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RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador en el proceso selectivo convocado por Resolución de 19 de mayo de 2011, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Medicina Física y Rehabilitación en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 16/11/2012 (Nº 224)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Por Resolución de 19 de octubre de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, se determina la composición del Tribunal calificador en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Medicina Física y Rehabilitación en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

De conformidad con lo previsto en la base 5.1 de la Resolución de 19 de mayo de 2011 publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» de 30 de mayo de 2011, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y en la Disposición adicional tercera de la Ley 26/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Designar vocal titular 4.º, en lugar de D.ª Elvira Vicente Hernández, a D.ª M.ª Teresa Zarraluqui Ortigosa.

Segundo.- Los miembros del Tribunal habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en el artículo 58.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 9 de noviembre de 2012.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

JOSÉ TOMÁS TENZA PÉREZ