Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN DRS/504/2016, de 5 de mayo, por el que se dispone la publicación del acuerdo del Gobierno de Aragón de 19 de abril de 2016, por el que se declara la urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa iniciados o que sea necesario iniciar para la ejecución del proyecto de construcción de las infraestructuras necesarias para la depuración de aguas residuales de los Municipios de Utebo, La Joyosa (Marlofa), Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén y Zaragoza (Casetas, Garrapinillos y Villarrapa), incluidas en el Plan Especial de Depuración, Zona Utebo.

Publicado el 06/06/2016 (Nº 107)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El Gobierno de Aragón, de conformidad con lo previsto en los artículos 15.1.g), 16.1.d), 56.2 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se adoptó en su reunión de 19 de abril de 2016, un Acuerdo por el que se declara la urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa iniciados o que sea necesario iniciar para la ejecución del proyecto de construcción de las infraestructuras necesarias para la depuración de aguas residuales de los Municipios de Utebo, La Joyosa (Marlofa), Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén y Zaragoza (Casetas, Garrapinillos y Villarrapa), incluidas en el Plan Especial de Depuración, Zona Utebo.

En cumplimiento de lo establecido en el apartado segundo de dicho Acuerdo, se dispone la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", insertándose como anexo a la presente orden.

Zaragoza, 5 de mayo de 2016.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad,

JOAQUÍN OLONA BLASCO

Acuerdo de 19 de abril de 2016, del Gobierno de Aragón, por el que se declara la urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa iniciados o que sea necesario iniciar para la ejecución del proyecto de construcción de las infraestructuras necesarias para la depuración de aguas residuales de los Municipios de Utebo, La Joyosa (Marlofa), Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén y Zaragoza (Casetas, Garrapinillos y Villarrapa), incluidas en el Plan Especial de Depuración, Zona Utebo.

Por Acuerdo de 5 de junio de 2001 del Gobierno de Aragón se aprobó el Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración, publicándose por Orden de 1 de octubre de 2001, del Departamento de Medio Ambiente, ("Boletín Oficial de Aragón", número 124, de 22 de octubre de 2001), al amparo del artículo 10 de la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón y con los efectos de su aprobación previstos en su artículo 21, con la naturaleza específica de directriz parcial sectorial conforme a los artículos 11.1, 11.5 y 26.3 de la Ley 11/1992, de 24 de noviembre, de Ordenación del Territorio. Por Decreto 107/2009, de 9 de junio, del Gobierno de Aragón, se aprueba la revisión del Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración.

La aprobación del Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración determinó la declaración de utilidad pública e interés social, la necesidad de ocupación y la urgencia a efectos de la expropiación forzosa, de las obras, terrenos e instalaciones necesarias para la realización de las actuaciones convenidas en el Plan (prescripción 0.11.c).

Por Acuerdo de 23 de marzo de 2004 del Gobierno de Aragón se aprobó el Plan Especial de Depuración en el que quedan incluidas la actuación a ejecutar para dar servicio a Utebo, La Joyosa, Marlofa, Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén, Casetas, Garrapinillos y Villarrapa.

Por Acuerdo posterior de 11 de octubre de 2005 del Gobierno de Aragón se declaró de interés autonómico la ejecución de la totalidad de las obras hidráulicas incluidas en el Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración y en el Plan Especial de Depuración publicado por Orden de 28 de noviembre de 2005, del Departamento de Medio Ambiente ("Boletín Oficial de Aragón", número 150, de 20 de diciembre de 2005), indicándose en la resolución que esta declaración junto con la inclusión de las obras en el Plan de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales conlleva el efecto de la declaración de utilidad pública e interés social y la necesidad de ocupación a efectos de expropiación forzosa, de las obras, terrenos e instalaciones necesarias para la realización de estas obras hidráulicas según los proyectos que se aprueben, en los términos del artículo 21.1 c) de la Ley 6/2001, con el artículo 10 y el artículo 17.2 de la Ley de expropiación forzosa, así como el no estar sometidas a licencia municipal de edificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.2 de la Ley 6/2001.

