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RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2021, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 1 de octubre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada a la planta de fabricación de piezas de desgaste para máquinas de obras públicas, ubicada en partida "La Armentera", polígono 43 parcelas 79, 80, 81, 82, 83 y 84 en el término municipal de Monzón (Huesca). (Número de Expediente INAGA 500301/02/2021/05235).

Publicado el 28/12/2021 (Nº 262)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha de 23 de octubre de 2009, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 207, la Resolución de 1 de octubre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada del establecimiento de fabricación de piezas de desgaste para máquinas de obras públicas, en el término municipal de Monzón (Huesca), promovido por Metalogenia, SA (Número Expte. INAGA 500301/02/2008/12306).

Con fecha 23 de mayo de 2013, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 99, la Resolución de 29 de abril de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 1 de octubre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, referente al vertido de aguas que se realizará al colector del polígono industrial con destino la depuradora de La Armentera en Monzón. (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/9474).

Con fecha 29 de enero de 2014, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 20, la Resolución de 16 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la Autorización Ambiental Integrada del establecimiento de fabricación de piezas de desgaste para máquinas de obras públicas, en el término municipal de Monzón (Huesca), promovido por Metalogenia, SA (Número Expte: INAGA 500301/02/2013/8877).

Con fecha de 23 de marzo de 2017, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 57, la Resolución de 9 de marzo de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 1 de octubre de 2009, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada del establecimiento de fabricación de piezas de desgaste para máquinas de obras públicas, en el término municipal de Monzón (Huesca), promovido por Metalogenia, SA, sobre la producción y gestión de los residuos. (Número Expte. INAGA 500301/02/2016/00136).

Con fecha 8 de agosto de 2018, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 153, la Resolución de 11 de julio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente, por tercera vez, la Resolución de 1 de octubre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada de la planta del establecimiento de fabricación de piezas de desgaste para máquinas de obras públicas, en el término municipal de Monzón (Huesca), promovido por Metalogenia, SA (Número Expte: INAGA 500301/02/2016/9803).

Con fecha 25 de mayo de 2021, se recibe en el Registro General del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por parte de Metalogenia, SA memoria técnica relativa al régimen de autocontrol del foco de emisiones contaminantes número 7 "Aspiración horno arco eléctrico", donde se presenta la justificación de autocontroles quincenales en dicho foco mediante mecanismos describen en la citada memoria.

Considerando la Orden de 20 de mayo de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen los requisitos de registro y control en las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen métodos alternativos de análisis para determinados contaminantes atmosféricos.

Considerando que en el artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón se establece que la Autorización Ambiental Integrada podrá ser modificada puntualmente a solicitud del titular de la instalación.

Considerando que la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye a este Instituto la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo único de la Ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las Autorizaciones Ambientales Integradas.

Durante esta tramitación se ha seguido el procedimiento del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de general aplicación.

Vistos, el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas; la Decisión 2000/532/CE de la Comisión, sobre la lista de residuos (LER), en su versión revisada de 2014 y 2017; la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos; la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación; el Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión mediana y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; la Orden de 20 de mayo de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen los requisitos de registro y control en las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen métodos alternativos de análisis para determinados contaminantes atmosféricos; el Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión mediana y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Modificar puntualmente por cuarta vez la Resolución de 1 de octubre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada del establecimiento de fabricación de piezas de desgaste para máquinas de obras públicas, en el término municipal de Monzón (Huesca), promovido por Metalogenia, SA, en el siguiente sentido:

Se incluye en el apartado 2.11. Control de emisiones, tras el tercer párrafo, el siguiente:

Teniendo en cuenta que la empresa tiene implantado un sistema de gestión medioambiental conforme a la norma ISO 14001:2015, los autocontroles del foco 7 podrán realizarse de acuerdo a dicho SIGMA, el cual incluye sistemas de control de procesos y de eficiencia de medidas correctoras, y mediciones trimestrales de las emisiones de dicho foco, que deberán ser ampliadas a todos los parámetros para los que están establecidos límites. En cualquier caso, el plan de autocontrol deberá garantizar el cumplimiento de los valores límite establecidos.

Esta Resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.3 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 5 de noviembre de 2021.

El Director de Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

JESÚS LOBERA MARIEL