono 13, parcelas 39 y 653, del término municipal de Grañen (Huesca), y promovida por Agroalimentaria Porcino, S.A. (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/11800).

Publicado el 24/02/2014 (Nº 38)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el escrito de fecha 14 de noviembre de 2013, presentado por D. José Perella Castanera, en representación de Agroalimentaria Porcino, S.A., con CIF: A22158075, solicitando la modificación de la autorización ambiental integrada descrita, en base a la construcción ya finalizada, de una nueva balsa de agua vallada dentro de sus instalaciones.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, tramitada en este Instituto, con Número Expte. INAGA 500301/02/2007/05030, otorgada por Resolución de 17 de junio de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 107, de 21 de julio de 2008.

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 21 de octubre de 2010, se prorrogó la entrada en funcionamiento de su actividad hasta el 21 de julio de 2012 (Número Expte. INAGA 500301/02/2010/09369).

Tercero.- Con fecha 23 de octubre de 2013, este Instituto realizó el correspondiente trámite de audiencia para la actualización de oficio de dicha autorización ambiental integrada, de acuerdo a la disposición transitoria primera de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, según redacción dada por la Ley 5/2013, de 11 de junio (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10326).

Cuarto.- El titular de la explotación, en la solicitud de fecha 14 de noviembre de 2013, que ha generado la apertura del Número Expte. INAGA 500601/02/2013/11800, hace referencia al expediente citado en el punto tercero y al escrito recibido en el procedimiento del trámite de audiencia y solicita la inclusión de la nueva balsa de agua construida, en la autorización ambiental integrada otorgada.

Fundamentos jurídicos

Vistos, la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, he resuelto:

Autorizar la modificación puntual de la Resolución de 17 de junio de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción hasta 2.000 hembras reproductoras (equivalentes a 600 UGM) ubicada en el polígono 13, parcelas 39 y 653, del término municipal de Grañen (Huesca), y promovida por la Agroalimentaria Porcino, S.A. (Número Expte. INAGA 500301/02/2007/05030), en el siguiente punto, dejando el resto inalterado:

«2. Otorgar autorización ambiental integrada a Agroalimentaria Porcino, S.A., con CIF: A22158075, para la ampliación de una explotación porcina hasta 2.000 hembras reproductoras (equivalentes a 600 UGM), situada en las coordenadas UTM huso 30 XM: 717.664 YM: 4.638.895 ZM: 400, polígono 13, parcelas 39 y 653, del término municipal de Grañen (Huesca). La autorización se otorga con el siguiente condicionado:

2.1. Las instalaciones actuales consisten en: una nave gestación control (90 x 19 m); un parque de gestación (18 x 14 m); una nave de paritorios (70 x 14 m); una nave de destete (75 x 14 m) que durante la ampliación se adaptará su interior para ser un paritorio; vestuario (12 x 10 m); almacén; caseta de calderas; edificio destinado a la limpieza de animales (3 x 3 m); una balsa de agua ubicada en el exterior de la explotación; una balsa de agua vallada, ubicada dentro de la explotación (70 x 18 m), con una capacidad de almacenamiento de 3.938 m³; una fosa de purines impermeabilizada en hormigón, capacidad de almacenamiento de 1.677 m³; una fosa de cadáveres en hormigón de 60 m³; vado sanitario; vallado perimetral a la explotación y a la fosa de purines».

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 27 de enero de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