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ORDEN ICD/660/2021, de 28 de mayo, por la que se modifica la Orden ICD/119/2021, de 25 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas en el marco del "Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial" en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 14/06/2021 (Nº 126)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Con fecha 11 de marzo de 2021, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 53, la Orden ICD/119/2021, de 25 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas en el marco del "Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial" en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las bases reguladoras del programa se establecieron en virtud del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por la que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

En consonancia con las bases reguladoras, el dispositivo octavo de la Orden ICD/119/2021, de 25 de febrero, establece que el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas durará hasta la conclusión de su vigencia, prevista para el 30 de junio de 2021.

En la sesión de la Conferencia Sectorial de Energía celebrada el pasado 12 de mayo de 2021 se informó a las comunidades autónomas de que se estaba tramitando la modificación de las citadas bases reguladoras para ampliar su vigencia hasta el 30 de junio de 2023.

Con objeto de posibilitar la vinculación del plazo de vigencia de la convocatoria con el nuevo plazo que pudieran establecer las bases reguladoras con carácter previo a la finalización de la vigencia inicial de la propia convocatoria, se considera procedente llevar a cabo la modificación del apartado octavo de esta convocatoria.

A la vista de todo lo expuesto, resuelvo:

Primero.- Modificación de la Orden ICD/119/2021, de 25 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas en el marco del "Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial" en la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Orden ICD/119/2021, de 25 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas en el marco del "Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial" en la Comunidad Autónoma de Aragón, queda modificada como sigue:

Uno. El punto 1 del apartado octavo de la Orden queda redactado como sigue:

"El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el día de la fecha de la conclusión de la vigencia del programa establecida en el artículo 12 de las bases reguladoras".

Dos. Se incluye lo siguiente a continuación del párrafo del punto 8 del apartado sexto de la Orden:

"En el supuesto de que se ampliara la vigencia del programa establecida en el artículo 12 de las bases reguladoras y, por tanto, se viera ampliado el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado octavo de esta convocatoria, se procederá, previa la preceptiva tramitación, a la adaptación de estas anualidades para ajustarlas a la nueva fecha prevista del pago de las ayudas".

Segundo.- Recursos.

1. Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la persona titular del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 58.3 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

2. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Tercero.- Efectos.

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 28 de mayo de 2021.

El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