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ORDEN CDS/2297/2017, de 20 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés social en la comunidad Autonóma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el año 2017.

Publicado el 12/01/2018 (Nº 9)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Mediante Orden CDS/1093/2017, de 26 de julio ("Boletín Oficial de Aragón", número 148, de 3 de agosto de 2017), se han convocado subvenciones para la financiación de programas de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, para el año 2017.

Todas las Entidades participantes en la convocatoria, formularon solicitud dentro del plazo establecido al efecto. En la Secretaría General Técnica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, se instruyeron los oportunos expedientes comprobándose que la documentación presentada se ajustaba a los requisitos establecidos en la precitada orden, requiriéndose en caso necesario la aportación de los documentos preceptivos.

Tal y como determina la base undécima, el examen y valoración de las solicitudes presentadas se efectuará por una Comisión de Valoración, la cual, tras el examen y evaluación de las solicitudes, la valoración técnica correspondiente y a la vista de la disponibilidad presupuestaria, emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

Por orden de 18 de octubre de 2017, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, se designó la comisión de valoración. Emitido el informe a que se refiere el apartado séptimo de la base undécima, de la convocatoria, éste sirvió de base para la elaboración de la propuesta de Resolución de 7 de noviembre de 2017.

La propuesta elevada por el órgano instructor es coincidente con el contenido del informe emitido por la Comisión de Valoración, el cual determina los proyectos de las Entidades que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria, así como la valoración, el orden y la cuantía de las mismas.

Se ha comprobado la existencia de crédito suficiente para hacer efectivas las subvenciones que sean concedidas, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 11010 G/3111/480509/37001 y 11010 G/3111/780197/37001, del presupuesto de Gastos del departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales para el ejercicio 2017.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, en cumplimiento de la normativa aplicable y en el uso de las atribuciones que confiere el ordenamiento jurídico, resuelvo:

Primero.- Conceder a las Entidades relacionadas en el anexo I de la presente propuesta, las subvenciones para realizar los programas que cumplen los criterios de valoración establecidos en la Base Decimosegunda de la Orden de 26 de julio de 2017, por un importe total de 8.865.897,52 euros, desglosado del siguiente modo por aplicaciones presupuestarias:

11010 G/3111/480509/37001: 8.265.897,52 euros

11010 G/3111/780197/37001: 600.000 euros

Segundo.- Denegar las solicitudes presentadas por las entidades relacionadas en el anexo II de la presente propuesta, por concurrir en las mismas las causas que se detallan.

Tercero.- Determinar el importe a aplicar a cada una de las entidades beneficiarias que han concurrido como agrupación sin personalidad jurídica, tal y como se relaciona en el anexo III.

Cuarto.- Publicar la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto de la base decimoquinta de la Orden de 26 de julio de 2017.

Quinto.- Publicar los criterios de valoración que se han aplicado para la aprobación de la presente resolución y que figura como anexo IV a la presente orden.

Sexto.- El plazo de ejecución de los programas subvencionados finalizará el 31 de diciembre de 2018 y la documentación justificativa del gasto deberá presentarse en el plazo comprendido entre el 1 de enero y 28 de febrero de 2019. Las normas de justificación estarán disponibles en la página web del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón

/DepartamentosOrganismosPublicos/Departamentos/CiudadaniaDerechosSociales).

Séptimo.- Advertir que contra la presente orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes contado desde la fecha de la notificación, de conformidad en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso Contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativo.

Zaragoza, 20 de diciembre de 2017.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA