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DECRETO 51/2017, de 11 de abril, del Gobierno de Aragón, de creación del Conservatorio Municipal Profesional de Música en la localidad de Fraga.

Publicado el 21/04/2017 (Nº 76)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El artículo 73 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma de Estatuto de Autonomía de Aragón, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia compartida de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

El artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que "la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Gobierno o por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente en el ámbito de sus respectivas competencias".

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, mantiene la vigencia del anterior precepto.

Efectuado el traspaso de funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón mediante el Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre, corresponde a la Administración Autonómica la creación de los centros públicos de educación no universitaria.

La Ley Orgánica 8/1985, de 2 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece en la disposición adicional segunda, que la creación de centros docentes públicos cuyos titulares sean las Corporaciones Locales, se realizarán por convenio entre estas y la administración educativa competente. Esta previsión se desarrolla por el Real Decreto 2274/1993, de 22 de diciembre, de cooperación con las corporaciones locales.

Asimismo, se ha consultado al Consejo Escolar de Aragón sobre la creación de estos centros, de conformidad con el artículo 16.1 c) de la Ley 5/1998, de 14 de mayo, de los Consejos Escolares de Aragón, emitiéndose informe favorable, con fecha 21 de marzo de 2017.

En su virtud, cumplidos los trámites establecidos, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 11 de abril de 2017,

DISPONGO:

Articulo 1. Objeto.

El presente decreto tiene como objeto la creación del Conservatorio Municipal Profesional de Música en la localidad de Fraga, de titularidad municipal.

Artículo 2. Configuración

La configuración definitiva del Conservatorio Municipal Profesional de Música de Fraga será la siguiente:

Titular: Ayuntamiento de Fraga.

Domicilio: P.º Barrón Gengonyer,7

Denominación genérica: Conservatorio Municipal Profesional de Música.

Denominación específica: la que determine el Ayuntamiento de Fraga a propuesta del Consejo Escolar del Centro.

Enseñanzas que impartirá:

Enseñanzas elementales de Música:

El Conservatorio Municipal Profesional de Música de Fraga impartirá el grado elemental de las enseñanzas de música, según lo dispuesto en la Orden de 3 de mayo de 2007, por la que se establece el currículo de las enseñanzas elementales de música y que desarrolla la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ofertando las siguientes especialidades: piano, guitarra, trompeta, violín, trompa, flauta travesera, percusión, saxofón y clarinete.

Enseñanzas profesionales de Música:

El Conservatorio Municipal Profesional de Música de Fraga impartirá las enseñanzas profesionales citadas, según lo dispuesto en la Orden de 3 de mayo de 2007, por la que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y por el Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de estas enseñanzas. Ambos desarrollan la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ofertando las siguientes especialidades: piano, guitarra, canto, trompeta, violín, trompa, flauta travesera, percusión, saxofón y clarinete

Artículo 3. Inscripción en el Registro de centros

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón realizará las inscripciones correspondientes en el Registro específico de centros.

Artículo 4. Revisión y modificaciones

En lo no previsto y para futuras modificaciones de lo establecido en el presente decreto se estará a lo dispuesto en el convenio suscrito entre el Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de Fraga.

Artículo 5. Normativa de Aplicación

El Conservatorio Municipal Profesional de Música creado por el presente decreto se regirá por la normativa que le sea de aplicación y por lo dispuesto en el correspondiente convenio suscrito entre el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Fraga, a cuyos efectos se faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte para la firma del mismo, que no supondrá coste alguno para el presupuesto del Departamento.

Disposición final única. Entrada en vigor

El Conservatorio Municipal Profesional de Música de Fraga comenzará sus actividades a partir del inicio del curso escolar 2017-2018.

Zaragoza, 11 de abril de 2017.

El Presidente del Gobierno de Aragón

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN