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DECRETO 198/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la encomienda de gestión del Departamento de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón al Instituto Aragonés de Fomento para la ejecución actuaciones en el marco del proyecto estratégico para la reforma y adecuación del Palacio de Justicia de Teruel.

Publicado el 05/12/2014 (Nº 239)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

De acuerdo con el Artículo 67 del Estatuto de Autonomía de Aragón, la Comunidad Autónoma de Aragón ostenta competencia sobre los medios materiales de la Administración de Justicia en Aragón y a la misma le corresponde la organización, la dotación y la gestión de las oficinas judiciales y de los órganos y servicios de apoyo a los órganos jurisdiccionales.

La asunción de estas competencias en materia de Administración de Justicia por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón se llevó a cabo, principalmente, en virtud del Real Decreto 1702/2007, de 14 de diciembre, en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Estas competencias se ejercen dentro de la estructura actual de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón por el Departamento de Presidencia y Justicia, de conformidad con lo previsto en el Decreto 315/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Justicia.

Una de las líneas de actuación del Departamento de Presidencia y Justicia se centra en la mejora de las instalaciones de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma. Actualmente se encuentran finalizadas inversiones como la Ciudad de la Justicia para los juzgados de Zaragoza, la nueva sede de la Audiencia de Zaragoza y la nueva sede de la Audiencia y Juzgados de Huesca, quedando pendiente la reforma del Palacio de Justicia de Teruel.

El Fondo de Inversiones de Teruel fue creado con el objeto de hacer efectivo el principio de solidaridad y tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre la Administración del Estado y el Gobierno de Aragón para la financiación de proyectos de inversión que promuevan directa o indirectamente la generación de renta y riqueza en la provincia de Teruel. Esa colaboración se plasmó en el convenio de Colaboración suscrito entre ambas partes con fecha 15 de julio de 2014, donde se determina que la adscripción de los recursos a los diferentes proyectos de inversión, así como que sus posibles alteraciones o sustituciones se realizarán por la Comisión mixta de Seguimiento del Fondo de Inversiones de Teruel encargada de aprobar los proyectos a realizar.

La mejora de las instalaciones de la Administración de Justicia supone una inversión para la provincia que redunda en una mejora de los servicios públicos tanto para ciudadanos como para las empresas que desarrollen su actividad en la provincia.

La Comisión de Seguimiento del Fondo de Inversiones de Teruel en su reunión de 23 de julio de 2014 aprobó como proyecto de inversión financiable con cargo al Fondo de 2014, bajo el epígrafe Proyecto Estratégicos y Singulares, el correspondiente a la reforma y adecuación del Palacio de Justicia de Teruel, asignando al mismo una inversión de un millón de euros.

Por otro lado, el Instituto Aragonés de Fomento, regulado por el texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento aprobado por Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, está configurado como un ente público sujeto a derecho privado, adscrito actualmente al Departamento de Industria e Innovación, que es concebido como una agencia pública de desarrollo regional cuya finalidad última es constituirse en instrumento ágil y eficiente que actúe como promotor y receptor de iniciativas y actividades que puedan contribuir a un desarrollo integrado de Aragón.

Entre las funciones del Instituto Aragonés de Fomento está la promoción de proyectos de inversión, públicos y privados, con especial incidencia en las zonas menos desarrolladas del territorio aragonés, (artículo 4.a). Dado que el proyecto de reforma del Palacio de Justicia de Teruel es una inversión pública con especial incidencia en Teruel y que estas actuaciones sin duda contribuirán a mejorar y facilitar la prestación de un servicio, con el consiguiente beneficio para los profesionales y ciudadanos de Teruel, este proyecto se encuentra dentro de su ámbito de intervención.

