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ORDEN de 26 de septiembre de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo, la Confederación de Empresarios de Aragón, la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa, la Unión Sindical de Comisiones Obreras de Aragón y la Unión General de Trabajadores de Aragón, para el desarrollo y ejecución del plan de formación e inserción juvenil de Aragón (Plan Fija).

Publicado el 09/10/2014 (Nº 199)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/7/0143 el convenio de colaboración suscrito, con fecha 2 de septiembre de 2014, por el Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, el Presidente de la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), el Presidente de la Pequeña u Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME), el Secretario General de la Unión General de Trabajadores (UGT-Aragón), y el Secretario General de la Unión Sindical de Comisiones Obreras de Aragón (CC.OO. Aragón) y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 26 de septiembre de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO, LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ARAGÓN, LA CONFEDERACIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA ARAGONESA, LA UNIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS DE ARAGÓN Y LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DE ARAGÓN PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN E INSERCIÓN JUVENIL DE ARAGÓN (PLAN FIJA).

En Zaragoza, a 2 de septiembre de 2014

REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. Don Jorge Lorenzo Escario Martínez, Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo (INAEM), nombrado por Decreto 306/2011, de 13 de septiembre, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 182, de 14 de septiembre), en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultado para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 29 de agosto de 2014.

De otra parte, D. Fernando Callizo Olivan, en calidad de Presidente de la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), elegido en Asamblea General celebrada válidamente el día 19 de noviembre de 2013, de acuerdo con el artículo 26 de los Estatutos de la Confederación de Empresarios de Aragón.

D. Aurelio López de Hita, en calidad de Presidente de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME), elegido en Asamblea General celebrada válidamente el día 14 de enero de 2013, de acuerdo con el artículo 28 de los estatutos de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa.

D. Daniel Alastuey Lizaldez, en calidad de Secretario General de la Unión General de Trabajadores (UGT-Aragón), elegido en el VI Congreso de UGT Aragón celebrado los días 9 y 10 de mayo de 2013 en Zaragoza, de acuerdo con el artículo 13 de sus estatutos.

D. Julián Buey Suñén, en calidad de Secretario General de la Unión Sindical de Comisiones Obreras de Aragón (CC.OO. Aragón), elegido en el XI Congreso la Unión Sindical de Comisiones Obreras de Aragón celebrado los días 13 y 14 de diciembre de 2012 en Zaragoza, de acuerdo con el artículo 24 de sus estatutos.

MANIFIESTAN

1. El Estatuto de Autonomía de Aragón en su artículo 99.3 dice que "Las instituciones aragonesas velarán por el equilibrio territorial y desarrollo sostenible de Aragón y por la realización interna del principio de solidaridad, y orientarán su actuación económica a la consecución del pleno empleo y la mejora de la calidad de vida de los aragoneses". En su artículo 26 determina que "Los poderes públicos de Aragón promoverán el pleno empleo de calidad en condiciones de seguridad; la prevención de los riesgos laborales; la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo; la formación y promoción profesionales, y la conciliación de la vida familiar y laboral", siguiendo lo dispuesto en los artículos 40 y 131 de la Constitución Española.

2. El Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón se inició en el marco del convenio suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Diputación General de Aragón de fecha 15 de septiembre de 1998, con el objetivo de conseguir la inserción laboral de jóvenes con baja cualificación, materializándose el 12 de noviembre de 1998 con la firma del Acuerdo para el Fomento del Empleo en la Comunidad Autónoma para 1999 (AFECA) en cuyo apartado 7.º se reconoce la necesidad de desarrollar el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón implicando para su ejecución a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

3. El Plan Fija nace en el año 1999 de un acuerdo entre el Gobierno de Aragón y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas (CREA, CEPYME, UGT y CCOO) en el marco del Acuerdo para el Fomento de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón y se ha mantenido como programa específico en los posteriores acuerdos, siendo el último el Acuerdo Social para la Competitividad y el Empleo de Aragón 2012-2015.

