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ORDEN de 25 de agosto de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de modificación de la Orden de 23 de enero de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la promoción del vino en los mercados de terceros países, para el año 2015.

Publicado el 08/09/2014 (Nº 175)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 22, de 31 de enero de 2014, se publicó la Orden de 23 de enero de 2014, del Consejero de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la promoción del vino en los mercados de terceros países, para el año 2015, respecto a la cual es preciso incluir una rectificación como consecuencia de la publicación del Real Decreto 549/2014, de 27 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español, en desarrollo de Reglamento de Ejecución (UE) n.º 752/2013 de la Comisión de 31 de julio de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) 555/2008 en lo que respecta a los programas nacionales de ayuda y los intercambios comerciales con terceros países en el sector vitivinícola.

En su virtud, resuelvo:

Único. Modificación de la Orden de 23 de enero de 2014, del Consejero de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la promoción del vino en los mercados de terceros países, para el año 2015.

Se modifica la citada Orden de 23 de enero de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en los siguientes términos:

Uno. En el apartado decimoquinto, anticipos, se añade el punto 3, con el siguiente contenido:

"3. Para los anticipos concedidos, el beneficiario deberán comunicar al organismo pagador, antes del 31 de julio de 2015, una declaración de los gastos que justifiquen, el uso de los anticipos en la anualidad correspondiente y la confirmación del saldo restante del anticipo no utilizado. Dicha declaración de gastos que justifiquen el uso de anticipos, se hará por primera vez para las solicitudes de saldo correspondientes a la anualidad 2014 (ejercicio FEAGA 2015)."

Zaragoza, 25 de agosto de 2014.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBÓN SOBRINO