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ORDEN ICD/694/2021, de 4 de junio, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2020 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

Publicado el 18/06/2021 (Nº 130)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Vistas las solicitudes presentadas para la obtención de las ayudas del Plan Renove Aragón 2020, línea de actuación electrodomésticos, línea de actuación de calderas y línea de actuación de equipos de aire acondicionado, se han observado los siguientes,

Antecedentes

Mediante la Orden ICD/1035/2020, de 23 de octubre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha de planes de renovación de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente, denominados Planes Renove. Igualmente, mediante la Orden ICD/1217/2020, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 240, de 3 de diciembre de 2020), se aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2020 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la citada Orden de convocatoria de las subvenciones, con fecha 26 de noviembre de 2020 se procedió a la formalización del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, como entidad colaboradora, para la realización del Plan Renove Aragón 2020, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 41, de 25 de febrero de 2021.

De acuerdo con el artículo 6.3 de la Orden de convocatoria de las subvenciones, la cantidad máxima de presupuesto destinado para el Plan Renove Aragón 2020 es de un millón cuatrocientos mil euros destinados a particulares como beneficiarios finales y se distribuirá en tres líneas de actuación y a la entidad colaboradora:

Línea de actuación de electrodomésticos: 1.006.000 €.

Línea de actuación de calderas: 249.000 €.

Línea de aparatos de aire acondicionado: 52.000 €.

Compensación económica a la entidad.

Colaboradora por la gestión y promoción

del Plan Renove Aragón 2020: 93.000 €.

Total: 1.400.000 €.

Mediante Resolución de la Directora General de Comercio, Ferias y Artesanía, de fecha 15 de diciembre de 2020, se realiza una redistribución del crédito disponible en las líneas de actuación en función de la demanda, mediante la cual se transfiriere la cantidad de 30.000 € de la línea de aparatos de aire acondicionado y la cantidad de 70.000 € de la línea de electrodomésticos a la línea de calderas (en total se transfieren 100.000 € a la línea de calderas).

El artículo 12 de la Orden de la convocatoria dispone que una vez presentada la documentación justificativa exigida en el artículo 11 por parte de los comercios o empresas instaladoras ante el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, entidad colaboradora, ésta, previa revisión de dicha documentación, emitirá informe preceptivo del cumplimiento de la obligación de justificación de los comercios y empresas instaladoras y elevará a la Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía, incluyendo la relación de comercios y empresas instaladoras adheridos, el resultado de dicho cumplimiento y la cuantía que, en su caso, corresponderá abonarles. A la vista de dicho informe, la Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía formulará la preceptiva propuesta de resolución, previa a la Orden de concesión, que debe recoger la mencionada relación con derecho al reconocimiento del pago de las ayudas y su cuantía. El número de aparatos y equipos propuestos para ser objeto de subvención deberá ser igual al número de aparatos y equipos entregados al gestor autorizado de residuos.

Dado que el volumen de solicitudes con derecho a ayuda es muy numeroso y con el fin de no demorar excesivamente el pago a los beneficiarios directos, se ha aplicado lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de convocatoria, que dispone que "los establecimientos o empresas instaladoras adheridas, podrán realizar justificaciones al ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas, abonándose la ayuda por cuantía equivalente a la justificación presentada".

De acuerdo con lo anterior, el día 13 de mayo de 2021, la entidad colaboradora presentó ante la Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía el informe preceptivo (segundo informe) relativo a las solicitudes de ayudas presentadas desde la entrada en vigor de la Orden de convocatoria, para el periodo comprendido entre el día 6 de abril de 2021 y 9 de mayo de 2021. Asimismo, conforme con el citado artículo 12 y a la vista del segundo informe presentado, la Dirección General Comercio, Ferias y Artesanía formuló con fecha 17 de mayo de 2021, la propuesta de resolución para la concesión de un segundo bloque de ayudas derivadas del Plan Renove de electrodomésticos, calderas y equipos de aire acondicionado. Dado que se prescinde del trámite de audiencia por no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni alegaciones, la propuesta emitida es definitiva.

Vistos la Orden ICD/1035/2020, de 23 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha de planes de renovación de aparatos electrodomésticos y equipos de productores de calor, frío y agua caliente, denominados Planes Renove y la Orden ICD/1217/2020, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 240, de 3 de diciembre de 2020), por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2020 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente; el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, como entidad colaboradora, para la realización del Plan Renove Aragón 2020 ( publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 41, de 25 de febrero de 2021); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; La Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, en el ámbito propio del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, tal y como, por otra parte, reconoce también expresamente el Decreto 18/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho Departamento; La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.

