Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

DECRETO 126/2014, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la separación del Gobierno de Aragón de la Fundación Aquagraria.

Publicado el 06/08/2014 (Nº 153)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTOS DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA Y DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

La creación de entidades como fundaciones privadas de iniciativa pública debe ser autorizada por Decreto del Gobierno de Aragón, quien determinará las condiciones que debe cumplir la creación de la persona jurídica fundacional, todo ello conforme a lo previsto en la Disposición adicional octava del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y en el texto refundido de la Ley de Patrimonio de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón; además de por dichos preceptos, se regirán en su actuación por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y demás disposiciones que le resulten de aplicación.

La Fundación Aquagraria fue constituida en escritura número 625, de 13 de septiembre de 2011, siendo los fundadores el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, el Gobierno de Aragón, la Diputación Provincial de Zaragoza, la Sociedad Cooperativa Agraria Virgen de la Oliva, S. C.L., la Comunidad General de Regantes del Canal de las Bardenas y la Caja Rural Aragonesa y de los Pirineos, S. Coop. de Crédito. Es objeto de la Fundación la realización, de forma directo o concertada, de actividades tendentes a favorecer el desarrollo cultural, científico y económico del medio rural.

Con anterioridad, por Decreto 314/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, se autorizó la participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de forma minoritaria, en la fundación privada de iniciativa pública denominada "Fundación Aquagraria". De acuerdo con sus apartados cuarto y quinto, se faculta a la Consejera de Presidencia para designar a los representantes del Gobierno de Aragón en el Patronato de la Fundación, así como para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución del Decreto, en nombre y representación del Gobierno de Aragón; referencia que ha de entenderse hecha al actual Departamento de Presidencia y Justicia, conforme a la actual estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por Orden de 14 de noviembre de 2011, del Consejero de Política Territorial e Interior se inscribió en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón la denominada Fundación Aquagraria.

Los artículos 16 y siguientes de los Estatutos de la Fundación regulan el Patronato, órgano máximo de gobierno y representación de la Fundación, estableciendo en su artículo 17, al regular su composición, que la Diputación General de Aragón designará dos miembros, personas físicas. El Gobierno de Aragón está así representado mediante el Director General de Alimentación y Fomento Agroalimentario y el Director General de Cultura, de acuerdo con las designaciones efectuadas mediante Ordenes del Consejero de Presidencia y Justicia, de 12 de septiembre de 2011 y de 3 de julio de 2013.

Teniendo en cuenta las circunstancias económico presupuestarias, así como la existencia de otros instrumentos, como la colaboración con las Comarcas y otros entes locales aragoneses con la que el Gobierno de Aragón contribuye adecuadamente a los fines de la Fundación, los Departamentos de Presidencia y Justicia y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, consideran conveniente dejar de formar parte de la Fundación Aquagraria.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Justicia y del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 29 de julio de 2014,

DISPONGO:

Primero.- Autorizar la separación del Gobierno de Aragón de la Fundación Aquagraria por medio del procedimiento que resulte de aplicación.

Segundo.- Facultar al Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente para realizar las comunicaciones, acuerdos y gestiones oportunas para hacer efectiva la separación de la Fundación Aquagraria en los términos previstos en sus Estatutos.

Tercero.- El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 29 de julio de 2014.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBÓN SOBRINO