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ORDEN de 12 de febrero de 2014, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, por la que se modifica la Orden de 12 de diciembre de 2013, de convocatoria de subvenciones para el transporte regular y permanente de viajeros por carretera de uso general, con explotación deficitaria en el año 2013.

Publicado el 24/02/2014 (Nº 38)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

El Decreto 83/2006, de 4 de abril, del Gobierno de Aragón, aprobó el Reglamento que establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de transporte de viajeros por carretera, regulando en el Capítulo I de su Título II el régimen jurídico específico de la línea de subvención a los servicios de transporte público regular y permanente de viajeros por carretera, de uso general, de carácter deficitario.

Por Orden de 12 de diciembre de 2013, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes se efectúa convocatoria de subvenciones para el transporte regular y permanente de viajeros por carretera de uso general, con explotación deficitaria en el año 2013, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 10, de 16 de enero de 2014.

El artículo 8.1 de dicha orden establece el plazo para la presentación de las solicitudes de subvención, que comenzará el día 1 de febrero y finalizará el día 28 de febrero de 2014. En el apartado 3 de este mismo artículo se señala que la solicitud se acompañará de la documentación que se indique en las instrucciones para la elaboración de la memoria justificativa.

El apartado octavo de dicha orden atribuía a la Dirección General de Transportes y Planificación de Infraestructuras la competencia para establecer las instrucciones de elaboración de la memoria justificativa a presentar por los solicitantes de estas ayudas. No obstante, se considera más apropiado proceder a establecer dichas instrucciones directamente a través de la presente orden y, a la vez, a la ampliación del plazo de presentación de las correspondientes solicitudes.

En su virtud y de acuerdo con la competencia atribuida al Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes para aprobar la convocatoria de las citadas ayudas, dispongo:

Primero.- Aprobar las instrucciones para la elaboración de la memoria justificativa del déficit correspondiente al ejercicio 2013, objeto de solicitud de las ayudas previstas en la Orden de 12 de diciembre de 2013, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes.

Segundo.- El plazo para la presentación de solicitudes, que se dirigirán a la Dirección General de Transportes y Planificación de Infraestructuras, será el de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", dejando sin efecto el número 1 del apartado octavo de la Orden de 12 de diciembre de 2013.

Tercero.- La modificación contemplada en esta orden no implica la modificación del resto del contenido dispuesto en la citada Orden de 12 de diciembre de 2013, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes.

Cuarto.- Esta orden producirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 12 de febrero de 2014.

El Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, RAFAEL FERNÁNDEZ DE ALARCÓN HERRERO.