4. El Acuerdo social para la Competitividad y el Empleo de Aragón 2012-2015 suscrito entre el Gobierno de Aragón, la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME), la Unión General de Trabajadores de Aragón (UGT) y la Unión Sindical de Comisiones Obreras de Aragón (CC.OO), mantiene como objetivo en materia de empleo y formación implantar acciones destinadas a mejorar el acceso al mercado de trabajo y la capacitación profesional, como instrumento para recuperar la competitividad de la economía aragonesa y mejorar el diseño y orientación de las políticas activas de empleo, incluyendo entre las medidas a adoptar la remodelación del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón (Plan Fija), adaptándolo a la nueva normativa laboral.

5. El Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación dual tiene como objetivo establecer las bases para la implantación progresiva de la formación dual en España, entendida como el conjunto de acciones e iniciativas formativas dirigidas a la cualificación profesional de las personas, combinando los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en los centros de formación, considerando la actividad formativa inherente a los contratos para la formación y el aprendizaje como formación profesional dual.

6. El Plan Fija es una actuación de formación dual en materia de empleo juvenil de la Comunidad Autónoma de Aragón, que tuvo carácter pionero en cuanto a su formulación y objetivos generales: Orientar, formar e insertar laboralmente a los jóvenes mediante su capacitación profesional de acuerdo a las necesidades del mercado de trabajo en Aragón. La inserción laboral de los jóvenes se realizará a través de los contratos para la formación y el aprendizaje como instrumento destinado a favorecer la inserción laboral y la formación de las personas jóvenes en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo.

7. La Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo, en su artículo 2, encomienda a dicho Instituto, funciones en materia de empleo, formación e intermediación en el mercado de trabajo que correspondan a la Comunidad Autónoma de Aragón y establece entre sus funciones en relación con la planificación, gestión y control de las políticas de empleo, el desarrollo de programas de apoyo y fomento del empleo y la gestión de conciertos, convenios de colaboración y subvenciones que correspondan.

8. Para, dar cumplimiento a los fines del Instituto y favorecer la inserción laboral y la formación de las personas jóvenes, aumentar la calidad y estabilidad del empleo, el INAEM considera necesario la ejecución del Plan Fija que requiere la realización, entre otras, de las siguientes funciones: Búsqueda de empresas y de jóvenes interesados, informar y orientar a empresas y jóvenes desempleados de las posibilidades de contratación laboral y de formación, coordinación de la información relativa a las empresas que demandan celebrar estos contratos y los centros de formación, impartición de la formación para el empleo, información y orientación a los jóvenes desempleados y el seguimiento y evaluación del Plan en su conjunto. La realización de estas funciones requiere de una infraestructura de personal técnico y administrativo dedicado a las mismas, así como de medios materiales e informáticos necesarios para la gestión de este Plan.

9. La CREA es la organización que representa al conjunto del empresariado de la Comunidad Autónoma aragonesa realiza una amplia actividad formativa basada en las prioridades de las empresas (planes formativos para empleados, desempleados y autónomos; postgrados y cursos de especialización, prácticas no laborales en empresas, desarrollo de proyectos y aplicaciones de apoyo a la formación profesional), así como actividades de orientación e inserción laboral tanto generales como dirigidas a colectivos y sectores específicos (Acciones de Inserción Laboral, Programa de Información y Orientación para el Empleo y el Autoempleo, programas de reinserción laboral).

10. Uno de los objetivos de la CREA consiste en promover el desarrollo de la actividad empresarial, la mejora de rendimientos y productividad de las empresas y la formación de empresarios y trabajadores. Para lograr estos fines, CREA está integrada en organizaciones empresariales de ámbito nacional y europeo, además de formar parte de los diversos organismos y entidades sociales y económicos que asesoran a los máximos órganos de decisión de la Comunidad Autónoma e intervienen en las actuaciones relacionadas con el desarrollo económico y social de Aragón.

11. La CREA, ha venido coordinando y gestionando el Plan Fija desde el año 1999. La realización del Plan Fija directamente a través de esta organización empresarial y con la colaboración del resto de organizaciones firmantes de este convenio, aporta al Instituto Aragonés de Empleo la posibilidad de ejecutar este programa de una forma unificada y homogénea en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Además permite que se aúnen esfuerzos dirigidos a la inserción de los jóvenes y de disponer de medios técnicos y de bases de datos informáticas para su gestión. En la actualidad el Instituto Aragonés de Empleo con sus medios no podría gestionar, desarrollar y hacer el seguimiento de este programa de forma adecuada. Dicho Plan, dirigido a jóvenes desempleados permitirá conseguir el objetivo de potenciar el empleo juvenil e incrementar la cualificación profesional de los jóvenes desempleados.

12. El INAEM y las organizaciones empresariales sindicales: CREA, CEPYME; UGT y CC.OO, coinciden en la necesidad de impulsar la contratación de jóvenes desempleados, apoyándose para ello en la mejora de su cualificación profesional a través de acciones formativas específicamente destinadas a su inserción directa en las empresas que les contraten.

13. El INAEM para desarrollar el Plan Fija considera necesario la firma de un convenio de colaboración con la CREA, entidad coordinadora del proyecto y única entidad beneficiaria de la subvención y con las siguientes entidades promotoras: CEPYME; UGT y CC.OO, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones dado el interés social y económico del Plan Fija que permitirá orientar, tutorizar, formar e insertar a jóvenes desempleados, combinando el aprendizaje en la empresa y en el centro de formación.

14. La subvención concedida en el marco de este convenio está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 15 de febrero de 2012, del Consejero de Economía y Empleo, modificado por orden de 13 de febrero de 2013, en cumplimento de la medida 90 del apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente aprobado por el Gobierno de Aragón en sesión de 13 de septiembre de 2011.

15. Que con el objetivo de impulsar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y la dinamización de la economía aragonesa, el Gobierno de Aragón ha elaborado la "Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento", cuya implementación durante este año 2014 se realizará en aplicación de lo dispuesto en el Título Séptimo de la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014.

16. Los jóvenes menores de 25 años, que participen en el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón (Plan Fija) podrán incluirse en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, cofinanciado por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo para el período 2014-2020. Conforme determina el Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España, aprobado por el Consejo de Ministros celebrado el 20 de diciembre de 2013, estos jóvenes, en el momento de su solicitud de participación en las acciones formativas, no estarán trabajando ni participando en procesos educativos o formativos y deberán estar identificados en la base de datos del Sistema de Garantía Juvenil en España. Hasta la puesta en marcha de este sistema informático, la identificación de las personas jóvenes participantes se realizará a por el Instituto Aragonés de Empleo a través de los mecanismos que habilite para ello, sin perjuicio de la posterior verificación por parte del Sistema.

Por todo ello y, en su virtud, acuerdan el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

CLAÚSULAS

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el INAEM y las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del mismo, para el desarrollo y ejecución del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón (Plan Fija).

Segunda.- Ámbito territorial.

El ámbito territorial de ejecución es el correspondiente a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercera.- Destinatarios.

Serán destinatarios de las acciones contempladas en este Plan los jóvenes desempleados susceptibles de formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje así como cualquier modalidad contractual cuyo objetivo sea la promoción del empleo juvenil, y los jóvenes que reúnan los requisitos para ser beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Cuarta.- Actuaciones contempladas en el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón.

El Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón para el 2014 tiene como objetivo favorecer la inserción laboral de jóvenes desempleados de entre 16 y 30 años de edad a través de todas las modalidades contractuales cuyo objetivo sea la promoción del empleo juvenil, especialmente las modalidades que permitan implantar modelos de formación profesional dual y las recogidas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Las acciones a realizar serán:

- Acciones de publicidad y difusión del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón.

- Acciones de información y orientación a candidatos potenciales para ser jóvenes trabajadores a través del Plan.

- Acciones de prospección y captación de empresas para la celebración de contratos de trabajo

- Gestión de la selección de jóvenes y empresas y apoyo a la gestión de la contratación.

- En caso necesario, concertación de las acciones formativas con centros de formación adecuados.

- En caso necesario, acciones formativas vinculadas a la ocupación objeto del contrato a lo largo de la duración del mismo, en centros debidamente acreditados.

- Seguimiento de la acción formativa y de la participación del alumno, así como de su relación con la ocupación desempeñada

- Establecimiento de un plan piloto para el desarrollo y ejecución de acciones de información, sensibilización y/ o formación de tutores de empresa.

- Coordinación con los tutores de empresa

- Gestión administrativa completa del proceso.

Quinta.- Coordinación del proyecto y Comisión de Seguimiento.

Se designa a la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA) como entidad coordinadora del proyecto y única entidad beneficiaria de la subvención, asumiendo las funciones de gestión del Plan, siendo el resto de las entidades firmantes promotoras de su desarrollo.

Se constituirá una Comisión de Seguimiento del Plan compuesta por un representante de cada una de organizaciones empresariales y sindicales firmantes del presente convenio y cuatro representantes del Instituto Aragonés de Empleo, cuyas funciones son proponer acciones, calendario de ejecución, colectivos destinatarios, ámbito geográfico, infraestructuras necesarias, selección de empresas, difusión, evaluación y cuantas actuaciones sean necesarias llevar a cabo para el desarrollo y ejecución del Plan.

Sexta.- Obligaciones de las partes.

1. Por el Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Empleo y con arreglo a su programación anual, dentro de sus posibilidades institucionales y presupuestarias:

- Financiación de los gastos realizados por la entidad beneficiaria en la ejecución del Plan Fija, por un importe de 300.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 51014 3221 480261 91002. Este presupuesto podrá ser incrementado mediante adenda a este convenio, si existen necesidades de contratación de jóvenes que no hayan podido atenderse y existan disponibilidades presupuestarias en el INAEM.

2. Por la entidad coordinadora, la Confederación de Empresarios de Aragón CREA):

- La ejecución de las acciones objeto del presente convenio desde el 1 de octubre de 2014 al 30 de septiembre de 2015.

- Si la ejecución de las acciones de formación se realiza con medios externos al beneficiario, este deberá contar con un procedimiento de publicidad y concurrencia, que se aplicará en su contratación y que será entregado al INAEM en el momento de la justificación de gastos.

- Destacar en cuantas actividades se realicen para la difusión del Plan FIJA, la participación del Gobierno de Aragón y el INAEM, así como incorporar sus logotipos en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la publicidad o difusión de las actividades realizadas, de acuerdo con lo dispuesto en el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón y normativa reguladora aplicable.

- Los procedimientos de notificación y conexión telemática con el Instituto Aragonés de Empleo, a través de los cuales la entidad coordinadora comunicará al Servicio de Formación tanto los datos requeridos sobre las acciones formativas, como los de los alumnos participantes en el Plan.

- Efectuar la justificación de las cantidades aprobadas en este convenio y que figuran como anexo-1 al mismo, debiendo aportar junto a los documentos que acrediten el gasto efectivamente realizado, una memoria de las actuaciones realizadas y su valoración, comprometiéndose a facilitar cuanta documentación le sea requerida por el Instituto Aragonés de Empleo.

- Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que identifique las transacciones contables de esta subvención.

Séptima.- Ayudas a la inserción profesional.

Los alumnos participantes en el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón dispondrán durante la ejecución del plan y durante el período de vigencia del contrato de las siguientes ayudas, por asistencia al centro de formación:

- Una ayuda por desplazamiento de 2,40 euros/día, siempre que la distancia de su domicilio al centro de formación esté comprendido entre los 20 y 50 km.

- Una ayuda por desplazamiento y manutención de 9,60 euros/día, cuando la distancia anteriormente indicada esté entre 50 a 100 km.

- Una ayuda por desplazamiento, manutención y alojamiento de 36 euros/día cuando la distancia supere los 100 km.

Estas ayudas serán gestionadas por la entidad beneficiaria del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón y pagadas con cargo a la subvención recibida en este convenio. La percepción de las mencionadas ayudas quedará sujeta a la instrucción interna sobre gestión y pago de ayudas económicas a jóvenes del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón.

Octava.- Selección de participantes.

La selección de los alumnos/as integrantes del Plan FIJA será realizada por la entidad coordinadora del Plan, en colaboración con el INAEM, entre las personas inscritas que cumplan los requisitos para participar en el mismo.

Novena.- Justificación y pago.

El pago de la subvención concedida se realizará en dos anualidades correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015. En la primera de ellas se anticipara el 50 por ciento de la subvención, en aplicación de la Disposición décima de la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014, efectuándose la liquidación final en la segunda, una vez justificadas las actuaciones objeto del presente convenio.

La entidad beneficiaria una vez firmado el convenio deberá presentar la correspondiente solicitud de anticipo.

La justificación de los gastos se realizará mediante nóminas, seguros sociales, facturas por prestación de servicios, facturas de compra, notas de cargo, etc., acompañado de los correspondientes documentos acreditativos del pago. Los justificantes de gastos deberán corresponder al periodo de tiempo de ejecución de las actuaciones.

La liquidación económica se realizará conforme a lo establecido en el anexo-1 que se adjunta.

La justificación se realizará de conformidad con el artículo 69 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, adoptando la modalidad del artículo 72, de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y sus correspondientes documentos de pago. Igualmente deberán cumplirse las instrucciones de justificación establecidas por el Servicio de Formación del INAEM.

La documentación justificativa de la realización de las actuaciones objeto de este convenio y de los gastos realizados será presentada en la Dirección Provincial del INAEM de Zaragoza.

El plazo para la presentación de la documentación justificativa del gasto y del pago será de dos meses a partir de la finalización de las actuaciones contempladas en este convenio.

Será causa de devolución de las cantidades recibidas la vulneración de lo dispuesto en la disposición adicional 2.ª de la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014, el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de cuantas disposiciones generales sean aplicables en materia de subvenciones.

Décima.- Régimen jurídico aplicable.

Las actuaciones que se realicen al amparo del presente convenio se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de forma supletoria la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Undécima.- Modificación de las acciones.

Se faculta al Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo para autorizar mediante resolución cualquier modificación en las acciones, siempre que no supongan variación sobre la cantidad aprobada como subvención en el presente convenio.

Duodécima.- Publicidad

En las actuaciones de información y publicidad derivadas de este convenio, el beneficiario deberá hacer constar que las mismas están subvencionadas por el Gobierno de Aragón y que cuando deba hacer uso del identificador del Gobierno de Aragón y del Instituto Aragonés de Empleo, deberá solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se recoge en el artículo 4.1 del Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Decimotercera.- Plan de racionalización del gasto corriente.

El presente convenio se acoge a las medidas que le son de aplicación recogidas en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011 por el Gobierno de Aragón.

Decimocuarta.- Confidencialidad.

Cuanta información sea obtenida y desarrollada por las partes a las resultas del desarrollo, cumplimiento y ejecución de este convenio se utilizará exclusivamente para la prestación de los servicios encomendados, tendiendo carácter confidencial, de forma que no podrá ser revelada a persona física o jurídica alguna ni por las partes otorgantes ni por el personal o los empleados a su servicio.

Ese deber de mantener la confidencialidad de la información a la que se haya tenido acceso en las condiciones pactadas en este convenio constituye una obligación que extenderá sus efectos en un momento posterior a su extinción, cualquiera que sea su causa.

Decimoquinta.- Vigencia del convenio.

El presente convenio tendrá una vigencia desde la fecha de su firma hasta el 30 de septiembre de 2015, pudiendo ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes firmantes del mismo. No obstante podrá producirse su resolución por mutuo acuerdo de las partes, por incumplimiento o por demanda de alguna de ellas. En este último caso deberá mediar una notificación de denuncia de la otra parte con una antelación de dos meses a la fecha que desearía dejarla sin efecto.

Decimosexta.- Naturaleza del convenio y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del convenio se resolverán por la Comisión de Seguimiento. En defecto de acuerdo, la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del mismo corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en el lugar y fecha arriba indicados.