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ORDEN de 12 de junio de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Institución Ferial "Feria de Zaragoza", para la actuación "Pabellón de la Ciencia y la Innovación 2015".

Publicado el 13/07/2015 (Nº 133)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/7/0152 el convenio suscrito, con fecha 28 de mayo de 2015, por el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y el Presidente del Comité Ejecutivo de la institución ferial "Feria de Zaragoza", y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 12 de jun

io de 2015.

El Cons

ejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA INSTITUCIÓN FERIAL "FERIA DE ZARAGOZA", PARA LA ACTUACIÓN "PABELLÓN DE LA CIENCIA Y LA INNOVACIÓN 2015"

En Zaragoza a 28 de mayo de 2015.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Arturo Aliaga López, Consejero de Industria e Innovación, en virtud del Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano, de fecha 22 de mayo de 2015.

De otra parte, D. Manuel Teruel Izquierdo, en su calidad de Presidente del Comité Ejecutivo de la Institución Ferial "Feria de Zaragoza", en virtud de nombramiento, de fecha 19 de abril de 2002, en nombre y representación de la misma, de conformidad con el artículo 15 de los estatutos de la Feria de Zaragoza.

Ambas partes se reconocen, mutuamente, la capacidad jurídica suficiente y el poder bastante para obligarse en este convenio de colaboración, y a tal efecto

I. El Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma, en su artículo 71.41.ª, la competencia en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, entre otros aspectos, la coordinación de la actividad investigadora de los centros públicos y privados. Asimismo, el artículo 28 dispone que los poderes públicos aragoneses fomentaran la investigación, el desarrollo y la innovación científica, tecnológica y técnica de calidad. Dichas competencias son ejercidas en la actualidad por el Departamento de Industria e Innovación, en virtud del Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba su estructura orgánica, donde se le atribuyen en concreto las competencias de desarrollo y gestión de la investigación, innovación y el desarrollo tecnológico, y la transferencia de conocimientos a la sociedad aragonesa.

Este título competencial permite, sin lugar a dudas, que la Comunidad Autónoma pueda ejercer la actividad de fomento en dicha materia, como así se ha consagrado en el artículo 79 del Estatuto de Autonomía, en el que se afirma que en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de dicha actividad de fomento.

En el marco de la expresada competencia, las Cortes de Aragón aprobaron la Ley 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, el desarrollo y la transferencia de conocimientos en Aragón, una norma en la que se determina que la investigación y la transferencia de conocimientos deben estar dirigidos al desarrollo de distintos aspectos de la sociedad, tanto en el ámbito cultural como en el científico y tecnológico, y que la generación y difusión de conocimiento son un bien en sí mismos, al margen de su potencial de utilización práctica.

En esta misma norma legal, se define el instrumento básico de programación para la consecución de los objetivos en materia de investigación, el Plan Autonómico de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Conocimientos. En la actualidad, está vigente el Plan Autonómico de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Conocimientos de Aragón de Conocimientos de Aragón 2005­-2008, aprobado por Decreto 263/2004, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón.

II. El fomento de la ciencia y la transferencia de tecnología en todos los campos, y el desarrollo de alternativas de ocio creativo son, entre otros, objetivos que inspiran el II Plan Autonómico de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Conocimientos de Aragón 2005­-2008. Junto con estos objetivos, la difusión de la ciencia y los resultados de investigación justifican la necesidad de acometer proyectos para conseguirlos. El II Plan establece, en su capítulo 7, y dentro de las actuaciones generales de fomento de la investigación, una serie de acciones de difusión de la investigación y la innovación, con el objeto de acercar la ciencia a la sociedad aragonesa y difundir la actividad investigadora y los conocimientos generados en los centros de investigación y centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma.

III. El progreso científico tecnológico es clave para determinar nuestro futuro inmediato. Del mayor o menor grado de implantación de modelos económicos fundamentados en la investigación, la innovación, el desarrollo sostenible y la implantación de nuevas tecnologías, dependerá en gran medida nuestra capacidad para mantener y mejorar, si cabe, el sistema de estado de bienestar del que goza en la actualidad nuestra sociedad democrática.

El Gobierno de Aragón tiene como objetivo prioritario el impulso de la ciencia y la innovación en nuestra Comunidad Autónoma. Para ello, realiza una tarea permanente de concienciación sobre los valores del desarrollo científico tecnológico, inculcando, principalmente en los colectivos más jóvenes, el interés por el mundo de la investigación, la innovación y del estudio.

IV. La institución ferial "Feria de Zaragoza", en adelante Feria de Zaragoza, de acuerdo con sus estatutos, aprobados mediante Orden de 14 de enero de 2003, del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo, del Gobierno de Aragón, es una institución sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.

Para el cumplimiento de sus tareas específicas, tiene plena capacidad y patrimonio propio e independiente del de los miembros que la integran, patrimonio que se halla afectado, de forma duradera, a la realización de los fines de interés general propios de la institución.

La Feria de Zaragoza tiene como objetivo esencial la promoción y fomento del comercio y de la industria a través de la celebración de certámenes, ferias y exposiciones comerciales y técnicas en Zaragoza, de ámbito internacional, nacional, regional, provincial o local, tanto de carácter general como monográfico, y la realización de cuantas obras, actos y gestiones se relacionen con aquella, en todo caso observando las disposiciones vigentes sobre la materia. Además, dispone de instalaciones idóneas para la realización en sus pabellones de muestras y exposiciones de interés social.

Del 7 al 12 de octubre próximo, se celebrará en Zaragoza la 75 edición de la Feria del Pilar, certamen anual de contenido multisectorial, que cuenta con un número muy considerable de visitantes procedentes de todo Aragón, así como de otras comunidades. El certamen coincide con las Fiestas del Pilar y es, sin duda, un referente social en Aragón.

La Feria supone un escaparate activo, tanto para la presentación de productos como de proyectos, y también para inculcar conocimientos y difundir vocaciones. En este caso, significa un foro adecuado para potenciar y afianzar la concienciación social con respecto a la importancia de la ciencia, la tecnología y la innovación para el futuro inmediato de Aragón. Todo ello, queda reforzado, asimismo, por la campaña publicitaria intensiva que realiza la propia Feria en prensa diaria, en radio y en otros medios de comunicación de masas.

V. Al amparo de todo lo anterior, tanto el Gobierno de Aragón como la Feria de Zaragoza consideran conveniente y necesario colaborar en la realización del "Pabellón de la Ciencia y la Innovación", durante la 75 edición de la Feria del Pilar, que se celebrará en Zaragoza del 9 al 12 de octubre próximos. Esta actuación se considera de interés de la Comunidad Autónoma, formalizando para ello, entre ambas partes, este convenio, de acuerdo con las siguientes

Primera.- Objeto.

Es objeto de este convenio instrumentar la colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Industria e Innovación, y la Feria de Zaragoza, para la realización de una exposición denominada "Pabellón de la Ciencia y la Innovación 2015", actividad divulgativa considerada de interés para Aragón, en cuanto ofrece al público una aproximación a la ciencia actual, tanto en sus aspectos más básicos como aplicados, basada en la interactividad y el entretenimiento.

Segunda.- Fechas de realización.

La duración de la exposición será desde el 9 al 12 de octubre de 2015 y se integrará en el programa de la 75 edición de la Feria del Pilar. Las fechas para el montaje serán del 2 al 8 de octubre y para desmontaje, del 13 al 15 de octubre.

1. Compromisos del Gobierno de Aragón.

El Gobierno de Aragón se compromete a adoptar las medidas de coordinación y seguimiento precisas para garantizar el buen fin de la muestra.

2. Compromisos de la Feria de Zaragoza.

La Feria de Zaragoza asume, mediante la firma de este convenio, las siguientes obligaciones:

a) Cesión gratuita del espacio de exposición, consistente en una superficie de hasta 4.000 m² en el pabellón 5 de la Feria de Zaragoza, durante los días de montaje, celebración y desmontaje de la exposición.

b) Montaje de escenario y de tarima o gradas, en forma de anfiteatro, con capacidad para 150 asientos, en el espacio temático destinado a presentaciones especiales.

c) Renuncia al canon correspondiente al montaje de los espacios de la exposición.

d) Montaje de un stand, de hasta 24 m², para la secretaría de la exposición, incluyendo mostradores de atención al visitante y mobiliario básico.

e) Asunción de los gastos de calefacción y suministro eléctrico de zonas comunes.

f) Asunción de los gastos de limpieza diaria de zonas comunes y limpieza diaria de interior de los stands, así como de los gastos de limpieza general y desescombro de pabellón.

g) Aportación del personal de taquillas, seguridad y azafatas de información general del pabellón.

h) Realización de la campaña de promoción y publicidad de la exposición, dentro del plan de promoción de Feria del Pilar (material impreso, cartelera y campaña de difusión en medios, internet, redes sociales, etc.).

i) Instalación de moqueta ferial en pasillos, así como en espacios temáticos y áreas de actividad, en función de las necesidades planteadas por los contenidos.

j) En función de su disponibilidad, la cesión, sin cargo, del auditorio de su centro de congresos para posibles actos relacionados con el "Pabellón de la Ciencia y la Innovación", que puedan programarse de común acuerdo entre las partes (cine, charlas, etc.).

k) Además, la Feria de Zaragoza facilitará los servicios que individualmente puedan requerir los espacios temáticos del pabellón y, puntualmente, proporcionará los medios necesarios para la colocación de determinados elementos de la exposición.

Tercera.- Vigencia del convenio.

Este convenio estará vigente desde la fecha de su firma, hasta el 30 de octubre de 2015.

Cuarta.- Otras causas de extinción.

Este convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por las siguientes causas:

a) Incumplimiento de los compromisos recogidos en el convenio.

b) Mutuo acuerdo de las partes.

Quinta.- Normativa aplicable.

Sin perjuicio de cualquier otra normativa que resulte aplicable, será de aplicación a este convenio la Ley 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, el desarrollo y la transferencia de conocimientos en Aragón y el Decreto 263/2004, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el II Plan Autonómico de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Conocimientos de Aragón 2005-2008.

Sexta.- Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

1. Este convenio tiene la naturaleza administrativa de los previstos en el artículo 4.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyo texto refundido fue aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

2. Cualquier controversia que pudiera surgir entre las partes firmantes de este convenio, sobre su interpretación, ejecución o resolución, será resuelta por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

3. Las partes, con renuncia expresa al fuero que les pudiera corresponder, se someten a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Zaragoza.

En prueba de conformidad, firman este convenio, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.