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RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 13 de marzo de 2007, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo, con capacidad hasta 318 UGM, situada en la parcela 74, del polígono 12 de Montesusín, del término municipal de Grañen (Huesca), y promovida por la sociedad Artigas Langa, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/11798).

Publicado el 24/02/2014 (Nº 38)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el escrito de fecha 8 de noviembre de 2013, presentado por D. Antonio Artigas Plou, en representación de Artigas Langa, S. C., con CIF: G22245500, como promotora de una solicitud de prórroga de tres años en el plazo autorizado para la entrada en funcionamiento de la ampliación de la explotación descrita, resulta:

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, tramitada en este Instituto, con Número Expte. INAGA 500301/02/2006/01756, otorgada por Resolución de 13 de marzo de 2007, del Insituto Aragonés de Gestión Ambiental y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 37, de 28 de marzo de 2007.

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 22 de mayo de 2009, se prorrogó la entrada en funcionamiento hasta el 28 de marzo del 2011 (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/03310).

Tercero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 14 de septiembre de 2011, se prorrogó por segunda vez la entrada en funcionamiento hasta el 28 de marzo del 2013 (Número Expte. INAGA 500301/02/2011/02911).

Fundamentos jurídicos

Primero.- De acuerdo a lo previsto en el artículo 59.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, las autorizaciones ambientales integradas puedan establecer plazos mayores que sus resoluciones iniciales, a solicitud del titular de la instalación. Esta condición está establecida en el punto 2.14 de la Resolución de 13 de marzo de 2007. El titular de la explotación justifica la citada prórroga debido a causas de fuerza mayor y de tipo económico que le han imposibilitado terminar la construcción.

Vistos, la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, he resuelto:

Autorizar la modificación puntual de la Resolución de 13 de marzo de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental ntegrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad final de 2.650 plazas (equivalentes a 318 UGM), situada en la parcela 74, del polígono 12 de Montesusín, del término municipal de Grañen (Huesca), y promovida por la sociedad Artigas Langa, S. C., (Número Expte. INAGA 500301/02/2006/01756), en los siguientes términos, dejando inalterado el resto de los condicionantes:

El último párrafo del punto 2.14 de la resolución, quedará sustituido por el siguiente:

«El comienzo de la actividad deberá ser anterior al 28 de marzo de 2015; de otra forma, la presente resolución alcanzará su caducidad y quedará sin efecto».

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 23 de enero de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