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EXTRACTO de la Orden CDS/398/2021, de 13 de abril, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2021.

Publicado el 27/04/2021 (Nº 90)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

BDNS (Identif.): 554970

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/554970).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones tanto las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) como otras entidades que deberán cumplir los requisitos establecidos en el capítulo I del título II del Reglamento aprobado mediante el Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón.

Segundo.- Objeto.

Subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo para los tipos desubvención enumerados a continuación:

Proyectos de satisfacción de necesidades básicas.

Programas de desarrollo económico y social de los pueblos.

Programas de educación y sensibilización.

Iniciativas y redes de comercio justo.

Formación de cooperantes y voluntarios aragoneses.

Ayudas de emergencia y humanitaria.

Tercero.- Bases reguladoras.

Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que seaprueba el Reglamento de la cooperación para el desarrollo y de las bases reguladorasde las subvenciones en esa materia ("Boletín Oficial de Aragón", número 141, de 22 de julio de 2016).

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía estimada para esta convocatoria es de 5.356.698 €, con la siguiente distribución anual:

Para el año 2021: 4.278.130,40 €.

Para el año 2022: 1.078.567,60 €.

Las ONGD y entidades solicitantes pueden presentar en total un máximo de tres solicitudes de forma individual para esta convocatoria. Además, pueden presentar otras solicitudes en agrupación.

El importe máximo de las solicitudes será el siguiente:

150.000 € para satisfacción de necesidades básicas, desarrollo económico y social de los pueblos, formación y asistencia técnica previstas en las iniciativas de comercio justo, así como emergencia y humanitaria, siempre y cuando la solicitud de subvención se presente de forma individual; en el caso de que sea presentada por varias entidades en agrupación, el importe máximo de la solicitud será 240.000 €.

25.000 € para educación y sensibilización (incluida la relativa a comercio justo), y para formación de cooperantes y voluntarios aragoneses.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de subvención será de un mes a contardesde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica a través de la sedeelectrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, medianteel Tramitador online del Gobierno de Aragón (TTO), utilizando el procedimiento 753 "Subvenciones en materia de cooperación al desarrollo" accesible a través de la direcciónelectrónica https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-materia-cooperaciondesarrollo

Sexto.- Otros datos.

La ONGD o entidad solicitante deberá presentar formulario de identificación del proyecto, de acuerdo con los modelos según tipo de ayuda que se adjuntan, en los formularios de identificación de proyectos anexos I y II, en la Orden de convocatoria.

Dichos formularios también están disponibles en el Tramitador online del Gobierno deAragón (TTO), utilizando el procedimiento 753 "Subvenciones en materia de cooperaciónal desarrollo" accesible a través de la dirección electrónicahttps://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-materia-cooperacion-desarrollo.

Dicho formulario de identificación podrá ir acompañado de toda aquella documentación acreditativa que la entidad considere oportuna para la valoración de la calidad del proyecto conforme a lo previsto tanto en el Plan Director de la Cooperación Aragonesa para el Desarrollo 2020-2023 y el Plan Anual 2021, como en el Reglamento aprobado mediante el Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón.

Asimismo, la ONGD o entidad solicitante deberá presentar la restante documentación que se especifica en la Orden de convocatoria.

Zaragoza, 13 de abril de 2021.- La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto Cosculluela.