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DECRETO 130/2012, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Industria e Innovación a efectuar una encomienda de gestión al Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación (CATEDU) para dotar a la comunidad educativa de herramientas y recursos informáticos de aprendizaje en los diferentes niveles educativos.

Publicado el 17/05/2012 (Nº 94)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El artículo 71.41ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 abril, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, en todo caso, la transferencia de conocimientos y el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información.

Dichas competencias, atribuidas al anterior Departamento de Innovación y Nuevas Tecnologías mediante el Decreto 335/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobaba su estructura orgánica, han sido atribuidas al Departamento de Industria e Innovación mediante el Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se atribuyen determinadas competencias a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se adscriben organismos públicos.

De acuerdo con ello, al Departamento de Industria e Innovación le corresponde el desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información en la Comunidad Autónoma, y mas concretamente la promoción, el fomento y la implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con especial atención a su incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón y en las Administraciones Públicas.

Para alcanzar los objetivos que el ejercicio de estas competencias exige, se diseñó el "Plan Director de Desarrollo de la Sociedad de la Información en Aragón" como marco de referencia de las acciones políticas a desarrollar en esta materia desde el Gobierno de Aragón. El vigente II Plan Director para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Gobierno de Aragón el 21 de julio de 2009, incluye, entre otros, el Programa relativo a la Incorporación de las TIC en la práctica educativa, indicándose a este respecto que "La introducción efectiva de las nuevas tecnologías en el sistema educativo ha sido una prioridad del Gobierno de Aragón en los últimos años. El Gobierno de Aragón se planteó en su momento dejar de utilizar las TIC como un apoyo educativo y convertirlas en la principal herramienta educativa de los aragoneses, haciendo que las TIC estén presentes en el día a día del aula. En este sentido, se han impulsado diversas iniciativas innovadoras que han situado a Aragón en una posición de liderazgo a nivel nacional en la incorporación de las TIC en el ámbito educativo.

Por otra parte, en el ámbito de esta Administración autonómica se creó el Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación (CATEDU), mediante Decreto 200/2006, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón quedando dependiente orgánicamente del Departamento competente en materia de educación, según su reglamento de funcionamiento, y siendo configurado como un centro de recursos y apoyo al sistema educativo en materia de nuevas tecnologías, concretamente a todos los centros educativos de los distintos niveles de enseñanza de Aragón en cualquiera de los aspectos relativos a la incorporación de las tecnologías de la información y comunicación a los procesos de enseñanza y aprendizaje. Así, entre sus fines se encuentran diseñar, desarrollar y divulgar las herramientas y aplicaciones para uso de los alumnos y docentes, así como relacionarse y colaborar con instituciones con fines similares.

Dicho Centro encuentra su origen en el convenio de colaboración celebrado con fecha 3 de mayo de 2006 entre el Gobierno de Aragón, la Universidad de Zaragoza y el Ayuntamiento de Alcorisa para su puesta en marcha y funcionamiento. Los compromisos del Gobierno de Aragón asumidos en dicho convenio respecto a la implantación de las nuevas tecnologías, actualmente a través del Departamento de Industria e Innovación, comprenden el de proporcionar al centro de recursos didácticos financiados por dicho Departamento con el fin de dotar a la comunidad educativa de herramientas y recursos informáticos cada vez más avanzados tecnológicamente para el aprendizaje en los diferentes niveles educativos.

En el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Departamento de Industria e Innovación y con el fin de dar cumplimiento a los compromisos suscritos en el mencionado convenio, se pretende llevar a cabo una serie de actuaciones que permitan proporcionar a la comunidad educativa de las mencionadas herramientas y recursos informáticos, si bien en la medida que el Departamento de Industria e Innovación no dispone actualmente de los medios materiales y humanos suficientes para acometer de forma directa dichas actuaciones y el referido centro está dotado de los medios idóneos humanos, técnicos y materiales relacionados con el sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como de la experiencia necesaria, es preciso instrumentar la colaboración necesaria entre ambos, sin que el compromiso asumido por el citado Departamento sea incompatible con que la gestión de la adquisición o desarrollo y puesta en marcha de los recursos sea realizada por el propio CATEDU como ponen de manifiesto las relaciones de colaboración ya entabladas anteriormente y referidas posteriormente.

La correcta articulación de la colaboración entre el Departamento titular de las competencias en materia de nuevas tecnologías y el órgano dotado de los recursos y medios técnicos precisos para el desarrollo de las tareas proyectadas en ese ámbito material, a tenor de lo anteriormente expuesto, no puede sino encauzarse a través del instituto de la encomienda de gestión en los términos en que lo contempla el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en particular, encomendando la realización de actividades de carácter técnico de la competencia de un órgano administrativo a una entidad de la misma Administración, por razones de eficacia, puesto que no se poseen los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Las actuaciones objeto de esta encomienda están en línea con las actuaciones iniciadas mediante las encomiendas de gestión aprobadas por Decreto 73/2010, de 13 de abril, y Decreto 75/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón o son continuación de las mismas.

