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ORDEN ECD/1659/2016, de 18 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/1090/2016, de 16 de agosto, por la que se convocan ayudas a asociaciones y fundaciones para el año 2016 en materia de política lingüística.

Publicado el 24/11/2016 (Nº 227)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con fecha de 14 de septiembre de 2016, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 178 la Orden ECD/1090/2016, de 16 de agosto, por la que se convocan ayudas a asociaciones y fundaciones para el año 2016 en materia de política lingüística.

Dicha orden fue posteriormente modificada mediante Orden ECD/1587/2016, de 10 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/1090/2016, de 16 de agosto, por la que se convocan ayudas a asociaciones y fundaciones para el año 2016 en materia de política lingüística. Según el punto 7 del apartado decimoquinto de la convocatoria, "el plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente de la notificación individual a las personas o entidades beneficiarias de las ayudas", pero no se establecía plazo de finalización. De acuerdo con la Orden de 14 de noviembre de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, incluidas las bases reguladoras en materia de política lingüística aprobadas mediante Orden ECD/622/2016, de 3 de junio, se establece, como plazo de finalización de la justificación, el 12 de diciembre de 2016. En virtud de lo anterior y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte resuelvo:

Primero.- Se modifica el apartado decimoquinto 7 de la Orden ECD/1090/2016, de 16 de agosto, por la que se convocan ayudas a asociaciones y fundaciones para el año 2016 en materia de política lingüística, que queda redactado de la siguiente manera:

"7. El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente de la notificación individual a las personas o entidades beneficiarias de las ayudas y finalizará el día 12 de diciembre de 2016".

Segundo.- La presente orden surtirá efectos a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Zaragoza, 18 de noviembre de 2016.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN