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EXTRACTO de la Orden DRS/2304/2017, de 26 de diciembre, por la que se convocan subvenciones para inversiones en activos físicos en Espacios Naturales Protegidos en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014 - 2020, para el año 2018.

Publicado el 15/01/2018 (Nº 10)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

BDNS (Identif.): 378826

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Las personas físicas o jurídicas, así como sus agrupaciones que formen una unidad económica, siempre que desarrollen su actividad empresarial agraria, ganadera o forestal en los espacios naturales protegidos y en sus áreas de influencia socioeconómica (municipios del anexo II).

Segundo.- Objeto.

Convocar las subvenciones destinadas a 4.1.b. "Inversiones en activos físicos en Espacios Naturales Protegidos" para el año 2018, en el marco del Programa para Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Aragón

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden DRS/105/2016, de 9 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de inversiones en activos físicos en espacios naturales protegidos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020.

Publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 40, de 29 de febrero de 2016.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total máxima para esta convocatoria es de 250.000,00.

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará según lo establecido en el apartado quinto, sin que dicha cuantía pueda superar la cantidad de 15.000 €, siendo el porcentaje máximo de ayuda del 40%.

La determinación exacta de la cuantía se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:

Porcentaje sobre inversión solicitada Inversión solicitada sin IVA

Menor al 40% mayor a 37.500 €

Igual al 40 % Menor o igual a 37.500 €

El anterior porcentaje se incrementará hasta en un 20%, en los siguientes casos:

a) Inversiones realizadas por agricultores jóvenes que realicen la instalación de forma simultánea o la hayan realizado en los últimos cinco años.

b) Inversiones colectivas.

c) Inversiones relacionadas con operaciones contempladas en la medida de agricultura ecológica del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020.

d) Inversiones en zonas con limitaciones naturales o específicas.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día de la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y finalizará el 15 de febrero de 2018

Zaragoza, 26 de diciembre de 2017.- El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco.