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ORDEN CDS/1679/2016, de 15 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la financiación de actuaciones a favor de la integración social de la población de origen extranjero residente en Aragón para el año 2016, en el marco del programa operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020.

Publicado el 25/11/2016 (Nº 228)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Con fecha 29 de julio de 2016 fue publicada, en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden CDS/784/2016, de 21 de julio, por la que se convocan subvenciones para la financiación de actuaciones para la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para el año 2016, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 en Aragón, de acuerdo con la Orden CDS/505/2016, de 23 de mayo, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de igualdad, integración social de la población de origen extranjero y apoyo a las familias, y la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón.

Con fecha 11 de agosto de 2016 fue publicada, en el "Boletín Oficial de Aragón", corrección de errores de la Orden CDS/784/2016, de 21 de julio, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por la que se convocan subvenciones para la financiación de actuaciones para la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para el año 2016, en el marco del programa operativo del fondo social europeo 2014-2020 en Aragón.

Con fecha 11 de octubre de 2016 fue publicada, en el "Boletín Oficial de Aragón", Orden CDS/1371/2016, de 26 de septiembre, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento relativo a la convocatoria.

El objeto de dicha convocatoria es la concesión de subvenciones correspondientes a entidades que durante el año 2016 realicen proyectos y actividades dirigidos a favorecer la integración social de la población de origen extranjero residente en Aragón. Los beneficiarios de esta convocatoria pública, según el artículo 5 de la convocatoria la concesión de estas subvenciones serán las entidades locales y las entidades sociales sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos del citado artículo.

Los proyectos subvencionables, según el artículo 4 de la citada orden, responderán a los ejes prioritarios para Aragón establecidos en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020, y se enmarcarán en las siguientes líneas de actuación:

1. Proyectos que articulen servicios e instrumentos para la acogida de las personas inmigrantes que posibiliten su integración sociolaboral: aprendizaje del idioma, programas de acompañamiento, asesoramiento, información y formación pre-laboral.

2. Proyectos de orientación sociolaboral a temporeros en el marco de la gestión de las campañas agrícolas.

3. Proyectos que garanticen programas de mediación intercultural, interpretación y formación a profesionales, organizaciones sociales y empresariales en materia de gestión de la diversidad, así como de igualdad de trato y no discriminación.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el 16 de septiembre de 2016, estas han sido examinadas y valoradas por una Comisión de Valoración constituida al efecto según el artículo 11 de la Orden CDS/784/2016, de 21 de julio, por la que se convocan subvenciones para la financiación de actuaciones para la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para el año 2016, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 en Aragón. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formuló las Propuestas de Resolución Definitivas que se ha notificado a los interesados.

Vista la propuesta elevada por el órgano instructor según el informe de la Comisión de Valoración, la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 23.1 de la CDS/505/2016, de 23 de mayo de 2016, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por el que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de igualdad, integración social de la población de origen extranjero y apoyo a las familias, dispone:

Primero.- Aprobar la Propuesta de Resolución Definitiva de concesión de subvenciones, notificada a los interesados.

Segundo.- Conceder las subvenciones relacionadas en el anexo I de la presente orden, en la que se detallan los beneficiarios, el CIF, el nombre del proyecto a realizar, la puntuación obtenida, su coste total y la cuantía concedida.

Las ayudas son cofinanciadas al 50% entre el Fondo Social Europeo y el Gobierno de Aragón, se tramitarán en el caso de las entidades locales con cargo a las siguientes partidas presupuestarias, 11040 G/3241/460007/91001 y 11040 G/3241/460007/11201 y en las entidades sociales con cargo a 11040 G/3241/480023/91001 y 11040 G/3241/480023/11201 del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Denegar la concesión de las ayudas solicitadas a las entidades que se especifican en el anexo II de la presente orden, por concurrir alguna de las siguientes causas:

- La entidad ha desistido de la solicitud o se le ha dado por desistida al no subsanar la documentación requerida para acreditar la condición de beneficiaria.

- El proyecto presentado en la solicitud no cumple con el objeto de la subvención, determinado en los artículos 1 y 4 de la Orden CDS/784/2016, de 21 de julio, por la que se convocan subvenciones para la financiación de actuaciones para la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para el año 2016, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 en Aragón.

- El proyecto presentado, según los criterios de valoración establecidos, no se ha obtenido la puntuación mínima, de 50 puntos, requisito necesario para acceder a la subvención.

Cuarto.- El pago de la subvención se realizará conforme a lo dispuesto en los artículos 8 y 32 del CDS/505/2016, de 23 de mayo de 2016, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por el que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de igualdad, integración social de la población de origen extranjero y apoyo a las familias, en el artículo 23 de la citada Orden CDS/784/2016, de 21 de julio, por la que se convocan subvenciones, en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, en la Disposición adicional segunda y Décima de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016 y resto de normativa aplicable.

Quinto.- La justificación de las cantidades percibidas se realizará según la Ley General de Subvenciones, su Reglamento, CDS/505/2016, de 23 de mayo de 2016, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por el que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de igualdad, integración social de la población de origen extranjero y apoyo a las familias, la citada Orden CDS/784/2016, de 21 de julio, por la que se convocan estas subvenciones, y el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre. Su incumplimiento conllevará la pérdida de la subvención concedida, ya sea total o parcialmente.

Sexto.- En cuanto a las obligaciones de los beneficiarios se estará a lo especificado en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo establecido en CDS/505/2016, de 23 de mayo de 2016, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por el que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de igualdad, integración social de la población de origen extranjero y apoyo a las familias, y la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón y la de Orden CDS/784/2016, de 21 de julio, de convocatoria.

Así como, al Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo; el Reglamento (UE) núm. 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1081/2006 del Consejo.

En el supuesto de incumplimiento de estas obligaciones se procederá el reintegro de las cuantías percibidas o, en su caso, se producirá la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes desde su notificación, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Zaragoza, 15 de noviembre de 2016.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos

Sociales,

M.ª VICTORIA BROTO COSCULLUELA