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RESOLUCIÓN de 2 octubre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la de 12 de marzo de 2005, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de explotación porcina de cebo existente para una capacidad de 3960 plazas, ubicada en la parcelas 5099 y 19 del polígono 501 de Novales (Huesca), y promovida por José Juan Catalán Viu. (Número de Expte. INAGA/500202/02/2017/4101).

Publicado el 15/11/2017 (Nº 219)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 17 de abril de 2017 el promotor, José Juan Catalán Viu, solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en incorporación de un nuevo grupo electrógeno de 30 kW en la explotación.

Antecedentes de hecho:

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 12 de marzo de 2005, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a favor de José Juan Catalán Viu, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 30 de marzo de 2005 (Expte. INAGA/500301/02/2004/05830).

Segundo.- Mediante Resolución de 19 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se actualiza la autorización ambiental integrada de la explotación porcina de cebo. (Expte. INAGA/500601/02/2013/10509).

Fundamentos jurídicos:

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 12 de marzo de 2005, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo para 3960 plazas, sita en las parcelas 5099 y 19, polígono 501 del término municipal de Novales (Huesca), promovida por José Juan Catalán Viu, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 2.3 quedará sustituido por lo siguiente:

"2.3. El suministro de energía para esta granja procederá de un grupo electrógeno de gasoil de 30 kW, los limites de emisiones a la atmósfera no superarán los siguientes límites, 625 mg/Nm³ de CO y 616 mg/Nm³ de NOx Estos valores quedan exentos de control externo, si bien es necesario mantener el equipo en buen estado para minimizar las emisiones".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 2 de octubre de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL