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ORDEN VMV/1037/2018, de 14 de junio, por la que se aprueba inicialmente el Plan de Interés General de Aragón para la implantación de una Plataforma Agroalimentaria en el Término Municipal de Épila (Zaragoza).

Publicado el 20/06/2018 (Nº 118)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

El Gobierno de Aragón, en sesión celebrada el 27 de abril de 2017, declaró de interés general de Aragón, el Plan para la implantación de una plataforma agroalimentaria en el término municipal de Épila (Zaragoza), previa tramitación del procedimiento establecido en el artículo 35 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre ( en adelante TRLOTA).

Con anterioridad, en sesión celebrada el 14 de febrero de 2017, el Gobierno de Aragón declaró de oficio el citado proyecto como inversión de interés autonómico a los efectos previstos en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica de Aragón; declaración que conlleva el impulso preferente y urgente por las administraciones públicas aragonesas en sus distintos trámites administrativos así como la reducción a la mitad de los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 40 del TRLOTA y 13 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, a efectos de la iniciación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria, fue remitido el expediente al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental que, mediante Resolución de 8 de septiembre de 2017, notificó a la Dirección General de Ordenación del Territorio el resultado del trámite de consultas y el documento de alcance del estudio ambiental estratégico del Plan.

El estudio ambiental estratégico junto con la versión inicial del Plan y un resumen no técnico debe ser sometido a las consultas señaladas en el documento de alcance y simultáneamente a información pública por plazo de 45 días hábiles, salvo que la legislación sectorial aplicable a la tramitación y aprobación administrativa establezca otro período de mayor duración.

El artículo 41 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón establece un período de información y participación pública de dos meses debiendo incluir al menos, las consultas indicadas por el órgano ambiental, audiencia a las entidades locales afectadas y solicitud de cuantos informes sean preceptivos o se consideren convenientes.

De forma paralela y progresiva, se han incorporado al expediente del Plan de Interés General de Aragón para la implantación de una plataforma agroalimentaria en Epila, los siguientes documentos:

De acuerdo con lo expuesto, y en virtud de la competencia otorgada por el artículo 41.2 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, resuelvo:

Primero.- Aprobar inicialmente el Plan de Interés General de Aragón para la implantación de una plataforma agroalimentaria en el término municipal de Épila (Zaragoza).

Segundo.- Dar audiencia a las entidades locales siguientes mediante la remisión o acceso a la documentación que integra el Plan con objeto de que, en el plazo de un mes, emitan informe particularmente sobre la delimitación del ámbito de ordenación o actuación: Almonacid de la Sierra, Alpartir, Bardallur, Calatorao, Chodes, Épila, La Almunia de Doña Godina, La Muela, Lucena de Jalón, Lumpiaque, Morata de Jalón, Plasencia de Jalón, Ricla, Rueda de Jalón, Salillas de Jalón, Santa Cruz de Grío, Urrea de Jalón, Muel y Alfamén.

Tercero.- Someter a información pública por plazo de 23 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", la versión inicial del Plan junto con el estudio ambiental estratégico y un resumen no técnico, mediante inserción de anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", y en los siguientes medios de comunicación: El Periódico de Aragón y El Heraldo de Aragón.

Este trámite estará dirigido al público en general, a las personas físicas o jurídicas que se consideren interesadas de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a aquéllas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Los documentos estarán a disposición del público en la siguiente dirección electrónica del Gobierno de Aragón:

http://www.aragon.es/ordenacionterritorio/informacionpublica

Cuarto.- Formular consulta personalizada a las administraciones públicas y al público interesado señalado en el anexo I de la Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 8 de septiembre de 2017 y solicitar cuantos informes sean preceptivos o se consideren convenientes por razón de la materia.

Quinto.- Facultar al Director General de Ordenación del Territorio para llevar a cabo el impulso de los trámites señalados.

Sexto.- La presente orden se comunicará a los órganos indicados anteriormente, acompañada del enlace que posibilite el acceso a la documentación que integra el Plan de Interés General de Aragón para la implantación de una plataforma agroalimentaria en el término municipal de Épila (Zaragoza) y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 14 de junio de 2018.

El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José LUIS SORO DOMINGO