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RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2017, del Director General de Energía y Minas, por la que otorga la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica denominada "SET Valdenavarro de 30/220 kV en Sierra de Luna (Zaragoza), con servicio a PPEE La Peña, La Sarda y Sora". Expediente número IEA6003/2016 de la provincia de Zaragoza.

Publicado el 28/07/2017 (Nº 144)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Vista la solicitud de fecha de registro de entrada 15 de mayo de 2015, la sociedad EDP Renovables España, S.L. U., con CIF B91115196, en la que se solicitó autorización administrativa previa y de construcción del proyecto de subestación eléctrica 220/30 kV denominada SET Valdenavarro en el término municipal de Sierra de Luna (Zaragoza), y el expediente asociado a dicha solicitud, se han apreciado los siguientes antecedentes.

Con fecha 28 de agosto de 2014 las sociedades, Eólica Sostenible del Gállego, S.L promotora del parque eólico La Sarda, EDP Renovables España, S.L.U. promotora del parque eólico La Peña y Corporación Eólica Sora, S.A promotora del parque eólico Sora, llegaron, por escrito, a un acuerdo por el que se designaba a la sociedad EDP Renovables España, S.L.U. para la tramitación de la SET Valdenavarro.

Con fecha 22 de junio de 2015, el proyecto fue admitido a trámite y trasladado, junto con el resto de documentación presentada, al Servicio Provincial de industria e Innovación de la Provincia de Zaragoza.

Con fecha 13 de junio de 2016, el Director del Servicio Provincial de Industria e Innovación de la Provincia de Zaragoza, emitió informe favorable a la mencionada solicitud y remitió el expediente a la Dirección General de Energía y Minas.

Con fecha 31 de agosto de 2016 se publicó el Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón.

Con fecha de entrada en el Registro General del Gobierno de Aragón 25 de octubre de 2016, la sociedad EDP Renovables España, S.L.U. solicitó el acogimiento al régimen especial de tramitación anticipada del proyecto, prevista en el Decreto-Ley 2/2016, de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por Resolución de 18 de enero de 2017, del Director General de Energía y Minas, se convalidaron todos los trámites realizados sobre el expediente asociado al proyecto, destinados a la obtención de la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto, incluido el informe del Servicio provincial de Industria e Innovación.

Visto el informe favorable, de fecha 13 de junio de 2016, subscrito por el Director del Servicio Provincial de Industria e Innovación de la provincia de Zaragoza, en el que constan cumplidos los procedimientos de información pública e información a otras administraciones previstos en los artículos 125 y 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el que se declara no tener ninguna objeción al proyecto presentado.

Vista la Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de fecha 18 de noviembre de 2015, por la que se emite informe de no sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de subestación Valdenavarro 220/30 kV y se establece un condicionado de obligado cumplimiento por la instalación.

Visto el expediente incoado en la Dirección General de Energía y Minas, a petición de EDP Renovables España, S.L.U. asociado a la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación "SET Valdenavarro de 30/220 kV en Sierra de Luna (Zaragoza), con servicio a PPEE La Peña, La Sarda y Sora", incluyendo alegaciones y contra alegaciones.

Considerando la Ley 24/2013 del sector eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Real Decreto 337/2014, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias; el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; el Decreto 34/2005, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna; el Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación concordante.

En el ejercicio de las competencias de ordenación y gestión en materia energética que me atribuye el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:

Primero.- Conceder la autorización administrativa previa al proyecto de Subestación eléctrica 220/30 kV, denominada SET Valdenavarro, en el término municipal de Sierra de Luna (Zaragoza), promovido por Desarrollos Eólicos Rabosera, S.A, que dará servicio, según previsión a día de hoy, a los PPEE La Peña, La Sarda y Sora.

Segundo.- Conceder la autorización administrativa de construcción de las instalaciones al proyecto, suscrito por el ingeniero industrial D. David Gavín Asso y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales Aragón y La Rioja en fecha 9 de abril de 2015 con el número VD00868-15A, cuyas características principales son las siguientes:

Nivel 220 KV (Intemperie)

Posición de simple barra 220 KV.

Dos posiciones de línea SET Sora y SET Rabosera, compuesta cada una de:

- 1 seccionador tripolar con cuchillas de p.a.t. de 245 KV, 2.000 A y 40 KA,

- 1 interruptor automático en SF6 de 245 KV, 3.150 A y 40 KA.

- 3 transformadores de intensidad 245 KV, de relación 200-400/5-5-5-5-5 A. para Rabosera y 50-150/5-5-5-5 A para Sora

- 1 seccionador tripolar con cuchillas de p.a.t. de 245 KV, 2.000 A y 40 KA.

- 3 transformadores de tensión 245 kV, de relación

- 3 autoválvulas 245 KV, 10 KA

Dos posiciones de transformador "Edp Renovables" y "Eólica Sostenible del Gállego", compuesta cada una por:

- 1 seccionador tripolar con cuchillas de p.a.t. de 245 KV, 2.000 A y 40 KA.

- 1 interruptor automático en SF6 de 245 KV, 3.150 A y 40 KA.

- 3 transformadores de intensidad 245 KV, de relación 75-150/5-5-5-5-5 A.

- 3 transformadores de tensión 245 KV, de relación

- 3 autoválvulas 245 KV, 10 KA

- 1 transformador 220/30 KV de 22,5/30 MVA.

- 3 autoválvulas 36 KV, 10 KA, en el nivel de 30 KV

Dos edificios de control, con el sistema de protección, control, medida y comunicaciones.

Nivel 30 KV (Interior)

En recinto de obra civil, con 14 celdas metálicas aisladas en SF6, divididas en tres grupos, una para cada parque, cada una, con el siguiente aparellaje eléctrico.

- 1 celda de posición de transformador: Con un seccionador de p.a.t. de 36 KV y 630 A, un interruptor automático en SF6 de 36 KV, 630 A y 25 KA, tres transformadores de intensidad de relación 600-1.200/5-5-5 A y tres transformadores de tensión de relación

- 3 celdas de línea: Cada una, con un seccionador de p.a.t. de 36 KV y 630 A, un interruptor automático en SF6 de 36 KV, 630 A y 25 KA y tres transformadores de intensidad de relación 150-300/5-5-5 A.

- 2 celdas de protección batería de condensadores: Cada una, con un seccionador de p.a.t. de 36 KV y 630 A, un interruptor automático en SF6 de 36 KV, 630 A y 25 KA y tres transformadores de intensidad de relación 100-200/5-5 A.

- 1 celda de protección del trafo de servicios auxiliares: Con un interruptor-seccionador de 36 KV y 630 A con cartuchos fusibles APR y doble seccionador de p.a.t.

- 1 transformador trifásico para servicios auxiliares de 160 KVA, 30/0´420 KV.

Presupuesto según proyecto: 2.999.127,38 euros (dos millones novecientos noventa y nueve mil ciento veintisiete euros con treinta y ocho céntimos).

Tercero.- La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa. La aprobación del proyecto se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones siguientes:

1. El plazo para la ejecución del proyecto aprobado y presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio de la instalación, será de tres años contado a partir del día siguiente al de notificación al titular de la presente resolución.

Dicho plazo podrá ser ampliado conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, en su caso, conforme a lo que pueda disponer la normativa específica, a solicitud del titular de esta autorización. Considerando que, conforme al mencionado artículo 32, en el que se indica que tanto la petición como la decisión sobre la ampliación deben producirse antes de la finalización de plazo indicado, y que, según el artículo 21 de la misma Ley, la Administración cuenta con un plazo de tres meses para resolver sobre la ampliación, procederá formalizarse dicha solicitud de ampliación, al menos tres meses antes de la terminación del plazo de tres años otorgado en esta autorización.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

3. Se cumplirá con el condicionado establecido en la Resolución de Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 18 de noviembre de 2015, por el que se emite informe de impacto ambiental del proyecto de subestación Valdenavarro 220/30 kV.

4. El titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos de ejecución de las instalaciones al Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, quien durante el período de construcción y después en el de explotación, ejercerá las funciones de inspección.

5. El titular dará cuenta de la terminación de las obras al Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, mediante la presentación de la solicitud de acta de puesta en marcha de las instalaciones, aportando el certificado de dirección de obra suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda, y cuanta documentación sea requerida en el procedimiento de puesta en marcha de las instalaciones.

6. La Administración competente dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas. En tales supuestos, la Administración competente, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Esta autorización no releva la necesidad de obtener cualquier otra prevista en la legislación vigente.

La presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 26 de junio de 2017.- El Director General de Energía y Minas, Alfonso Gómez Gámez.