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EDICTO del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Zaragoza, relativo a procedimiento juicio verbal número 783/2010.

Publicado el 18/04/2011 (Nº 77)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO DOCE

Texto completo:

En el juicio verbal 783/2010-E que se tramita en este Juzgado, promovido por , frente a , por resolución dictada en el día de hoy se ha acordado notificar la sentencia recaída en las presentes actuaciones mediante publicación de edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el «Boletín Oficial de Aragón» resolución que en su encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 75/11.

En Zaragoza, a 9 de marzo de 2011.

D. Francisco Polo Marchador, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº de ésta y su partido, ha visto por si los presentes autos de Juicio Verbal Civil seguidos ante este Juzgado bajo el nº 783/2010, sobre reclamación de cantidad en el que son parte actora representado por el procurador Sr. D. Luis Alberto Fernandez Fortun y con la asistencia del letrado Sr. D. Alberto Zapico San José y parte demandada , declarada en rebeldía procesal, se desprenden los siguientes, fallo:

Que estimando íntegramente la demanda debo condenar y condeno a D.ª a pagar al demandante la suma de 1.822,84 euros, intereses legales y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma se puede interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación. Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto (artículo 456.2 L.E.C.).

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto en la cuenta de este expediente 4879/0000/03/783/10 indicando, en el campo «concepto» la indicación «Recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación «recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación».

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos de su razón quedando el original en el Libro de Sentencias Civiles de este Juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.

Zaragoza, 28 de marzo de 2011.-El Secretario Judicial.