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RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se resuelve no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de ampliación de explotación porcina de cebo hasta una capacidad equivalente a 315 UGM, ubicada en el polígono 605, parcela 230, en el término municipal de Bujaraloz (Zaragoza), y promovido por D. Miguel Ángel Escanilla Piñol (Número Expte. INAGA 500201/01/2014/04126).

Publicado el 05/12/2014 (Nº 239)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Tipo de procedimiento: Estudio caso por caso, para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental (Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, artículo 24.2. Proyecto incluido en el anexo III, grupo 9).

Promotor: D. Miguel Ángel Escanilla Piñol.

Proyecto: Ampliación de una explotación porcina con capacidad para 2.619 plazas de cebo, en el término municipal de Bujaraloz (Zaragoza).

Descripción básica del proyecto presentado.

- Las infraestructuras existentes en la actualidad se corresponden con: dos naves de cebo de dimensiones 60 x 14,70 m; una caseta empleada como oficina/vestuarios de dimensiones 6,50 x 5 m; una caseta para albergar el grupo electrógeno de dimensiones 5 x 3,40 m; un depósito prefabricado de chapa metálica; una balsa de purín con una capacidad de 2.716 m³; una fosa de cadáveres con una capacidad de 56,57 m³; vado de desinfección y vallado perimetral en toda la explotación.

- La ampliación proyectada consiste en el alargamiento de una de las naves de cebo con unas dimensiones de 36 x 14,70 m.

Documentación presentada.

Documento inicial ampliación de explotación porcina de cebo en Bujaraloz (Zaragoza). Fecha de presentación: 28 de abril de 2014.

Documentación adicional.

- Plan de fertilización.

- Relación de parcelas vinculadas a la explotación como base agrícola.

- PAC 2014 correspondiente a D. Miguel Ángel Escanilla Piñol y D. Santiago Pallas Calvete.

- Declaraciones firmadas por el propietario, el cultivador de las parcelas y el titular de la explotación para la aplicación de purín.

Con fecha 14 de mayo de 2014, se realizan las consultas preceptivas a los siguientes organismos:

- Asociación naturalista de Aragón-ANSAR.

- Comarca de los Monegros.

- Comisiones Obreras.

- Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario.

- Dirección General de Desarrollo Rural.

- Dirección General de Patrimonio.

- Ecologistas en Acción-Ecofontaneros.

- Fundación Ecología y Desarrollo.

- Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife).

- Unión General de Trabajadores.

- Ayuntamiento de Bujaraloz.

- Ayuntamiento de Sástago.

Respuestas recibidas.

Con fecha 22 de mayo de 2014, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental informe técnico de la Comarca de los Monegros. En dicho informe se pone de manifiesto las afecciones ambientales previstas como consecuencia de la ampliación de la explotación.

Con fecha 20 de junio de 2014, se recibe en Iel Instituto Aragonés de Gestión Ambiental informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural. En dicho informe se indica que la actuación proyectada no afecta al patrimonio paleontológico de Aragón por lo que no es necesaria la adaptación de medidas concretas en material paleontológica. El informe indica que dentro del ámbito del proyecto transita la calzada romana conocida como "camino de los Fierros". Este hecho hace que sea imprescindible la realización de labores de prospección arqueológica en las zonas afectadas directa o indirectamente por el proyecto.

Observadas determinadas deficiencias en el contenido de la documentación aportada, que impiden la adecuada valoración ambiental del proyecto, se envía al promotor, con fecha 9 de septiembre de 2014, los requerimientos necesarios para seguir con el procedimiento. Concretamente, se le solicitó información en relación a la base agrícola vinculada a la misma para la valorización agronómica del purín. Con fecha 29 de septiembre de 2014, tiene entrada en Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la contestación a los requerimientos formulados.

Ubicación del proyecto.

La explotación se emplaza en el polígono 605, parcela 230, en el municipio de Bujaraloz (Zaragoza). Las coordenadas UTM de la explotación son las siguientes:

- Huso 30 ETRS89: XM: 734.348; YM: 4.591.887; Z: 350 msnm.

Caracterización de la ubicación.