Mediante la Orden de 4 de febrero de 2008, del Departamento de Medio Ambiente ("Boletín Oficial de Aragón", Número 22, de 22 de febrero de 2010), por la que se dispone la publicación del acuerdo del Gobierno de Aragón de 15 de enero de 2008, se declara la urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa incoados o que sea necesario iniciar para la ejecución de las obras de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Utebo, que da servicio, junto a éste, a los municipios de La Joyosa, Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén y Zaragoza (Casetas, Garrapinillos y Villarrapa) incluida en el Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración y el Plan Especial de Depuración.

Con fecha de 15 de mayo de 2008 se firmó el convenio de colaboración suscrito entre el Instituto Aragonés del Agua y los Ayuntamientos de Utebo, La Joyosa, Pinseque, Sobradiel y Torres de Berrellén, sobre las actuaciones necesarias para la construcción y explotación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (E.D.A.R) para dar servicio a los municipios de Utebo, La Joyosa, Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén y Zaragoza.

En virtud del mismo se establece que será el Instituto Aragonés del Agua quién llevará a cabo las actuaciones necesarias o trasladará la realización de las mismas a quién competa, para la obtención de los terrenos precisos para la ejecución de las obras, bien por mutuo acuerdo o por expropiación forzosa, supuesto en el que el Instituto Aragonés del Agua instará a la Diputación General de Aragón a la expropiación de los terrenos así como a la declaración de urgencia de dicha expropiación ante el Consejo de Gobierno de aquella, asumiendo la condición de beneficiario en el procedimiento de expropiación forzosa, según lo estipulado en la Cláusula Segunda del mencionado convenio.

A tal efecto y por Orden de 9 de junio de 2008, se acordó iniciar el procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución de las obras hidráulicas previstas en la 2.ª fase del Plan Especial de Depuración, zona Utebo, incluidas en el Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración y en el Plan Especial de Depuración, a los efectos de poder dquirir los terrenos necesarios para la ejecución de las citadas obras.

Sin embargo, con fecha 3 de octubre de 2013 el Presidente del Instituto Aragonés del Agua resolvió, por mutuo acuerdo, el contrato de concesión de obra pública para la redacción de proyectos, construcción y explotación de las actuaciones incluidas en la zona Utebo del Plan Especial de Depuración suscrito con la empresa concesionaria S.A.U.

En consecuencia, en julio de 2014 el Instituto Aragonés del Agua convoca un nuevo concurso de "Concesión de obra pública pora la redacción del proyecto y la construcción, conservación y explotación de las infraestructuras necesarias de Utebo, La Joyosa, Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén y Zaragoza (Casetas, Garrapinillos y Villarrapa) del Plan Especial de Depuración de Aragón." del que resultó adjudicatario a la U.T.E. formada por las empresas Ferrovial Agroman, S.A. Cadagua, S.A. Construcciones Mariano López Navarro, S.A.U

Atendiendo a los dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el contrato, con fecha 29 de julio de 2015, el concesionario entrega al IAA el proyecto constructivo definitivo, el cual ha sido corregido de acuerdo a las prescripciones dadas por el IAA. Así, con fecha 9 de noviembre de 2015, el Presidente del Instituto Aragonés del Agua ha procedido a la aprobación definitiva del nuevo Proyecto de construcción de las actuaciones necesarias para la depuración de las aguas residuales de los municipios de Utebo, La Joyosa, Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén y Zaragoza (Casetas, Garrapinillos y Villarrapa)

En aras del interés general, se debe favorecer la obtención de los terrenos necesarios para facilitar la ejecución de las obras del Proyecto de construcción de la actuaciones necesarias para la depuración de las aguas residuales de los municipios de Utebo, La Joyosa, Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén y Zaragoza (Casetas, Garrapinillos y Villarrapa) en el plazo más breve posible, declarando la urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa que sea necesario iniciar para la obtención de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de a actuación

En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 15.1.g), 16.1.d), 56.2 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, a propuesta del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 19 de abril de 2016, se adopta el siguiente,

Acuerdo

Primero.- Declarar la urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa iniciados o que sea necesario iniciar para la ejecución del Proyecto de construcción de las infraestructuras necesarias para la depuración de aguas residuales de los Municipios de Utebo, La Joyosa (Marlofa), Pinseque, Sobradiel, Torres de Berrellén, y Zaragoza (Casetas, Garrapinillos y Villarrapa), incluida en el Plan Especial de Depuración, Zona Utebo.

Segundo.- Disponer la publicación del presente acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón".