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ORDEN de 18 de agosto de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA) y la Diputación Provincial de Zaragoza, para la determinación de las superficies óptimas de producción trufera en las comarcas de la Comunidad de Calatayud y de Campo de Daroca.

Publicado el 08/09/2014 (Nº 175)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/6/0179 el convenio suscrito, con fecha 1 de julio de 2014, por el Director Gerente del CITA y el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de agosto de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA Y EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGROALIMENTARIA DE ARAGÓN, PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS SUPERFICIES ÓPTIMAS DE PRODUCCIÓN TRUFERA EN LAS COMARCAS DE LA COMUNIDAD DE CALATAYUD Y DE CAMPO DE DAROCA

Zaragoza, a 1 de julio de 2014.

REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Luis María Beamonte Mesa, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza, en representación de la misma, conforme al artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

De otra parte, el Ilmo. Sr. D. José Vicente Lacasa Azlor, Director Gerente del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, nombrado mediante Decreto 288/2011, de 30 de agosto, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 172, de 31 de agosto de 2011), en nombre y representación de este organismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley de Cortes de Aragón 29/2002, de 17 de diciembre, de creación del citado centro.

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente y poder bastante para obligarse mediante el presente convenio de colaboración.

EXPONEN

I. El Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón fue creado por la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, definiéndose en su artículo 1 como una entidad de derecho público, dotada de personalidad jurídica, de autonomía administrativa y plena capacidad de obrar. Dicha entidad se crea, sobre la base del entonces Servicio de Investigación Agroalimentaria, con el fin de impulsar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la transferencia tecnológica en materia agroalimentaria y forestal.

Según la mencionada ley, el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón tiene, entre sus funciones, las siguientes: promover y realizar programas de investigación y desarrollo, propios o concertados con terceros, relacionados con los sectores agroalimentario y forestal; potenciar la innovación en el sector agroalimentario y contribuir a la protección y conservación de los recursos genéticos del sector agrario aragonés. Para ello, dispone de equipos de investigación capacitados para la realización de estos proyectos.

En el marco de estas funciones es preciso destacar que el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, y anteriormente el Servicio de Investigación Agraria, han realizado actividades de investigación durante los últimos 20 años en el campo de la truficultura, que han tenido reflejo a través de varios proyectos de investigación.

II. La Diputación Provincial de Zaragoza tiene atribuidas competencias de fomento y administración de los intereses peculiares de la provincia.

El artículo 31 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local establece:

"1. La Provincia es una entidad local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

2. Son fines propios y específicos de la Provincia garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, en el marco de la política económica y social y, en particular:

a) Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal.

...".

El artículo 36 de la misma ley añade:

"1. Son competencias propias de la Diputación las que les atribuyan, en este concepto, las Leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública, y en todo caso:

...

b) La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión.

...

e) En general, el fomento y la administración de los intereses peculiares de la provincia.

...".

La referida entidad local, a través del Gabinete de la Presidencia, desea desarrollar un programa de ayudas para la potenciación y el desarrollo de la truficultura en la provincia de Zaragoza, puesto que en los últimos años se asiste en dicha provincia a un progresivo crecimiento de la importancia del mercado de la trufa, lo que sin duda reviste un interés para el desarrollo económico de la provincia.

III. Uno de los pasos fundamentales para desarrollar por la Diputación Provincial de Zaragoza el programa de ayudas para la potenciación y el desarrollo de la truficultura en la provincia fue el establecimiento previo de las zonas con aptitud trufera en la provincia de Zaragoza, que contó con la asistencia técnica del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, primeramente, en virtud de un convenio de colaboración, suscrito el 15 de mayo de 2012 y, con posterioridad, de un convenio de colaboración, formalizado el 17 de julio de 2013.

IV. Una vez determinado un mapa con aptitud trufera en la provincia de Zaragoza, se hizo precisa la colaboración del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón consistente en la determinación de la idoneidad de los terrenos particulares o públicos para la producción trufera. A tal efecto, el 17 de julio de 2013, se suscribió un convenio de colaboración entre la Diputación Provincial de Zaragoza y el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, para la determinación de las superficies óptimas de producción trufera.

