DECRETO 98/2012, de 3 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Cariñena, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo municipal.
El Ayuntamiento de Cariñena, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial e Interior, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 3 de abril de 2012,
DISPONGO:
Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Cariñena, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo, que quedará organizado de la forma siguiente:
Escudo.- Escudo cuadrilongo de base redondeada; cortado: primero de plata, busto de varón joven al natural, de frente, de pelo negro, con nariz y orejas mutiladas, segundo: el Señal Real de Aragón, de oro; cuatro palos de gules.
Zaragoza, 3 de abril de 2012.
La Presidenta del Gobierno de Aragón,
LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA
El Consejero de Política Territorial e Interior,
ANTONIO SUÁREZ ÓRIZ