Con fecha 1 de agosto de 2014 el Departamento de Presidencia y Justicia firmó con el Instituto Aragonés de Fomento un Protocolo con la finalidad de instrumentar la colaboración en el desarrollo de las actuaciones para la redacción del "Proyecto básico y de ejecución, estudio de seguridad y salud y proyecto de actividad de la reforma del Palacio de Justicia de Teruel", actuación que financia el Instituto Aragonés de Fomento y que es presupuesto previo y necesario para la posterior realización de la obra.

Por ello, con objeto de conseguir una mayor eficacia en la gestión y en la ejecución de las actuaciones objeto de aplicación del FITE, se considera oportuno efectuar una encomienda de gestión del Departamento de Presidencia y Justicia a favor del Instituto Aragonés de Fomento para la realización de las obras de reforma y adecuación del Palacio de Justicia de Teruel, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, debiendo ser autorizada por el Gobierno de Aragón y contemplando los extremos que dicho precepto estipula.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Justicia, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 2 de diciembre de 2014

DISPONGO

Primero.- Autorizar la encomienda de gestión por parte del Departamento de Presidencia y Justicia a favor del Instituto Aragonés de Fomento para la realización de las obras de reforma y adecuación del Palacio de Justicia de Teruel.

Segundo.- La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias propias del Departamento de Presidencia y Justicia al Instituto Aragonés de Fomento.

Tercero.- Una vez aceptada la encomienda por el Instituto Aragonés de Fomento, el Departamento de Presidencia y Justicia le transferirá, para el abono de las actuaciones específicas, la cuantía de un millón de euros, el 50% con cargo a la aplicación presupuestaria G/1421/740070/91001 y el otro 50% con cargo a la aplicación presupuestaria G/1421/740070/32200, del presupuesto del año 2014. En ejercicios posteriores se instrumentarán las transferencias oportunas para asegurar la continuación y culminación de las obras de reforma y adecuación del Palacio de Justicia de Teruel.

Cuarto.- Respecto al alcance de esta encomienda de gestión, al Departamento de Presidencia y Justicia le corresponderá:

a) La elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas que han de servir de base a la licitación de las obras de reforma y adecuación del Palacio de Justicia de Teruel.

b) Colaborar en la elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

c) Designar a dos vocales de la mesa de contratación que se constituya para valorar las ofertas y proponer la adjudicación del contrato.

d) Realizar los informes técnicos que pueda solicitar la Mesa para la valoración de las propuestas presentadas en la licitación, en relación con los criterios que se refieran a la adecuación de las ofertas a los requisitos técnicos propuestos por el Departamento.

e) Supervisar el desarrollo de los trabajos y dar el visto bueno a los mismos con carácter previo a su recepción.

f) Designar la Dirección Facultativa de las obras, incluido el Coordinador de Seguridad y Salud.

Quinto.- Respecto al alcance de esta encomienda de gestión, al Instituto Aragonés de Fomento le corresponderá:

a) Financiar el contrato y actuará como órgano de contratación en la licitación y adjudicación de los trabajos.

b) Realizar la recepción de las obras previa conformidad del Departamento de Presidencia y Justicia.

c) Realizar los abonos a las empresas contratistas que se deriven de los trabajos a que de lugar el desarrollo del contrato.

d) Actuar como único interlocutor con el contratista o contratistas seleccionados.

e) Justificar al Departamento de Presidencia y Justicia en un plazo máximo de seis meses desde la recepción de los trabajos los gastos realizados, mediante la presentación de las facturas y certificaciones correspondientes, y la acreditación de su pago material.

Sexto.- Una vez ejecutadas y recibidas las obras previstas por el Instituto Aragonés de Fomento, se procederá a su entrega a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a través del Departamento de Presidencia y Justicia, mediante la firma de la correspondiente acta.

Séptimo.- La presente encomienda de gestión entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", y continuará hasta la finalización de las obras que en ejecución de la misma se realicen.

Zaragoza, 2 de diciembre de 2014.

La Presidenta del Gobierno de Aragón

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Presidencia y Justicia

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR