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ORDEN de 10 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de premios de buenas prácticas innovadoras en el primer ciclo de Educación Infantil realizadas en el curso 2013/2014 en la Comunidad Autónoma de Aragón, en el marco del Proyecto Europeo Red Comenius NetQ6.

Publicado el 04/12/2014 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden de 28 de abril de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convocaron premios de buenas prácticas innovadoras en el primer ciclo de Educación Infantil realizadas durante el curso 2013/2014 en la Comunidad Autónoma de Aragón, en el marco del Proyecto Europeo Red Comenius NetQ6.

El Jurado previsto en el apartado séptimo de la citada orden ha emitido informe de valoración, de fecha 14 de octubre de 2014, de las memorias recibidas. En dicho Informe se establece que los proyectos deben obtener una puntuación igual o superior a 24 puntos para ser considerados buenas prácticas innovadoras.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el apartado séptimo de la orden de convocatoria y de acuerdo con el informe emitido por el Jurado, a propuesta del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, resuelvo:

Primero.- Conceder un premio de buenas prácticas innovadoras en Educación Infantil primer ciclo realizadas durante el curso 2013/2014 al centro EEI de la Comarca de Sobrarbe de Ainsa(Huesca), con el proyecto titulado "Colorín colorado, este cuento aún no se ha terminado".

Este proyecto, de acuerdo con el apartado cuarto 2, se incluirá en la compilación de buenas prácticas innovadoras de primer ciclo de Educación Infantil que se publicará en la página web en la compilación de buenas prácticas innovadoras de primer ciclo de Educación Infantil que se publicará en la página web de la Red Comenius NetQ6 de la Comunidad Autónoma http: http://netq6.educa.aragon.es/ y en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte www.educaragon.org en el repositorio de REDINED-CATEDU.

Segundo.- Esta orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Tercero.- Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a esta orden mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 10 de noviembre de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ.