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ORDEN de 6 de marzo de 2003, del Departamento Cultura y Turismo, por la que se completa la declaración originaria de Bien de Interés Cultural de la denominada «Colegiata de Santa María la Mayor» en Caspe (Zaragoza), conforme a la Disposición Transitoria Primera de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés.

Publicado el 07/04/2003 (Nº 41)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO

Texto completo:

ORDEN de 6 de marzo de 2003, del Departamento Cultura y Turismo, por la que se completa la declaración originaria de Bien de Interés Cultural de la denominada «Colegiata de Santa María la Mayor» en Caspe (Zaragoza), conforme a la Disposición Transitoria Primera de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés.

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, en el apartado segundo de su Disposición Transitoria Primera, establece que mediante Orden del Consejero del Departamento responsable de Patrimonio Cultural podrán completarse las declaraciones originarias, determinando los bienes muebles y el entorno afectado que deban considerarse parte integrante por las declaraciones de Bien de Interés Cultural.

La entrada en vigor de la Ley Aragonesa de 1999 ha supuesto la revisión de los numerosos expedientes tramitados con anterioridad a la misma y la necesidad de completarlos de acuerdo con las exigencias en ella establecidas.

El artículo 21 de la citada Ley dispone que las declaraciones de Bienes de Interés Cultural describirán el bien, debiendo expresar claramente, al menos, su delimitación, los bienes muebles integrantes del bien y el entorno afectado.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, por Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural de 4 de noviembre de 2002, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» el 22 de noviembre de 2002, se inició el correspondiente procedimiento de delimitación de la denominada «Colegiata de Santa María la Mayor» en Caspe (Zaragoza), declarada Monumento histórico artístico (hoy llamado Bien de Interés Cultural) por Decreto de 3 de junio de 1931 del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, publicado en la Gaceta de Madrid de 4 de junio de 1931. Anteriormente, por Real Orden de 28 de julio de 1908 (Gaceta de Madrid de 4 de agosto de 1908) del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes fue declarado Monumento Nacional el atrio de la Colegiata.

El citado expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, así como las prescripciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, notificándose a los interesados y resolviéndose un periodo de información pública en el que no se han formulado Alegaciones. Igualmente se ha dado audiencia a los interesados en cuyo trámite no se hizo ninguna manifestación.

Asimismo, la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Zaragoza emitió informe favorable a la delimitación planteada del bien y su entorno.

En su virtud, de conformidad con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta del Director General de Patrimonio Cultural, resuelvo:

Primero.-Objeto.

Es objeto de la presente Orden delimitar la denominada «Colegiata de Santa María la Mayor» en Caspe (Zaragoza) y su entorno de protección, en aras de completar las declaraciones originarias de Bien de Interés Cultural de 28 de julio de 1908 y 3 de junio de 1931.

Segundo.-Régimen Jurídico.

El régimen jurídico aplicable a la denominada «Colegiata de Santa María la Mayor» en Caspe y a su entorno es el previsto en la Sección Primera, del Capítulo I, del Título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los Títulos Sexto y Séptimo de la misma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los Bienes de Interés Cultural.

Tercero.-Publicidad.

La presente Orden será publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» y se notificará a los interesados y al Ayuntamiento de Caspe.

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Frente a la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse Recurso potestativo de Reposición ante el Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes, o Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.

En Zaragoza, a 6 de marzo de 2003.

El Consejero de Cultura y Turismo, JAVIER CALLIZO SONEIRO

ANEXO I DESCRIPCION DEL BIEN Y SUS PARTES

INTEGRANTES, PERTENENCIAS Y ACCESORIOS

Se trata de un complejo edificio fruto de sucesivas fases constructivas, pero con un espacio interior bastante unitario.

Su origen se remonta a la antigua mezquita de la localidad, consagrada tras la reconquista de la Caspe en 1169 y transformada a lo largo del s.XIII en un templo románico de pequeñas dimensiones, que se irá ampliando en el s.XIV gracias al mecenazgo de la Orden de San Juan del Hospital de Jerusalén, cuyo convento se encontraba unido al templo por un pasadizo.

El Gran Maestre Juan Fernández de Heredia consiguió en 1394 que se elevase al rango de colegiata, momento en que se decidió renovar el crucero y la cabecera, que fueron ampliados de nuevo entre 1518 y 1522 bajo el patrocinio de Martín García, obispo de Barcelona. Finalmente, en los ss.XVI y XVII se añadieron algunas capillas laterales.

Actualmente consta de un cuerpo de tres naves con capillas laterales, crucero marcado en planta y cabecera recta, a la que se adosa una sacristía en el lado de la Epístola. En el último tramo del Evangelio se encuentra adosada una torre de dos cuerpos.

Exteriormente, destaca su magnífica portada gótica abierta en arco apuntado con triple arquivolta, de la que han desaparecido todas la esculturas de bulto redondo que la decoraban en origen.

Antes de la Guerra Civil albergó el bellísimo sepulcro de alabastro de Juan Fernández de Heredia, así como el del Obispo Martín García.

El estado de conservación del edificio es bueno en general.

RELACION DE LOS BIENES MUEBLES INTEGRANTES MAS DESTACADOS

* Cáliz del Compromiso: cáliz en plata sobredorada con copa lisa, astil exagonal y pie estrellado decorado con esmaltes, al igual que el nudo. Fue donado por Juan Fernández de Heredia y presenta punzón de Avignon. S.XIV.

* Lignum Crucis con doble relicario en plata sobredorada: uno del s.XIV con decoración de filigrana y otro como envoltorio del primero, del s.XVI, con crestería en las aristas y gema en el cuadrón. Donado por Juan Fernández de Heredia.

* Crus procesional en plata sobredorada con brazos flordelisados, Cristo Crucificado en el anverso y Virgen con Niño en el reverso. El astil presenta un gran nudo prismático. s.XVI.

* Copón en plata en su color con decoración grabada y tapa rematada con cruz patada. s.XVII.

* Cáliz en plata en su color con copa sobredorada y decoración grabada en la subcopa, el astil y el pie. s.XVII.

La delimitación gráfica de la denominada «Colegiata de Santa María la Mayor» en Caspe (Zaragoza) y su entorno se detalla en el Plano que se adjunta como Anexo II a esta Orden.

ANEXO II

PLANO DE DELIMITACION DE LA «COLEGIATA

DE SANTA MARIA LA MAYOR» EN CASPE

(ZARAGOZA) Y SU ENTORNO