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RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2012, del Director del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se publican actividades formativas a incluir en el Programa de Formación para el Empleo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, del plan anual de formación del Instituto Aragonés de Administración Pública para el año 2012, que corresponden al anexo II del personal del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 25/06/2012 (Nº 122)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Por Resolución de 18 de mayo de 2012 se publicaron las actividades formativas del Programa de Formación para el Empleo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se integran en el plan anual de formación del Instituto Aragonés de Administración Pública para el año 2012.

Este Programa incluye un anexo II con los cursos de formación dirigidos al personal del Servicio Aragonés de Salud, sanitario o no, destinado en instituciones y centros sanitarios, al que hay que incorporar las actividades formativas que se relacionan en el Anexo, vistas en la Comisión de formación para el Empleo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su reunión de 17 de mayo de 2012.

El conjunto de actividades formativas dirigidas al personal del Servicio Aragonés de Salud contenidas en ambas Resoluciones serán objeto de convocatoria, exclusivamente, a través del Portal del Empleado, de conformidad con las siguientes características:

Primera.- Su publicación en el Portal del Empleado se realizará con una antelación mínima de dos meses respecto de la fecha prevista y publicada del comienzo de la actividad, salvo para los cursos que se celebren en los meses de junio y julio que se publicarán de forma inmediata.

Segunda.­- El plazo de presentación de instancias será el especificado para cada acción formativa en el Portal del Empleado.

Tercera.- Las solicitudes dirigidas al Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, en aplicación del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, se formalizarán exclusivamente a través del Portal del Empleado, según regula el Decreto 129/2006, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las relaciones de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con su personal mediante el uso de redes telemáticas y se crea el Directorio Electrónico Único («Boletín Oficial de Aragón» nº 63, de 5 de junio).

En estas solicitudes vía web es imprescindible hacer constar los siguientes extremos:

- El nombre exacto del curso que se solicita lugar de celebración y código, tal y como figura en el anexo

- Los datos del solicitante requeridos en el modelo.

- Dirección de correo electrónico que lo será a efectos de notificación. Las comunicaciones de admisión a los cursos se dirigirá a la dirección de correo electrónico facilitada por los solicitantes.

Cualquier variación que se produzca en estos datos habrá de ser comunicada por vía telemática a la dirección de correo electrónico formacionsalud@aragon.es, del Servicio de Política de Personal de la Dirección de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud.

Cuarta.- A las personas que asistan a cada curso se les extenderá el correspondiente Diploma de participación y no podrán obtenerlo quienes no acrediten una asistencia mínima del 80% del tiempo de duración presencial de la actividad, o presenten faltas reiteradas de puntualidad y quienes no realicen o superen los trabajos o evaluaciones que los cursos conlleven.

Quienes habiendo sido seleccionados para cada curso no asistan a sus sesiones lectivas no podrán participar durante el período de 2 años en otros Cursos correspondientes al Plan de Formación del Personal Sanitario del Servicio Aragonés de Salud y del resto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, salvo que lo justifiquen debidamente o hayan comunicado con antelación suficiente al inicio del curso su renuncia a dicho Organismo. No obstante lo anterior, las renuncias reiteradas a la asistencia a tales cursos podrán dar lugar también a la imposibilidad de participar en los siguientes que se soliciten.

Quinta.- La selección para la realización de los cursos convocados, no genera derecho a la percepción de las indemnizaciones por razón del servicio establecidas por Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, («Boletín Oficial del Estado» nº 129, de 30 de mayo)".

Zaragoza, 7 de junio de 2012.

El Director del Instituto Aragonés

de Administración Pública,

AGUSTÍN GARNICA CRUZ