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ORDEN ECD/1805/2017, de 14 de noviembre, por la que se modifican determinadas órdenes de convocatoria de ayudas en materia de cultura para el ejercicio 2017.

Publicado el 17/11/2017 (Nº 221)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con fecha 24 de julio de 2017 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 140, la Orden ECD/1033/2017, de 14 de julio, por la que se convocan ayudas para actividades culturales de asociaciones y fundaciones para el ejercicio 2017.

El 28 de julio de 2017 se publicaron en el "Boletín Oficial de Aragón", número 144, las Órdenes ECD/1060/2017, de 14 de julio, por la que se convocan ayudas a las artes escénicas para el año 2017 y ECD/1061/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la música en Aragón para 2017.

Asimismo con fecha 31 de julio de 2017 se publicaron en el "Boletín Oficial de Aragón", número 145, las Órdenes ECD/1069/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2017, para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual y ECD/1070/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2017, para la realización de mediometrajes o largometrajes por empresas del sector audiovisual.

De acuerdo con lo establecido en el punto 4 del apartado decimocuarto de todas estas órdenes de convocatoria de ayudas, el plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la orden de resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", y finalizará el día 14 de noviembre de 2017, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.4 de la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural.

Ante la falta de adjudicación expresa de estas ayudas, que permita justificarlas en el plazo establecido, mediante Orden ECD/1743/2017, de 8 de noviembre, se han modificado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establecidas por Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, antes citada.

En virtud de dicha modificación, la redacción del artículo 15.4 de la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, dispone que el plazo de justificación de la subvención terminará el día 30 de noviembre del año de la convocatoria.

Por ello, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, dispongo:

Primero.- La modificación del punto 4 del apartado decimocuarto de la Orden ECD/1033/2017, de 14 de julio, por la que se convocan ayudas para actividades culturales de asociaciones y fundaciones para el ejercicio 2017, de las Órdenes ECD/1060/2017, de 14 de julio, por la que se convocan ayudas a las artes escénicas para el año 2017 y ECD/1061/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la música en Aragón para 2017, y de las Órdenes ECD/1069/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2017, para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual y ECD/1070/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2017, para la realización de mediometrajes o largometrajes por empresas del sector audiovisual, que quedará redactado de la forma siguiente:

1. El apartado decimocuarto punto 4 de las Órdenes ECD/1033/2017, de 14 de julio, por la que se convocan ayudas para actividades culturales de asociaciones y fundaciones para el ejercicio 2017, ECD/1061/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la música en Aragón para 2017, ECD/1069/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2017, para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual queda redactado de la siguiente manera:

"El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la resolución de concesión en el "Boletín Oficial de Aragón", y terminará el día 30 de noviembre de 2017".

2. El apartado decimocuarto punto 4 de la Orden ECD/1060/2017, de 14 de julio, por la que se convocan ayudas a las artes escénicas para el año 2017 queda redactado de la siguiente manera:

"El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la resolución de concesión en el "Boletín Oficial de Aragón", y terminará el día 30 de noviembre de 2017, excepto para las modalidades de programación de salas de artes escénicas y de giras y actuaciones fuera de Aragón que finaliza el día 14 de noviembre de 2017".

3. El apartado decimocuarto punto 4 de la Orden ECD/1070/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2017, para la realización de mediometrajes o largometrajes por empresas del sector audiovisual queda redactado de la siguiente manera:

"El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la resolución de concesión en el "Boletín Oficial de Aragón", y terminará el día 30 de noviembre de 2017, excepto para la modalidad b) Ayudas a la producción y posproducción que finaliza el día 14 de noviembre de 2017".

Segundo.- La presente orden surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Zaragoza, 14 de noviembre de 2017.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN