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RESOLUCION de 14 de diciembre de 2001, del Presidente del Instituto Aragonés del Agua, por la que se dispone la entrada en servicio de la Estación Depuradora de Aguas Residuales y la vigencia del canon de saneamiento en el municipio de Barbastro.

Publicado el 28/12/2001 (Nº 153)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

RESOLUCION de 14 de diciembre de 2001, del Presidente del Instituto Aragonés del Agua, por la que se dispone la entrada en servicio de la Estación Depuradora de Aguas Residuales y la vigencia del canon de saneamiento en el municipio de Barbastro.

En ejecución del convenio suscrito con el Ayuntamiento de Barbastro el día 23 de agosto de 1996, la Junta de Saneamiento ha construido la Estación Depuradora de Aguas Residuales que da servicio a este municipio.

Finalizada la ejecución de la obra y concluido satisfactoriamente el plazo de prueba a cargo de la empresa constructora, tal como estaba previsto en el pliego de condiciones que rigió el concurso para su adjudicación, la planta se encuentra en disposición de ser utilizada conforme a su finalidad.

La Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón, continuadora en esta materia del sistema instituido por la Ley 9/1997, de 7 de noviembre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Aragón, establece en su art. 49 que los gastos de explotación, conservación y mantenimiento de las instalaciones de saneamiento y depuración serán atendidos, entre otros ingresos, con el producto del canon de saneamiento previsto en la Ley. En cuanto al cobro de este impuesto, la Disposición Transitoria Primera de la misma Ley establece en su párrafo 4 que la orden de entrada en servicio de las instalaciones de depuración de competencia de la Comunidad Autónoma determinará la aplicación definitiva del canon de saneamiento en relación a los municipios que envíen sus aguas a dichas instalaciones para su tratamiento.

En atención a estos antecedentes y con el fin de incorporar al municipio de Barbastro al sistema general establecido en la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón, he resuelto: 1º.--Dictar la orden de entrada en servicio de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Barbastro.

2º.--En cumplimiento de lo previsto en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 6/2001, disponer la aplicación definitiva del canon de saneamiento en el municipio de Barbastro.

3º.--Publicar la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" para general conocimiento, y dar traslado expreso al Ayuntamiento de Barbastro en orden al cumplimiento de las obligaciones materiales y formales previstas en la vigente normativa para la recaudación del canon de saneamiento por las entidades suministradoras de agua.

Zaragoza, 14 de diciembre de 2001.--El Presidente del Instituto Aragonés del Agua, Víctor Longás Vilellas.