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DECRETO 122/2012, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión gratuita de un inmueble acordada por la Comarca del Aranda (Zaragoza) para la ubicación de un Centro de Salud en Illueca.

Publicado el 17/05/2012 (Nº 94)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

El Consejo Comarcal de la Comarca del Aranda ha acordado la cesión gratuita de un terreno de su propiedad, de 1335,31 metros cuadrados de superficie, sito en Illueca, con la finalidad de ser destinado a la construcción de un centro de salud en esa localidad.

De conformidad con lo previsto en el artículo 119 del Reglamento de Bienes, Actividades y Servicios de las Entidades Locales, la anterior Dirección General de Administración Local y Política Territorial tomó conocimiento de este Acuerdo.

El Servicio Aragonés de Salud, competente en razón del destino de los bienes, emitió informe favorable a la aceptación de esta donación a través de la titular del anterior Departamento de Salud y Consumo, en su condición de Presidenta del Consejo de Dirección del citado Servicio Aragonés de Salud.

El inmueble ofrecido ha sido valorado por el Departamento de Hacienda y Administración Pública, sin que conste la existencia de gravámenes que pudieran minorar su valor.

En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de mayo de 2012,

Primero.- Aceptación de la cesión

Se acepta la cesión gratuita, acordada por la Comarca del Aranda, del siguiente inmueble patrimonial de su propiedad, sito en Illueca (Zaragoza):

Urbana: Solar de carácter patrimonial, sito en Paraje El Moral, con una superficie del terreno de mil trescientos treinta y cinco con treinta y un metros cuadrados. Linderos: Norte, finca segregada; sur, tierras de Angel Saldaña; este, el mismo camino del lado norte y finca segregada; y oeste, Clemente Sánchez.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Calatayud, al Tomo 1537, Libro 59, Folio 177, Finca 2925

Referencia catastral: 4593408XL1949S0001JG (parte) y 4593409XL1949S0001EG (parte)

Valoración: 139.000 (ciento treinta y nueve mil) euros.

Segundo.- Destino y adscripción

El solar se destinará a la construcción de un Centro de Salud y deberá incorporarse al Inventario General del Patrimonio de Aragón, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad de Calatayud, para su ulterior afectación y adscripción al Servicio Aragonés de Salud.

Esta finalidad deberá cumplirse en un plazo de cinco años, debiendo mantenerse su destino durante los treinta años siguientes. Si el inmueble cedido no se destina al uso previsto dentro de este plazo o dejase de estarlo posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Entidad Local con todas sus accesiones y las mejoras realizadas.

Tercero.- Formalización

Se faculta al Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, o persona en quien delegue, para que cualquiera de ellos, indistintamente, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Zaragoza, 8 de mayo de 2012.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

JOSÉ LUIS SAZ CASADO