De conformidad con el artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, la encomienda efectuada a favor de un órgano administrativo dependiente de otro Departamento de la Administración autonómica, como es el caso, precisará de la previa autorización del Gobierno de Aragón mediante Decreto, que contendrá el régimen jurídico de la encomienda, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones que asuma la entidad encomendada.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria e Innovación, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de mayo de 2012,

Primero.- Autorizar la encomienda por el Departamento de Industria e Innovación, a favor de Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación (CATEDU) de las actuaciones necesarias para dotar a la comunidad educativa de herramientas y recursos informáticos de aprendizaje en los diferentes niveles educativos. Dichas herramientas y recursos se describen en el anexo de este Decreto.

Segundo.- Será responsabilidad del CATEDU:

a) Ejecutar las actuaciones objeto de la encomienda en los plazos que se indican en el anexo.

b) Aportar los medios humanos y materiales necesarios para la realización de la encomienda.

c) Informar a la Dirección General de Nuevas Tecnologías sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.

d) Seguir las directrices marcadas por la Dirección General de Nuevas Tecnologías en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

e) En todas las actuaciones objeto de la encomienda que comporten difusión o comunicación, tales como documentos externos, herramientas de software, contenidos digitales, zonas web, etc., se incluirá la imagen del Departamento de Industria e Innovación, utilizando los modelos debidamente autorizados por la Comisión de Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.

El CATEDU podrá realizar las adquisiciones y encargar los servicios externos necesarios para lograr los objetivos establecidos, estos últimos siempre y cuando no cuente con los medios para llevarlos a cabo.

Tercero.- La encomienda de gestión no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Industria e Innovación, siendo responsabilidad de éste dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actuaciones objeto de encomienda.

Cuarto.- Para el desempeño de las tareas encomendadas, el Departamento de Industria e Innovación asignará al CATEDU, la cantidad 40.000 € (CUARENTA MIL euros), una vez que sea aceptada la encomienda por parte del citado Centro, con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio económico 2012 y a la aplicación presupuestaria 17040 G/5424/606000/91002.

El importe previsto para cada actuación se indica en el anexo. Dicho importe es estimativo y podrá reajustarse entre las actuaciones reflejadas, siempre que se mantenga el importe total.

Quinto.- El CATEDU deberá justificar, en los plazos que se indican en el anexo, la realización de las actividades encomendadas, así como los gastos y pagos efectuados en relación tanto con los medios propios utilizados, como con los encargados a servicios externos.

Como parte de dicha justificación se presentará una memoria en la que se reflejarán las acciones realizadas, detallando las actuaciones desarrolladas, medios humanos y materiales dedicados, así como los resultados obtenidos.

La Dirección General de Nuevas Tecnologías, una vez analizada la documentación presentada, realizará la correspondiente certificación.

Sexto.- La encomienda de gestión recogida en este Decreto tendrá la vigencia necesaria hasta que finalicen las actuaciones mencionadas y, en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2012.

Séptimo.- Este Decreto surtirá efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

a) ARASAAC. Portal Aragonés de Sistemas Aumentativos de Comunicación.

Acciones: Traducción de términos, realización de locuciones y elaboración de nuevos pictogramas destinados al Portal ARASAAC.

Las traducciones se prevén para nuevos símbolos, hasta en 14 idiomas, mientras que la realización de locuciones se realizará en los símbolos que no cuentan con ellas. El número de nuevos símbolos o pictogramas se estima en 450, las palabras a traducir en 5.000 y las locuciones a realizar en unas 21.000.

Importe previsto: 16.000 €.

Plazo de ejecución: hasta el 31 de diciembre de 2012.

Plazo de justificación: antes del 31 de enero de 2013.

b) Colección de objetos de Realidad aumentada.

Creación de nuevos modelos tridimensionales de carácter educativo.

Acciones: Creación de modelos tridimensionales para su incorporación a la colección existente, que permita su visionado mediante la representación de realidad aumentada y de modelos navegables e inmersivos. La producción de estos modelos se estima entre 40 y 50 modelos, en función de la complejidad de los mismos.

Importe previsto: 6.000 €.

Plazo de ejecución: hasta el 31 de diciembre de 2012.

Plazo de justificación: antes del 31 de enero de 2013.

c) Contenidos para la plataforma e-ducativa aragonesa.

Producción y adaptación de contenidos para los cursos de formación obligatoria que alimenten la plataforma e-ducativa.

Acciones: Producción de nuevos contenidos y adaptación de contenidos ya existentes, que alimenten la plataforma e-ducativa aragonesa en los niveles de Primaria y Secundaria.

El número de nuevas unidades didácticas de primaria, las cuales se prevén para 5º y 6º en las materias de Lengua y Matemáticas, se estima en 40.

Importe previsto: 18.000 €.

Plazo de ejecución: hasta el 31 de diciembre de 2012.

Plazo de justificación: antes del 31 de enero de 2013.