Mediante las actuaciones desarrolladas al amparo de este convenio de colaboración, se ha llevado a cabo una identificación de las micorrizas de "Tuber" presentes en los parajes previamente determinados como más óptimos para la implantación de truferas cultivadas en las comarcas de Campo de Borja y de Tarazona y el Moncayo.

Esta colaboración debe realizarse a través de los ayuntamientos de la provincia Zaragoza, como coordinadores o canalizadores de la misma.

Teniendo en cuenta que la truficultura puede ser una fuente de ingresos para los ayuntamientos que arrienden terrenos potencialmente productores, el asesoramiento del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón se ha podido integrar como un cometido del propio ayuntamiento, sirviendo de ejemplo para posibles explotaciones trufícolas particulares.

Por otra parte, la estabilización de la población en pueblos pequeños de la provincia con superficies idóneas para la producción de la trufa hace de esta actividad un potencial para el futuro. Así, a medio plazo se podrían prever ayudas al sector, como ya han hecho otras provincias limítrofes de Aragón, como incentivo para este establecimiento de población.

V. Dada la experiencia positiva de la determinación de las superficies óptimas de producción trufera en las comarcas de Campo de Borja y de Tarazona y el Moncayo, desarrollada al amparo del referido convenio de colaboración, suscrito el 17 de julio de 2013, se considera estratégico proseguir dicha tarea en las comarcas de la Comunidad de Calatayud y de Campo de Daroca, mediante la suscripción de un nuevo convenio de colaboración que contemple las mismas acciones, financiación y compromiso de las partes que el anterior.

VI. La colaboración entre las entidades firmantes representa claramente una actividad de I+D+i en un sector de gran futuro para muchas zonas aragonesas y una actuación de interés general, ya que Aragón, tanto por su clima y condiciones del tipo de suelo como por su vocación, engloba las principales zonas productoras de trufa en nuestro país, constituyendo la truficultura un complemento de renta y una alternativa posible en aquellas zonas agrícolas con bajos rendimientos económicos, y precisamente es una opción para suelos marginales.

Por todo lo expuesto, la Diputación Provincial de Zaragoza y el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón consideran conveniente y necesario colaborar en el establecimiento de los condicionantes científicos y técnicos necesarios para la determinación de la idoneidad de las superficies para la producción trufera, formalizando para ello el presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

El presente convenio tiene como objeto instrumentar la colaboración entre la Diputación Provincial de Zaragoza y el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, para la determinación de superficies óptimas de producción trufera, dentro del mapa con aptitud trufera de la provincia de Zaragoza, en las comarcas de la Comunidad de Calatayud y de Campo de Daroca.

Segunda.- Acciones.

1. En el marco del presente convenio se realizará la identificación de las micorrizas de Tuber presentes en los parajes previamente determinados como más óptimos para la implantación de truferas cultivadas en las comarcas de la Comunidad de Calatayud y de Campo de Daroca.

2. A tal efecto, se prevé la realización de las siguientes acciones:

a) Analítica en laboratorio: identificación de las micorrizas pertenecientes al género "Tuber" de las muestras.

b) Prospección de puntos de fructificación de las especies de "Tuber".

c) Elaboración de un nuevo mapa comarcal más preciso con aptitud trufera con los datos obtenidos.

d) Perfeccionamiento de la determinación del procedimiento de toma de muestras de suelo, utilizados para ello, e iniciando los mismos en las áreas que posean truferas naturales en la provincia de Zaragoza.

e) Identificación y establecimiento de los valores típicos de propiedades de suelo esenciales en el progreso de la trufa, a partir del muestreo de truferas naturales.

f) Analítica precisa de las parcelas que se quieren poner en cultivo e trufa.

g) Estudio particularizado de cada una de estas parcelas (climatología, pendiente, entorno ecológico, posibilidades de toma de agua, cercado, labores previas y futuras).

h) Seguimiento de las plantaciones.

i) Análisis de los mercados futuros.

Tercera.- Financiación.

Este convenio tiene carácter plurianual, distribuido de la siguiente manera:

Cuarta.- Compromisos de las partes.

Se considera que el tiempo de duración para la realización de las actuaciones indicadas sería de un año, lo que supondría para este centro unos costes directos estimados de 90.000 euros anuales, de acuerdo con la siguiente distribución.

1. Un investigador a tiempo parcial (60% de dedicación) que será el coordinador del proyecto de investigación: 30.000 euros anuales.

2. Un titulado de grado medio (técnico de investigación) de apoyo a la realización de las actuaciones, a tiempo parcial con una dedicación del 80%: 30.000 euros anuales.

3. Un titulado de grado medio para la asesoría "in situ" al solicitante y elaboración de documentos con la información obtenida, a tiempo completo con una dedicación del 100%: 33.000 euros anuales.

4. Un analista de sistemas para la toma de muestras, el procesado de datos e información de la analítica de pH, conductividad y textura de las muestras, a tiempo completo con una dedicación del 100%: 32.000 euros.

5. Un analista de laboratorio para la realización de análisis y preparación de muestras, a tiempo parcial con una dedicación del 80%: 23.000 euros anuales.

6. Desplazamientos para muestreos y análisis físicos-químicos: 2.000 euros.

A ello habría que añadir los costes indirectos de las actuaciones (electricidad, combustible de los vehículos en los desplazamientos, mantenimiento de las instalaciones...), que se fija en un 20%, lo que supondría 30.000 euros anuales.

La Diputación Provincial de Zaragoza se compromete a realizar las aportaciones económicas señaladas en la cláusula tercera, que cubrirán los gastos especificados en el anexo I de este convenio, por un importe de 15.000 euros para el año 2014 y 75.000 euros para el año 2015.

La Diputación Provincial de Zaragoza podrá anticipar el importe de la subvención hasta el 100% de la aportación de cada una de las anualidades, en el segundo semestre de 2014 y en el primer semestre de 2015, a petición del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.

El Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria asume los siguientes compromisos:

a) La dirección científica y la asistencia técnica de las acciones a desarrollar para determinar las superficies óptimas de producción trufera.

b) Aportar, para el cumplimiento del compromiso anterior, un equipo compuesto por los técnicos referidos anteriormente y se compromete a financiar con cargo a sus propios recursos lo establecido en el anexo 2.

La selección y contratación, en su caso, del citado personal será efectuada por el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.

c) Hacer constar en cualquier acto o medio de difusión de las actividades y servicios relacionados con el proyecto de investigación, que se realizan con la colaboración de la Diputación Provincial de Zaragoza.

Quinta.- Vigencia y justificación.

Se establece el siguiente periodo de ejecución: un año desde la firma del convenio, desde el día 1 de julio hasta el 30 de junio de 2015, o a la fecha que se determine por la firma del convenio si ésta fuera posterior al 1 de julio de 2014.

Se establece el siguiente plazo de justificación:

Primera anualidad y segunda anualidad: 1 de septiembre de 2015, admitiéndose justificantes de gasto desde el 1 de julio de 2014 hasta el 30 de junio de 2015 o hasta el plazo posterior que resulte, si la firma del convenio fuera posterior al 1 de julio de 2014.

Para la justificación de esta subvención, anticipada anualmente la cantidad del ejercicio correspondiente, el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón deberá remitir a la Diputación Provincial de Zaragoza la siguiente documentación para cada una de las justificaciones, previa presentación del proyecto correspondiente:

Cuenta justificativa con aportación de los justificantes de gasto y pago que contendrá la siguiente documentación:

- Escrito de justificación de la subvención firmada por el responsable del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.

- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, suscrita por el responsable del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.

- Certificación emitida por el Secretario con el V.º B.º del Director General, en el que se acredite:

- Que se ha cumplido la finalidad que motivó la concesión de la subvención, es decir, que ha sido ejecutada la actuación que determinó el otorgamiento de la subvención.

- Relación de la totalidad de los gastos realizados por la inversión o actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe y fecha de emisión. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.

- Relación de los gastos y pagos realizados para cubrir la subvención, debiendo adjuntar facturas o documentos equivalente y demás justificantes de dicho gasto, todo ello en documento original (TC1 y TC2) o fotocopia compulsada, al que se añadirá justificante de pago.

