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RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia el procedimiento para la declaración del "Tota Pulchra" como Bien de Interés Cultural Inmaterial y se abre un período de información pública.

Publicado el 12/11/2013 (Nº 223)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Patrimonio Cultural de Aragón está integrado, tal y como se regula en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés ("Boletín Oficial de Aragón", de 29 de marzo de 1999), por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o debajo de las aguas.

Estos bienes pueden ser protegidos, en función de su relevancia cultural, como Bien de Interés Cultural, Bien Catalogado o Bien Inventariado del Patrimonio Cultural aragonés. De éstos, los bienes de interés cultural son, según se regula en el artículo 12 de la citada ley, los bienes más relevantes del Patrimonio Cultural aragonés. Este mismo precepto prevé, además, diferentes figuras de protección para los bienes de interés cultural en función de su naturaleza, siendo una de esas figuras la de bien inmaterial, esto es, la prevista para las actividades tradicionales que contengan especiales elementos constitutivos del patrimonio etnológico de Aragón. El origen y los valores históricos y culturales que justifican la protección del Tota Pulchra como Bien de Interés Cultural Inmaterial se recogen el anexo único de esta resolución.

Según se establece en el artículo 18 de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés, este procedimiento de declaración ha de iniciarse mediante resolución del Director General responsable de Patrimonio Cultural y resolverse en un plazo máximo de 18 meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de la referida resolución, tal y como se dispone en el artículo 20 de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés. La caducidad de este procedimiento se producirá si, una vez transcurrido dicho plazo, cualquier interesado solicitase el archivo de las actuaciones y no se dictase resolución al respecto dentro de los tres meses siguientes.

Por todo ello, el Director General de Patrimonio Cultural acuerda:

Primero.- Iniciar el procedimiento para la declaración del oficio religioso "Tota Pulchra" como Bien de Interés Cultural Inmaterial, de acuerdo con la descripción que se recoge en el anexo único de esta resolución.

La incoación de este procedimiento conlleva, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección establecido para los Bienes de Interés Cultural al bien que se protege.

Segundo.- Abrir un período de información pública de 1 mes de duración, que se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", y durante el cual cualquier persona, física o jurídica, podrá consultar el expediente en las oficinas de la Dirección General de Patrimonio Cultural (avda. Gómez Laguna n.º 25, 6.ª planta, de Zaragoza). Asimismo, dentro de dicho plazo, podrán formularse cuantas alegaciones se estimen oportunas.

Tercero.- Publicar esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", y notificarla a los interesados en el procedimiento y al Ayuntamiento de Huesca.

Zaragoza, 4 de noviembre de 2013.- El Director General de Patrimonio Cultural, Javier Callizo Soneiro.

Anexo único:

El Tota Pulchra es el oficio de vigilia de la Inmaculada Concepción de María que se celebra anualmente en la catedral de Huesca la tarde del 7 de diciembre, víspera de esa festividad mariana. Se trata de una rica liturgia en la que se congregan un gran número de oscenses, así como las instituciones de la ciudad que desde el siglo XV mantienen el voto a la Inmaculada Concepción: el Cabildo catedralicio, la Corporación Municipal y el claustro de profesores del Instituto de Enseñanza Secundaria Ramón y Cajal de Huesca, heredero de la Universidad Sertoriana desde la desaparición de ésta en 1845. El oficio toma el nombre del canto Tota Pulchra es, María

La devoción de la Inmaculada Concepción de María es una de las celebraciones marianas más arraigadas en Aragón, fue declarada como día festivo por el monarca aragonés Martín I el Humano (1356-1410) en todos sus reinos. Asociada a esta devoción, la celebración del Tota Pulchra forma parte de la liturgia oscense desde el siglo XV, como queda reflejado en el manuscrito catedralicio Consueta Oscensis. En aquella época el oficio de celebración del voto a la Inmaculada Concepción tenía lugar en el antiguo convento franciscano que se situaba en la actual plaza de Navarra de Huesca, y la liturgia que se seguía en oficio era la misma que se seguía en la celebración de la Natividad de Jesucristo.

Se conserva testimonio documental del voto realizado por las instituciones oscenses a la Inmaculada Concepción en el año 1450 con motivo de una epidemia de peste que asoló la ciudad. Este voto de la ciudad y sus instituciones se ha mantenido y renovado a lo largo de los siglos. En 1619 una comisión de doctores de la Universidad Sertoriana notifica el voto realizado a la Inmaculada Concepción por la institución académica al Concejo municipal. A este voto se adhieren tanto el Concejo como el Cabildo catedralicio, quien propone una liturgia para la celebración de la vigilia. Este voto fue celebrado con un gran festejo popular en el que no faltaron luminarias en las ventanas, hogueras y toros ensogados, así como una procesión en la que participaron las tres instituciones y gran parte de la población.

La virulenta peste declarada el año 1651 en Huesca será la que lleve a la ciudad y a sus instituciones a renovar el voto a la Inmaculada Concepción el 4 de octubre, día de San Francisco de Asís. En el año 1652 se cumple por primera vez con el voto tras su renovación, y se celebra con una procesión desde la catedral de Huesca hasta el convento de San Francisco portando la imagen de la Virgen de la Concepción, llamada también Virgen del Voto. Tras la desaparición del convento franciscano en el siglo XVII, la vigilia de la Inmaculada se ha celebrado en la catedral consolidándose de este modo la fiesta del Voto en la capital oscense.

El misterio de la Inmaculada Concepción de la Virgen María es reconocido y definido por el papa Pío IX como dogma de la fe católica el 8 de diciembre de 1854 en la bula Ineffabilis Deus

En la catedral de Huesca, la víspera de esta festividad católica, se sigue celebrando el oficio del Tota Pulchra, conmemorando así el voto que el Cabildo catedralicio, la Corporación Municipal y el claustro de profesores del Instituto de Enseñanza Secundaria Ramón y Cajal de Huesca mantienen a la Inmaculada Concepción en un acto cultural y religioso que se caracteriza por el consenso institucional y popular de la comunidad que lo celebra y por el profundo arraigo en la memoria histórica colectiva de la ciudad de Huesca, así como por una liturgia que se enriquece con la interpretación de las siguientes piezas musicales:

- El Ave Maris de Stella

Ave Maris de Stella

- El salmo 97 "Cantad al señor un cántico nuevo" de José M.ª de Aso.

- La antífona Tota Pulchra es, María

- El canto gregoriano Salve Regina Solemne

- El Magnificat