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ORDEN de 28 de marzo de 2011, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión del día 8 de marzo de 2011, por la que se cede al Ayuntamiento de Zaragoza un tramo urbano de la antigua carretera Z-800, por haber adquirido la condición de «vía exclusivamente urbana».

Publicado el 18/04/2011 (Nº 77)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 8 de marzo de 2011, Acuerdo por el que se cede al Ayuntamiento de Zaragoza un tramo urbano de la antigua carretera Z-800, por haber adquirido la condición de «vía exclusivamente urbana», se procede a su publicación en Anexo a la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58.3 de la Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón, así como en el artículo 130.2 del Decreto 206/2003, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Carreteras de Aragón.

Zaragoza, 28 de marzo de 2011.

El Consejero de Obras Públicas,Urbanismo y Transportes,

ALFONSO VICENTE BARRA

Anexo

ACUERDO de 8 de marzo de 2011, del Gobierno de Aragón, por el que se cede al Ayuntamiento de Zaragoza un tramo urbano de la antigua carretera Z-800, por haber adquirido la condición de «vía exclusivamente urbana».

El Gobierno de Aragón suscribió un Protocolo de Colaboración con el Ayuntamiento de Zaragoza en fecha 11 de julio de 2008, para la mejora y entrega de las vías Z-590, Z-800 y Z-890, en el término municipal de Zaragoza.

En la cláusula segunda de dicho Protocolo se especificaba que una vez finalizadas las obras y dadas la condición de «Vías exclusivamente urbanas» de las antiguas carreteras Z-590, Z-800 y Z-890, el Ayuntamiento de Zaragoza se comprometía a aceptar las vías precitadas.

En fecha 25 de agosto de 2010 se firmó Acta de Recepción de las obras «Reparación de la calzada de la calle San Roque de Montañana (Zaragoza). Carretera A-123, p.k. 0+480 al 1+350». En fecha 14 de diciembre de 2010 finalizaron las obras «Implantación de aceras en la Avenida de la Industria, entre la calle San Roque y la Glorieta de la Avenida de los Estudiantes. Clave A-393-Z». Ambas actuaciones corresponden a la vía Z-800 de las mencionadas anteriormente.

En consecuencia procede tramitar el correspondiente procedimiento de cesión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 58.3 de la Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón, así como en los artículos 129 a 131 del Reglamento General de la Ley de Carreteras de Aragón, al Ayuntamiento de Zaragoza, que culminará con la formalización del Acta de Entrega entre ambas partes.

La definición del tramo objeto de cesión es la siguiente:

Antigua carretera Z-800, calle San Roque (acceso a Montañana), se inicia el vial a 480 m. del origen de la A-123, antes Z-800, dejando en este trayecto a la izquierda, primero la fabrica «Balay», después acceso a la Autopista A-2 de Madrid a Barcelona, y finaliza en el p.k. 1+350 de la A-123 que se corresponde con el 1+260 de la Z-800. Longitud 780 m. de lo que era carretera Z-800, a la que si sumamos el ramal final derecho de acceso a la A-123, resultan 832 m. Lindes, rodeada de suelo, fincas urbanas y rústicas.

Su descomposición en tramos es la siguiente:

Tramo I.-P.K. 0+480 al P.K. 0+500 (entronque con la A-123)

Tramo II.-P.K. 0+500 al P.K. 0+600

Tramo III.-P.K. 0+600 al P.K. 0+630

Tramo IV.-P.K. 0+630 al P.K. 0+720

Tramo V.-P.K. 0+720 al P.K. 0+770

Tramo VI.-P.K. 0+770 al P.K. 0+808,80

Tramo VII.-P.K. 0+808,80 al P.K. 0+855,20 (paso inferior bajo autopista)

Tramo VIII.-P.K. 0+855,20 al P.K. 0+890

Tramo IX.-P.K. 0+890 al P.K. 1+005,10

Tramo X.-P.K. 1+005,10 al P.K. 1+030

Tramo XI.-P.K. 1+030 al P.K. 1+22

Tramo XII.-P.K. 1+22 al P.K. final.

La vía descrita fue transferida de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón mediante Real Decreto 718/84 de 8 de febrero («Boletín Oficial del Estado» nº 89 de 13 de abril de 1984), sobre traspaso de bienes y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de carreteras.

La carretera descrita se ha convertido en «vía exclusivamente urbana», condición reconocida mediante el Protocolo de Colaboración suscrito el 11 de julio de 2008.

Solicitado, por parte del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, informe de los Departamentos de Política Territorial, Justicia e Interior, y de Economía, Hacienda y Empleo se emiten favorablemente, mediante documentos de 9 de febrero de 2011 y de 10 de febrero de 2011.

Disponiendo el artículo 58.3 de la Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón, así como los artículos 129 a 131 del Reglamento General de Carreteras de Aragón, la entrega a los Ayuntamientos de los tramos de vías exclusivamente urbanas, procede, una vez cumplidos los trámites oportunos, declarar el derecho que tiene el Ayuntamiento de Zaragoza para que se le cede el tramo de carretera solicitado.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de marzo de 2011, se adopta el siguiente

acuerdo:

Primero. Entregar al Ayuntamiento de Zaragoza el tramo urbano de la antigua carretera Z-800, por haber adquirido la condición de «vía exclusivamente urbana».

Segundo. La citada entrega deberá formalizarse mediante Acta, suscrita entre el Director del Servicio Provincial de Obras Públicas, Urbanismo, y Transportes de Zaragoza, en representación del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, y, un representante del Ayuntamiento de Zaragoza, designado mediante Acuerdo del Pleno, en la que se reflejen todos los datos referidos al tramo de carretera cedido.

Tercero. Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» y comunicar al Ayuntamiento el presente Acuerdo.

Cuarto. Contra el mismo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», o bien recurso Contencioso-Administrativo, ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».