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RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2012, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se renueva la autorización de la empresa Talleres José Luis e Hijos, S.L. como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas Stoneridge, VDO y Actia con contraseña en el registro especial E9ABC44002.

Publicado el 25/06/2012 (Nº 122)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

Visto el escrito presentado por la empresa Talleres José Luis e Hijos, S. L. con domicilio social en el polígono industrial "Las Horcas", parcela 35.1 de Alcañiz, por el que solicita la renovación de su autorización como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.

Visto el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel.

Considerando que en la tramitación se han seguido las normas establecidas en el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.

Esta Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, ha resuelto:

Primero.- Renovar, por un plazo de un año, a la empresa Talleres José Luis e Hijos, S. L. la autorización como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia con contraseña en el registro especial E9ABC44002.

Segundo.- La validez de esta autorización está condicionada al cumplimiento y mantenimiento de las condiciones establecidas en el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.

Tercero.- La siguiente renovación de la autorización deberá solicitarse a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa dentro de los dos meses anteriores a la finalización de su periodo de vigencia y al menos quince días antes de que expire éste.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.