- Relación de otras subvenciones o ayudas obtenidas para la misma finalidad o, en su caso, mención expresa a que éstas no se han producido.

- Además, deberán remitir en su caso, la carta de pago de reintegro de remanentes de subvención no aplicados.

El presente convenio no podrá ser objeto de prórroga.

La Comisión de seguimiento, previamente a la justificación, tomará conocimiento de la misma.

Sexta.- Comisión mixta de seguimiento y control.

1. Se constituye una comisión encargada del seguimiento y control de las actividades que estará compuesta de la siguiente manera.

a) Dos miembros en representación de la Diputación Provincial de Zaragoza, que serán designados por la Presidencia de la Corporación.

b) Dos miembros en representación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, designados por la Dirección Gerencia.

2. Las funciones de la Comisión mixta de seguimiento y control serán las siguientes:

a) Vigilar y controlar el cumplimiento del presente convenio.

b) Aprobar una memoria anual de las actuaciones programadas en el marco del proyecto de investigación.

c) Resolver las dudas de interpretación del convenio y las discrepancias que puedan surgir en la ejecución de este convenio.

d) Proponer la modificación del convenio que deberá hacerse mediante adenda.

3. Al objeto de realizar el seguimiento del cumplimiento de lo previsto en el convenio, se celebrarán reuniones de la Comisión mixta de seguimiento y control al menos una vez al año o cuando así lo soliciten dos de los miembros integrantes de la misma.

Séptima.- Publicaciones.

1. El desarrollo de este convenio dará lugar a un informe exhaustivo del objeto del mismo (determinación de las superficies óptimas de producción trufera).

2. La Diputación Provincial de Zaragoza y el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón publicarán conjuntamente los resultados que se hayan obtenido en las actuaciones realizadas en el marco de este convenio, con el fin de dar la máxima difusión a dichos resultados. Todo ello, sin perjuicio de que los investigadores de este centro u otros técnicos de las entidades que colaboran puedan aportar comunicaciones parciales a congresos y reuniones de carácter científico, teniendo como premisa que éstas deberán incluir en su contenido el haberse realizado al amparo del presente convenio.

Octava.- Modificación y resolución del convenio.

1. El presente convenio de colaboración podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes. La modificación se efectuará mediante la suscripción de la oportuna adenda al convenio, y siempre dentro del plazo de duración del mismo.

2. Se podrá resolver este convenio por mutuo acuerdo, por el incumplimiento de alguna de sus cláusulas por cualquiera de las partes firmantes, que podrá dar lugar a la denuncia motivada del mismo con un plazo de preaviso de tres meses, o por concurrencia de cualquier causa legal de resolución. En tal caso, se adoptarán las decisiones precisas para la adecuada liquidación del mismo.

Novena.- Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

1. El presente convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 4.1 c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

2. Las controversias que se puedan suscitar en cuanto a su interpretación, aplicación y cumplimiento, y que no puedan ser solventadas por la Comisión mixta de seguimiento y control, se suscitarán por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

En prueba de conformidad, firman el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO Número 1

La aportación prevista de la Diputación Provincial de Zaragoza, para el año de vigencia del convenio, es de 90.000 €:

Esta aportación financiará los siguientes gastos del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón para el año de vigencia del convenio:

- 100% del sueldo anual de un titulado de grado medio: 33.000 €

- 100% del sueldo anual de un analista de sistemas: 32.000 €

- 80% del sueldo anual de un analista de laboratorio: 23.000 €

- Desplazamientos para muestreos y análisis físicos-químicos: 2.000 €

Total anual: 90.000 €

Total vigencia del convenio: 90.000 €

ANEXO Número 2

La aportación anual prevista del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, para el año de vigencia del convenio, es la siguiente:

- 60% del sueldo anual de un investigador: 30.000 €

- 80% del sueldo anual de técnico de investigación: 30.000 €

- Costes generales del uso de las instalaciones: 30.000 €

Total anual: 90.000 €

Total vigencia del convenio: 90.000 €