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RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Aparato Digestivo en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 09/10/2014 (Nº 199)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Por Resolución de 2 de septiembre de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 19 de septiembre de 2014, se determina la composición del Tribunal calificador en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Cirugía Aparato Digestivo en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

De conformidad con lo previsto en la base 5.1 de la Resolución de 18 de octubre de 2013 publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 28 de octubre de 2013, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y en la Disposición adicional tercera de la Ley 26/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Designar a D.ª Elena Barrao Yoldi como vocal titular 2.º en sustitución de D. Eduardo Bajador Andreu.

Segundo.- Designar a D. Miguel Ángel Simón Marco como vocal suplente 2.º en sustitución de D.ª Elena Barrao Yoldi.

Los miembros del Tribunal designados habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 30 de septiembre de 2014.

El Director Gerente del

Servicio Aragonés de Salud,

ÁNGEL SANZ BAREA