Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2018, del Director General de Innovación, Equidad y Participación del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se abre el plazo de solicitudes de las prestaciones que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar para el curso 2018/2019.

Publicado el 20/06/2018 (Nº 118)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 237, de 12 de diciembre de 2016, se publicó la Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón. En desarrollo de dicha Ley se dictó Decreto 84/2018, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las prestaciones que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El artículo 6.1 de dicho Decreto establece que el otorgamiento de estas prestaciones se iniciará mediante solicitud del interesado. Las solicitudes se presentarán durante un plazo de 10 días hábiles que se determine anualmente por resolución del Director General competente en materia de ayudas al servicio de comedor escolar,

En virtud de todo lo anterior, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 84/2018, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Objeto.

La presente resolución tiene por objeto abrir el plazo de solicitudes de las prestaciones que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar para el curso 2018/2019.

Apertura del plazo.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 del Decreto 84/2018, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las prestaciones que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

2. Las solicitudes de las prestaciones se realizarán conforme al modelo normalizado que figura como anexo I a la presente resolución, por el padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, o representante legal, integrante de la unidad familiar del alumnado que reúna los requisitos para ser destinatario de las prestaciones, contemplados en el anexo II, en los lugares señalados en el mismo.

Procedimiento.

La tramitación de estas solicitudes se acogerá a lo previsto en el Decreto 84/2018, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón.

Disposición final única.- Recursos.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 14 de junio de 2018.- El Director General de Innovación, Equidad y Participación. Orden de Suplencia de 4 de agosto de 2015, el Secretario General Técnico, Felipe Faci Lázaro.