Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

DECRETO 337/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 201/1999, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Publicado el 28/12/2001 (Nº 153)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL

Texto completo:

DECRETO 337/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 201/1999, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

La política aragonesa de cooperación para el desarrollo ha ido adquiriendo una especial dimensión como consecuencia de la aprobación de la Ley 10/2000, de 27 de diciembre, relativa a la cooperación para el desarrollo. En efecto, la mencionada norma en su Título III, crea la Comisión Autonómica de Cooperación para el Desarrollo, como órgano de coordinación y colaboración entre las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Consejo Aragonés de Cooperación para el Desarrollo, como órgano de consulta y asesoramiento en materia de solidaridad internacional y cooperación para el desarrollo.

Igualmente, la importancia de la inmigración en la Comunidad Autónoma de Aragón, hizo necesario la aprobación del Decreto 113/2001, de 22 de mayo por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Inmigración como órgano de coordinación de la política del Gobierno y el Foro de la Inmigración de Aragón, como órgano colegiado de carácter consultivo para la participación en la política social de inmigrantes en Aragón.

De las circunstancias anteriores se deduce la conveniencia de crear unos instrumentos de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al Consejero del Departamento de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en materia de Cooperación para el Desarrollo y de Inmigración.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 18 de diciembre de 2001,

DISPONGO:

Artículo único.--Se añade un nuevo apartado 4 al artículo 3, del Decreto 201/1999, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, que queda redactado como sigue: "4. Como órganos de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al Consejero, se crea la Oficina de Cooperación para el Desarrollo y la Oficina para la Inmigración, que bajo la dependencia del mismo, tendrán la composición que se determine en las relaciones de puestos de trabajo".

DISPOSICIONES FINALES

Primera.--Habilitación de desarrollo.

Se faculta al Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este Decreto.

Segunda.--Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de diciembre de 2001.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, EDUARDO BANDRES MOLINE

El Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, ALBERTO LARRAZ VILETA