Fundamentos de derecho

El artículo 3 de la Orden de convocatoria de las ayudas, dispone respecto de los beneficiarios de estas ayudas que serán las personas físicas las que se acogen al régimen de ayudas a través de los comercios o empresas instaladoras, según el caso, que participen en el Plan de renovación mediante la correspondiente adhesión que, a su vez, son los que anticipan el importe de las ayudas subrogándose en la posición de los beneficiarios directos y siendo asimismo los obligados al cumplimiento de la obligación de justificación.

Los establecimientos adheridos, comercios e instaladores, tal y como establece el citado artículo 3 de la Orden de convocatoria, serán considerados beneficiarios directos del Plan y se les trasladará a éstos la ayuda que habrán traslado al beneficiario final mediante la aplicación el correspondiente descuento en el precio de compra.

Dada su naturaleza excepcional de ayudas al consumo, justificadas en la mera sustitución de equipos, el artículo 6 de la Orden de convocatoria establece el régimen de concesión de concurrencia competitiva simplificado, de modo que la prelación de solicitudes válidamente presentadas y que cumplan los requisitos establecidos se fija únicamente en función de su fecha de presentación.

De acuerdo con lo indicado en los antecedentes, con fecha 13 de mayo de 2021, la entidad colaboradora previa revisión de la documentación justificativa remitida por los comercios y empresas instaladoras, ha presentado ante la Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía el informe del cumplimiento de la obligación de justificación de la ejecución de la actuación subvencionable remitida a su vez por los comercios y empresas instaladoras y relativa a las solicitudes de ayuda comprendidas en el periodo 6 de abril de 2021 al 9 de mayo de 2021, así como la correspondiente relación de comercios y empresas instaladoras con derecho a ayuda, el resultado de dicho cumplimiento y la cuantía que, en su caso, corresponderá abonarles.

A la vista de lo anterior, con fecha 17 de mayo de 2021, se formula la propuesta de resolución de la Directora de Comercio, Ferias y Artesanía, de ayudas correspondientes a la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2020 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente, relativa a las solicitudes presentadas desde el 6 de abril de 2021 al 9 de mayo de 2021, que de acuerdo con el mencionado artículo 12 de la Orden de convocatoria, prescinde del trámite de audiencia por no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni alegaciones, por lo que la propuesta emitida será definitiva.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden de convocatoria de 26 de noviembre de 2020, la concesión de subvención se realizará mediante resolución del titular del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial en el plazo máximo de un mes desde la presentación de las peticiones de ayuda en el Departamento por parte de la entidad colaboradora, que se adjuntarán al informe citado.

Instruido el procedimiento y en virtud del artículo 12 de la citada Orden procede dictar esta Orden de conformidad con el mencionado informe del Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio, Industria y Servicios y la propuesta de resolución emitida por el órgano instructor con fecha 17 de mayo de 2021.

En virtud de lo expuesto, resuelvo:

Primero.- Conceder la ayuda a los particulares, beneficiarios finales, a través de los comercios y empresas instaladoras adheridos al Plan Renove Aragón 2020, beneficiarios directos, de conformidad con la Orden ICD/1217/2020, de 26 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2020 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente, relativa a las solicitudes presentadas desde el 6 de abril de 2021 al 9 de mayo de 2021, que figuran en el siguiente informe 2 con sus respectivos anexos,

"Informe 2. anexo I de ayudas concedidas en la línea de equipos de aire acondicionado. Periodo del 6 de abril de 2021 al 9 de mayo de 2021.

Informe 2. anexo II de ayudas concedidas en la línea de calderas. Periodo del 6 de abril de 2021 al 9 de mayo de 2021.

Informe 2. anexo III de ayudas concedidas en la línea de electrodomésticos. Periodo del 6 de abril de 2021 al 9 de mayo de 2021".

El citado informe 2 indica las ayudas y cuantías concedidas, siendo el importe de las cuantías para cada una de las líneas de actuación el siguiente:

Línea Equipos Aire acondicionado: 14.342,11 €.

Línea Electrodomésticos: 136.851,49 €.

Línea Calderas: 121.817,98 €.

Importe total del informe 2 en las tres líneas de actuación: 273.011,58 €.

Segundo.- Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir todas las obligaciones que se establecen en el artículo 9 de la mencionada convocatoria.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa según lo previsto en el artículo 54 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58 de la citada ley aragonesa, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que ambos puedan simultanearse.

Zaragoza, 4 de junio de 2021.

El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