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RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2015, del Director General de Gestión de Personal, por la que se determina la composición de los Tribunales correspondientes a los procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos, y se señala día y hora para el inicio de las actuaciones.

Publicado el 04/06/2015 (Nº 105)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

En cumplimiento de lo establecido en la base 5 de la Orden de 11 de marzo de 2015 ("Boletín Oficial de Aragón", número 48, de 17 de marzo de 2015), por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos, esta Dirección General ha dispuesto:

Primero.- Hacer pública la composición de los Tribunales que figuran relacionados por especialidades en el anexo I, ante los cuales han de actuar los aspirantes admitidos al concurso-oposición para ingreso y accesos al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos.

Una vez constituidos los Tribunales, las modificaciones que se produzcan en su composición se publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales y en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Segundo.- Aquellos miembros de los Tribunales que se hallen incursos en alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, deberán presentar la oportuna abstención en el plazo de cinco días hábiles, ante el Presidente de su Tribunal.

Asimismo, los aspirantes de estos procedimientos podrán recusar a dichos miembros por alguna de estas causas, según lo previsto en el artículo 29 de la misma Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.- Los Presidentes deberán adoptar las medidas necesarias para la constitución de los mismos, en el plazo máximo de siete días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", dando cuenta de ello a la Dirección General de Gestión de Personal, y remitiendo copia del Acta de constitución.

Los Tribunales y Comisiones de Selección no podrán constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y el Secretario y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

Cuarto.- Hacer pública las sedes de los Tribunales en que se desarrollarán las actuaciones y que figuran como anexo II.

Quinto.- De conformidad con lo dispuesto en la base 7 de la convocatoria las pruebas de la fase de oposición del concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional se iniciará inexcusablemente el día 20 de junio de 2015 a las 9 horas.

En dicha jornada, quedan convocados en las respectivas sedes de los Tribunales, en función de las especialidades y en llamamiento único, todos los aspirantes admitidos para la celebración del acto de presentación previsto en la base 7.1 de la convocatoria y la primera prueba completa (Parte A y parte B), excepto su lectura. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la base 6 de la convocatoria en relación a la prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano, cuya celebración tendrá lugar el día 11 de junio de 2015, a las 9 horas, en la Escuela Oficial de Idiomas, número 1, de Zaragoza, situada en la calle Domingo Miral número 23.

Una vez comenzadas las actuaciones ante el Tribunal los sucesivos llamamientos de los aspirantes deberán hacerse públicos por los Tribunales en los locales donde se estén celebrando las pruebas con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas. A efectos meramente informativos, los llamamientos se publicarán en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Sexto.- De conformidad con lo dispuesto en la base 18 de la convocatoria, quedan convocados el 20 de junio de 2015, a las 9 horas, en las respectivas sedes de los Tribunales, en función de las especialidades y en llamamiento único, todos los aspirantes admitidos para la adquisición de nuevas especialidades, para la realización de la prueba de contenido práctico. Esta se ajustara a las características enumeradas en el anexo II de la convocatoria.

Séptimo.- El orden de actuación de los opositores tanto del concurso-oposición como de la adquisición de nuevas especialidades se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "B", conforme a lo dispuesto en la Resolución del Instituto Aragonés de Administración Pública, de 4 de marzo de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", número 34, de 24 de marzo de 2014). Los Tribunales que no cuenten con aspirantes cuyo primer apellido comience por la referida letra, iniciarán el orden de actuación con la letra o letras siguientes.

Antes del inicio de cada prueba, los aspirantes deberán identificarse necesariamente mediante el Documento Nacional de Identidad, carnet de conducir, pasaporte ó el N.I.E. para el caso de extranjeros, pudiendo los Tribunales en cualquier momento requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

Octavo.- La asignación de aspirantes a los Tribunales que correspondan se hará pública en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte con la suficientemente antelación al inicio de las actuaciones.

Noveno.- Quedan autorizadas las comisiones de servicios de los miembros de los Tribunales que necesiten desplazarse de su residencia oficial para el ejercicio de tal función, teniendo derecho al percibo de las indemnizaciones que corresponda, de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo ("Boletín Oficial del Estado", número 129, del 30 de mayo de 2002). Dichas indemnizaciones serán autorizadas para el caso de los vocales, por sus respectivos Presidentes de los Tribunales, y para éstos últimos serán autorizadas por los Directores de los Servicios Provinciales donde radiquen los Tribunales.

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Exma. Sra. Consejera del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999.

Zaragoza, 27 de mayo de 2015.

El Director General de Gestión de Personal

ALFONSO GARCÍA ROLDÁN