Descripción general.

La superficie de la parcela donde se ubica la explotación ganadera es, según datos de catastro, de 14.528 m² (1,4528 ha). La superficie construida una vez se lleve a cabo la ampliación de la explotación será de 2.342,7 m².

La explotación se localiza a más de 5.000 m del núcleo de Bujaraloz, provincia de Zaragoza. No se han detectado explotaciones porcinas en un radio de 1.000 m. La explotación ganadera más cercana es una explotación porcina situada a 1.140 m al este de la objeto de estudio.

Aspectos singulares.

La explotación se encuentra dentro del lugar de interés comunitario (LIC) denominado "Monegros" ES2430082 y en la zona de especial de protección de aves (ZEPA) denominada "La Retuerta y Saladas de Sástago" ES0000181. Tal y como puede observarse en la ilustración número 1, el límite de ambas figuras de protección ambiental es coincidente.

La explotación se encuentra dentro del plan de ordenación de los recursos baturales denominado "Zonas Esteparias de Monegros Sur, Sector Occidental".

La explotación se ubica dentro del ámbito de aplicación del Plan de conservación del hábitat del cernícalo primilla (Falco naumanni) en Aragón, según el Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un nuevo régimen de protección para la conservación del cernícalo primilla (Falco naumanni) y se aprueba el Plan de conservación de su hábitat. Además, la explotación se encuentra dentro de sus áreas críticas.

Según la Orden de 10 de septiembre de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se designan y modifican las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de Aragón, las parcelas ubicadas en el término municipal de Bujaraloz, clasificadas como regadío según catastro, se definen como vulnerables. La explotación se ubica en el polígono 605, parcela 230, clasificada como secano según catastro, por lo que no se consideraría como vulnerable a la contaminación de las aguas por nitratos

Potenciales impactos del proyecto y valoración.

- Afección a las aguas. Valoración: impacto bajo. La masa de agua más cercana es el humedal denominado "Laguna de la Playa", ubicado a 1.325 m al sur de la explotación.

- Afección a la atmósfera. Valoración: impacto bajo. Las emisiones a la atmósfera son poco significativas; en todo caso, provienen de las emisiones derivadas por el desarrollo de la actividad de los animales alojados, la generación de estiércoles y su gestión como abono agrícola.

- Afección al suelo. Valoración: impacto medio. La carga ganadera del municipio donde se ubica la explotación (Comarca de los Monegros) no supera los 100 kg de N/ha y año, según el Plan de Gestión Integral de Residuos de la Comunidad Autónoma de Aragón. La instalación ganadera dispondrá de medidas de impermeabilización en las fosas interiores y exteriores. La producción de purín se valorizará en superficie cultivada vinculada a la explotación.

- Gestión de cadáveres y de residuos sanitarios. Valoración: impacto medio. La gestión de los cadáveres y de los residuos sanitarios tiene un riesgo de contaminación y proliferación de organismos patógenos si no se realiza de forma adecuada. Por ello, la explotación debe disponer de un gestor autorizado para la recogida de zoosanitarios y del servicio público de recogida de cadáveres.

- Utilización recursos naturales. Valoración: impacto bajo. El abastecimiento de agua se realiza desde una canalización de agua enterrada proveniente de una arqueta de riego. Se estima un consumo anual de 6.214 m³/año.

- Afección a zonas ambientalmente sensibles. Valoración: impacto alto. La explotación se encuentra dentro del lugar de interés comunitario (LIC) denominado "Monegros" ES2430082 y en la zona de especial de protección de aves (ZEPA) denominada "La Retuerta y Saladas de Sástago" ES0000181. De las parcelas vinculadas para la valorización agronómica del purín, un total de 177,74 ha (151,37 en el término municipal de Bujaraloz y 26,37 ha en el de Sástago) se encuentran ubicadas dentro de estas figuras de protección.

Respecto al LIC "Monegros", cabe destacar que se trata de un amplio espacio, el cual constituye uno de los escasos enclaves de la depresión del Ebro que presenta masas de Sabina albar (Juniperus thurifera) como formación arbórea óptima y, en algunos lugares, con buena cobertura y en un estado de regeneración bueno.

La explotación se encuentra dentro del plan de ordenación de los recursos naturales PORN denominado "Zonas Esteparias de Monegros Sur, Sector Occidental". Además, un total de 177,74 ha (151,37 en el término municipal de Bujaraloz y 26,37 ha en el de Sástago) de la superficie vinculada a la explotación para la valorización agronómica del purín se encuentra de los límites de este PORN.

La explotación se ubica dentro del ámbito de aplicación del Plan de conservación del hábitat del cernícalo primilla (Falco naumanni) en Aragón, según el Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un nuevo régimen de protección para la conservación del cernícalo primilla (Falco naumanni) y se aprueba el plan de conservación de su hábitat. Tanto la explotación como un total de 206,43 ha de las parcelas vinculadas a la misma para la valorización agronómica del purín, se ubican dentro de las áreas críticas de la especie.

Según la Orden de 10 de septiembre de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se designan y modifican las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de Aragón, las parcelas ubicadas en el término municipal de Bujaraloz, clasificadas como regadío según catastro, se definen como vulnerables. La explotación se ubica en el polígono 605, parcela 230, clasificada como secano según catastro, por lo que no se consideraría como vulnerable a la contaminación de las aguas por nitratos. De la relación de parcelas aportadas para la valorización agronómica del purín, las ubicadas en los términos municipales de Bujaraloz, Valfarta y Sena (polígono 501 y 502), clasificadas como regadío se definen como vulnerables. Según se ha podido comprobar, un total de 19,42 ha se considerarían como vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos (8,99 ha en Bujaraloz, 5,51 ha en Sena y 4,92 ha en Valfarta).

- Valorización agronómica de los estiércoles. Valoración: impacto medio. El promotor vincula a la explotación un total de 217,06 ha, de las cuales 13,52 ha están clasificadas como regadío y 203,54 ha, como secano. Las parcelas se ubican en los términos municipales de Bujaraloz, Caspe y Sástago, en la provincia de Zaragoza y Valfarta y Sena, en la provincia Huesca. La explotación produce anualmente 19.987,75 kg N/año. Considerando unas dosis de aplicación de 210 kg N/ha en zonas no vulnerables, de 170 kg N/ha en las parcelas clasificadas como vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos y de 42,86 kg N/ha en aquellas ubicadas dentro de los límites del PORN "Zonas esteparias Monegros, sector occidental", la base agrícola aportada sería capaz de asimilar hasta una máximo de 15.457,84 kg N/año, cantidad inferior a la generada en la explotación, por lo que la relación de parcelas aportada no se considera suficiente para una correcta gestión del purín generado.

Visto el expediente administrativo incoado; la propuesta formulada por el Área VI del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; los criterios establecidos en el anexo IV de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente y el resultado de la consultas previas, se resuelve:

1. No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de ampliación de explotación porcina de cebo hasta una capacidad equivalente a 315 UGM, ubicada en el polígono 605, parcela 230, en el término municipal de Bujaraloz (Zaragoza), y promovida por D. Miguel Ángel Escanilla Piñol, por no observarse ninguno de los criterios establecidos en el anexo IV de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón.

2. Deberá tramitar y obtener para el proyecto la autorización ambiental integrada (artículo 40 y anexo VI de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón); para ello, el promotor deberá presentar un proyecto básico, que recoja lo indicado en el artículo 12 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en su nueva redacción dada por la Ley 5/2013, de 11 de junio, así como la información adecuada a los efectos de poder informar en relación al Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas. La información aportada también deberá cumplir con lo exigido en el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Los anteriores documentos serán presentados por triplicado, mediante ejemplares en formato papel, además de otro ejemplar en formato digital, con la misma información que el formato papel.

La ubicación de las instalaciones y cualquier referencia en el sistema de información geográfica será con coordenadas UTM huso 30 Datum ETRS89.

3. El condicionado ambiental se establecerá en la resolución que otorgue, si procede, la autorización ambiental integrada.

De acuerdo con el artículo 26.3 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, la presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 8 de octubre de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