Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN ECD/615/2017, de 12 de mayo, por la que se resuelven los expedientes de renovación de los conciertos educativos de los centros Sagrado Corazón de Jesús, Cristo Rey, La Anunciata, San Antonio de Padua, Santa María del Pilar, El Salvador, Virgen de Guadalupe, Calasancio, Sagrada Familia de Zaragoza, Teresiano del Pilar, Obra Diocesana Santo Domingo de Silos, María Auxiliadora, La Salle Montemolín, Santa Ana de Zaragoza, Escuelas Pías Santa Engracia, Nuestra Señora de la Esperanza, San Gabriel, Santa Ana de Fraga y Escuelas Pías de Jaca, a partir del curso académico 2017/2018.

Publicado el 15/05/2017 (Nº 90)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/1952/2016, de 27 de diciembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 3, de 5 de enero de 2017), se convoca el procedimiento para el acceso, renovación y modificación de los conciertos educativos, para el curso académico 2017-2018.

Según lo establecido en la base 4.3 de la Orden ECD/1952/2016, de 27 de diciembre, se han constituido Comisiones Provinciales de Conciertos Educativos que, con fecha 5 de abril y 9 de mayo de 2017, emitieron su propuesta e informes en relación con las solicitudes presentadas de acceso y renovación de los conciertos educativos, incoadas a instancia de parte, según lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas Básicas sobre conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre.

Por Resolución de 5 de abril de 2017, de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional, se aprueba provisionalmente el acceso, renovación y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2017/2018. Esta resolución ha sido notificada en tiempo y forma desde dicha Dirección General de Planificación y Formación Profesional.

A instancia de la titularidad y de Asociaciones de madres y padres de alumnos de centros privados concertados, los juzgados de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza han dictado Autos resolviendo, como medida cautelar, la modificación en la oferta para el curso 2017/2018 de unidades de 1.º de Educación Infantil de doce centros educativos privados concertados.

En dichos Autos se indica que, por razón de la competencia de los propios Juzgados de lo Contencioso-administrativo, estas medidas cautelares tienen únicamente efectos y eficacia hasta que se dicte resolución definitiva de los expedientes por parte del titular del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

La tutela cautelar resuelta por los Juzgados se justificaba por la apertura del plazo de solicitud de plazas del segundo ciclo de Educación Infantil.

Por Orden ECD/357/2017, de 22 de marzo, se convoca el procedimiento de escolarización de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados en las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso escolar 2017/2018 (BOA de 31 de marzo de 2017). Este procedimiento se desarrolla según el calendario previsto en su anexo I.a).

El plazo de presentación de solicitudes y validación informática de las mismas por los centros en las etapas de 2.º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial ha tenido lugar, de acuerdo con el citado anexo, entre el 19 y el 26 de abril de 2017.

Se han analizado los expedientes de conciertos que obran en la Dirección General de Planificación y Formación Profesional, así como la solicitud de plazas en el proceso de escolarización para el curso 2017/2018 en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, teniendo en cuenta las propuestas e informes elaborados por las Comisiones Provinciales de Conciertos Educativos de Zaragoza y Huesca, de 5 de abril y 9 de mayo de 2017, y la Resolución de 2 de febrero de 2017, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se determina la relación media alumnos/profesor por unidad escolar, a que hace referencia el artículo 16 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, para los centros concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón, para el curso 2017/2018 (BOA de 20 de febrero de 2017) y su corrección de errores (BOA de 28 de abril de 2017).

Vistas las alegaciones presentadas por los centros al contenido de la Resolución de 5 abril de 2017 y el calendario de actuaciones derivado del procedimiento de escolarización para el curso 2017/2018, se considera necesario resolver las solicitudes de acceso y renovación de los conciertos educativos de los centros reseñados en el apartado primero de esta Orden con el objetivo de evitar a las familias cualquier tipo de incertidumbre acerca de la oferta de plazas sostenidas con fondos públicos aprobada por la Administración Educativa.

En la presente Orden se incluye la resolución definitiva de los expedientes de acceso y renovación de los doce centros privados concertados sobre los que se ha dictado medida cautelar así como respecto a otros siete centros privados concertados de la Comunidad Autónoma que no cumplen con los requisitos previstos en la normativa vigente para la renovación del concierto educativo en los mismos términos que actualmente se ofrece.

El Decreto 314/2015 de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en su artículo 1.2.l) establece que, entre sus competencias generales, corresponde al Departamento la convocatoria, tramitación y resolución de los expedientes para la formalización de los conciertos educativos, así como su control y posible revocación, y en general la aplicación de las normas básicas establecidas por el Estado en la materia.

Por lo expuesto, en aplicación de lo establecido en la base séptima de la Orden ECD/1952/2016, de 27 de diciembre, y a propuesta del Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelvo:

Primero.- Aprobar los expedientes de renovación de los conciertos educativos de los centros Sagrado Corazón de Jesús, Cristo Rey, La Anunciata, San Antonio de Padua, Santa María del Pilar, El Salvador, Virgen de Guadalupe, Calasancio, Sagrada Familia de Zaragoza, Teresiano del Pilar, Obra Diocesana Santo Domingo de Silos, María Auxiliadora, La Salle Montemolín, Santa Ana de Zaragoza, Escuelas Pías Santa Engracia, Nuestra Señora de la Esperanza, San Gabriel, Santa Ana de Fraga y Escuelas Pías de Jaca, a partir del curso académico 2017/2018, que se relacionan en los anexos de esta Orden.

I. Renovación de conciertos de los centros de la provincia de Zaragoza indicados en este apartado.

II. Renovación de las aulas de educación especial de los centros indicados en este apartado.

III. Renovación de conciertos de los centros de la provincia de Huesca indicados en este apartado.

Segundo.- De conformidad con el artículo 116.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los conciertos educativos que se renuevan por medio de esta Orden tendrán una duración de seis años en el caso de Educación Primaria y de cuatro años en el resto de las etapas educativas.

Tercero.- Los modelos de los documentos administrativos en los que se formalizarán los Conciertos Educativos se aprobarán en una orden expresamente dictada al efecto y que será notificada a los centros educativos.

Cuarto.- En el apartado "Observaciones", que aparece en la documentación Anexa a esta Orden, se hacen constar, en su caso, las causas que han motivado la denegación o modificación de las unidades solicitadas por el centro.

Quinto.- Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, los centros interesados podrán interponer recurso facultativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", en virtud de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Zaragoza, 12 de mayo de 2017.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte

María Teresa Pérez Esteban