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ORDEN PRI/367/2021, de 26 de febrero, por la que se dispone la publicación de la Adenda de prórroga para 2021 del convenio de asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico.

Publicado el 21/04/2021 (Nº 86)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios, con el número 2021/7/0016, la Adenda suscrita, con fecha 30 de diciembre de 2020, por la Consejera de Sanidad del Gobierno de Aragón, el representante del Consorcio de Compensación de Seguros y la representante de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, UNESPA, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada Adenda, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón". Zaragoza

, 26 de febrero de 2021.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

ADENDA DE PRÓRROGA PARA 2021 DEL CONVENIO DE ASISTENCIA SANITARIA PÚBLICA DERIVADA DE ACCIDENTES DE TRÁFICO

Madrid, 30 de diciembre de 2020.

D.ª Sira Repollés Lasheras, Consejera de Sanidad del Gobierno de Aragón en virtud del nombramiento realizado por Decreto de 13 de mayo de 2020, del Presidente del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 94, de 14 de mayo de 2020), actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón y autorizada expresamente para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón en su reunión de 23 de diciembre de 2020.

D. Alejandro Izuzquiza Ibáñez de Aldecoa, en representación del Consorcio de Compensación de Seguros, entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en virtud de poder conferido mediante escritura pública, otorgada el 19 de febrero de 1.997 ante el Notario de Madrid D. Luis Núñez Boluda, con el número 287 de su protocolo.

D.ª Pilar González de Frutos, en representación de Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, UNESPA, Asociación Empresarial del Seguro, constituida al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, como Presidenta, en virtud de poder conferido por acuerdo del Comité Ejecutivo de dicha entidad, adoptado en su reunión del 15 de octubre de 2.003, y protocolizado mediante escritura pública otorgada el 9 de enero de 2.004 ante el Notario de Madrid D. Andrés Sanz Tobes, con el número 46 de su protocolo.

Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos,

1. Que el 10 de mayo de 2017 se firmó el convenio de asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico 2017-2020, que finalizará su vigencia el 31 de diciembre de 2020.

2. Que se ha alcanzado por las partes suscriptoras del convenio, el acuerdo por unanimidad, de reconocer el sobrecoste producido en la asistencia a los lesionados hospitalizados por accidente de tráfico como consecuencia de las medidas especiales que se han tomado en los centros sanitarios motivadas por la pandemia de COVID-19.

3. Que se ha alcanzado por las partes suscriptoras del convenio el acuerdo por unanimidad de prorrogar el mismo durante el ejercicio 2021 con su correspondiente adenda, al amparo de lo previsto en el artículo 49.h) apartado segundo, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, donde se faculta a los firmantes del convenio para acordar por unanimidad su prórroga por un periodo máximo de cuatro años

4. Que manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, excepto las relativas a la mencionada pandemia, se ha procedido a la actualización de precios a aplicar a los servicios por las asistencias sanitarias prestadas a los lesionados como consecuencia de hechos de la circulación,

Primera.- El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Sanidad, UNESPA y el Consorcio de Compensación de Seguros acuerdan prorrogar los efectos del convenio suscrito el 10 de mayo de 2017 en todos sus términos, extendiendo su vigencia desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Segunda.- Las condiciones económicas para el referido ejercicio serán las que figuran en el anexo I de condiciones económicas para 2021 de esta Adenda.

Y para que conste firman las partes por triplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados.