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INSTRUCCIÓN de 31 de octubre de 2017, de la Dirección General de Justicia e Interior, por la que se modifica la Instrucción de 12 de julio de 2013, por la que se establecen los supuestos en los que se completará hasta el 100% las retribuciones durante el periodo de incapacidad temporal.

Publicado el 17/11/2017 (Nº 221)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Por Instrucción de 12 de julio de 2013, de la Dirección General de Administración de Justicia, se establecieron los supuestos en los que se completaba hasta el 100% las retribuciones durante el periodo de incapacidad temporal.

Con fecha 31 de octubre de 2017, en sesión de la Mesa Sectorial de Justicia se alcanzó un acuerdo que amplía los supuestos excepcionales de incapacidad temporal en los que se complementará hasta el cien por cien de las retribuciones para los funcionarios de los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón y la fecha de su efectividad, por lo que procede modificar la citada Instrucción, a fin de recoger los aspectos de dicho acuerdo que afectan a la materia regulada por la misma.

El artículo 33.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, determina que los órganos superiores y directivos impulsarán y dirigirán la actividad administrativa mediante la emanación de instrucciones, circulares y órdenes de servicio.

La Dirección General de Justicia e Interior ejerce las funciones de gestión integral del personal con respecto a los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón, en los términos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y demás disposiciones aplicables, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.K) del Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia.

Por todo ello, al amparo de lo establecido en el citado artículo 33 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de la competencia reconocida a esta Dirección General por el también reseñado artículo 17.1.K) del Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, la Dirección General de Justicia e Interior resuelve:

Primero.- Añadir dentro del artículo segundo, relativo a los supuestos excepcionales y debidamente justificados, un nuevo apartado j) con la siguiente redacción:

"j) Todas aquellas situaciones de incapacidad temporal de duración igual o superior a cinco días, percibiéndose en tales casos el complemento del cien por cien a partir del quinto día de dicha situación".

Segundo.- La presente Resolución será efectiva el 7 de octubre de 2017.

Zaragoza, 31 de octubre de 2017.

La Directora General de Justicia e Interior,

M.ª ÁNGELES JÚLVEZ LEÓN