Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 6 de marzo de 2015, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se encomienda al Instituto Tecnológico de Aragón la realización en 2015 de actividades relativas a la formación y divulgación de la Sociedad de la Información.

Publicado el 30/03/2015 (Nº 61)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El artículo 71.41.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 abril, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, en todo caso, la transferencia de conocimientos y el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información.

En la actualidad las competencias antedichas se atribuyen al Departamento de Industria e Innovación en virtud de lo dispuesto en el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho Departamento; en concreto se le atribuyen las competencias de desarrollo de las tecnologías para la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma, y más concretamente la promoción, fomento e implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con especial atención a su incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón.

Con el objetivo de impulsar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y la dinamización de la economía aragonesa, el Gobierno de Aragón ha elaborado la "Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento", que tiene a las Nuevas Tecnologías como uno de sus sectores estratégicos, recogiendo como actuación concreta a desarrollar dentro del eje de actuación denominado Comunidad digital, el impulso de "la incorporación a la Sociedad de la Información de los colectivos con mayor riesgo de exclusión digital, mediante acciones formativas de introducción a las TIC especialmente en el medio rural, en las tres provincias aragonesas".

En este marco se han venido realizando distintas acciones de formación y difusión, cuya finalidad ha sido conseguir la adecuada utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), y contribuir así al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la productividad y la competitividad, en la promoción de la igualdad social y regional, en la accesibilidad universal y en la mejora del bienestar y de la calidad de vida de quienes habitan en Aragón.

Dichas acciones de formación y difusión, consisten de forma muy resumida, en actividades formativas de corta duración relativas a las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), a realizar en telecentros y centros de carácter social del ámbito rural aragonés y dirigidas a personas mayores, no familiarizadas con las nuevas tecnologías.

Para poder realizar estas acciones es necesario disponer de materiales didácticos adecuados. Ello supone, por tratarse del ámbito de las TIC, en continua evolución, no solo la elaboración constante de nuevos contenidos, sino también la continua actualización de los existentes.

El Departamento de Industria e Innovación no dispone actualmente de los medios materiales y humanos suficientes para acometer de forma directa los trabajos relativos a las actuaciones que se recogen en esta encomienda.

De acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora del Instituto Tecnológico de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 5/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, éste se configura como una entidad de derecho público que, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se reasignan determinadas competencias a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma, y se adscriben organismos públicos se encuentra adscrita al Departamento de Industria e Innovación, y se define como un centro de promoción de la investigación y el desarrollo, con arreglo a criterios de interés general, entre cuyas funciones se encuentra "fomentar el desarrollo tecnológico y la investigación al servicio de las administraciones públicas, en particular en aquellos campos que suponen retos de futuro de carácter económico, social, territorial y medioambiental". Ello denota la relación que las actividades objeto de esta encomienda guardan con las funciones del Instituto Tecnológico de Aragón, puesto que la mayor parte de los actuales telecentros y centros de carácter social son de titularidad de las administraciones públicas aragonesas y en el impulso a su conversión y adaptación a las nuevas necesidades del territorio aragonés, se trabaja en el progreso económico, social y territorial en Aragón, a través de la formación y divulgación de la Sociedad de la Información.

Su configuración como entidad de derecho público hace que el Instituto Tecnológico de Aragón (ITAINNOVA) esté dotado de personalidad jurídica propia, patrimonio propio y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, por lo que dispone tanto de los medios técnicos idóneos como de la experiencia necesaria para realizar los trabajos encomendados.

La correcta articulación de la colaboración entre la Administración matriz titular de las competencias en la materia y el ente instrumental dotado de los recursos y medios técnicos precisos para el desarrollo de las tareas de asesoramiento y colaboración técnica proyectadas, a tenor de lo anteriormente expuesto, no puede sino encauzarse a través de la encomienda de gestión en los términos en que lo contempla el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en particular, encomendando la realización de actividades de carácter técnico de la competencia de un órgano administrativo a una entidad de la misma Administración, por razones de eficacia, puesto que no se poseen los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Las actuaciones objeto de esta encomienda siguen líneas de trabajo ya abiertas en las encomiendas realizadas al Instituto Tecnológico de Aragón en años anteriores, y que han supuesto la elaboración de unos contenidos didácticos que, con licencia Creative Commons de tipo Reconocimiento - NoComercial -CompartirIgual (by-nc-sa), están disponibles en la página web del Gobierno de Aragón, a través de la dirección www.aragon.es/tallerestic, y que mediante la presente encomienda se pretenden ampliar y actualizar.

El artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, dispone que la encomienda de gestión a favor de un organismo público dependiente del Departamento encomendante, precisará de la autorización del Consejero correspondiente, por lo que corresponde al titular del Departamento de Industria e Innovación, autorizar la presente encomienda de gestión mediante la aprobación de la correspondiente orden.

La citada orden contendrá el régimen jurídico de la encomienda, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada así como las obligaciones que asuma la entidad encomendada. Asimismo, tal y como dispone el artículo 15.3 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la orden mediante la que se autorice la encomienda de gestión, deberá ser publicada, para su eficacia, en el Diario Oficial correspondiente.

Por todo lo anteriormente expuesto, acuerdo:

Primero.- Encomendar al Instituto Tecnológico de Aragón (ITAINNOVA) la realización de las actividades que se detallan en el punto segundo de esta orden, relativas a la formación y divulgación de la Sociedad de la Información.

Con carácter general estas actividades consistirán en la elaboración de contenidos y recursos formativos que permitan la realización actividades formativas de corta duración relativas a las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), a realizar en el ámbito rural aragonés y dirigidas a personas mayores, no familiarizadas con las nuevas tecnologías.

El objetivo de estas actividades es acercar la Sociedad de la Información a la población posibilitando acciones de formación del uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con las que se persigue Ofrecer un programa formativo en TIC adaptado a las necesidades del entorno rural, potenciando acciones formativas creativas e innovadoras.

Segundo.- Las actividades relativas a la formación y divulgación de la Sociedad de la Información a realizar por el Instituto Tecnológico de Aragón en el marco de esta encomienda, serán las siguientes:

a) Apoyo en la definición y selección de contenidos y recursos formativos.

b) Gestión, elaboración y actualización de los recursos formativos y materiales. Se elaborarán tres contenidos nuevos y en la actualización de los recursos se realizará al menos una revisión de enlaces y referencias web.

c) Diseño del material elaborado para su distribución en soporte digital, que permita su impresión en formato papel de forma sencilla.

d) Coordinación con el Centro Demostrador del DNI Electrónico, situado en Walqa, en relación con los contenidos formativos relativos a DNI y certificado electrónico.

e) Otras actuaciones que sean necesarias para la adecuada realización de las actividades encomendadas.

Tercero.- Será responsabilidad de ITAINNOVA, en el desempeño de esas actividades:

a) Ejecutar las actuaciones objeto de la encomienda en los plazos que se indican en esta encomienda.

b) Aportar los medios humanos y materiales necesarios para la realización de la encomienda.

c) Informar a la Dirección General de Nuevas Tecnologías sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.

d) Seguir las directrices marcadas por la Dirección General de Nuevas Tecnologías en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

e) En los medios materiales que se utilicen para la difusión de las actuaciones encomendadas, asi como en los contenidos formativos se indicará expresamente que se trata de actuaciones del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón. Para ello se seguirán las normas aprobadas por el Gobierno de Aragón en materia de comunicación. Así mismo, a modo de presentación multimedia se utilizará el documento digital de presentación de la actuación, que será mostrado en todos los talleres que se realicen y en el que se describen los objetivos, carácter público y financiación de la actividad.

f) ITAINNOVA podrá encargar los servicios externos necesarios para lograr los objetivos establecidos siempre y cuando no cuente con los medios para llevarlos a cabo. En los servicios vinculados a las temáticas del DNI electrónico, se colaborará con el Centro Demostrador del DNI Electrónico de Aragón.

Cuarto.- Los derechos de propiedad intelectual del material formativo que se genere como consecuencia de las acciones de esta encomienda, corresponderán al Gobierno de Aragón, incluidos los asociados a los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo de dicho material, que deberán contemplar la cesión de los mismos sin limitaciones y de manera ilimitada en el tiempo.

Dado que el Gobierno de Aragón pretende que los contenidos generados en el marco de esta encomienda puedan utilizarse y reutilizarse por quienes se interesen en los mismos, pero sin uso comercial, tanto en los materiales nuevos que realice ITAINNOVA, como en los contratos de servicios que se lleven a cabo, deberá exigirse el licenciamiento de los materiales bajo licencia Creative Commons del tipo Reconocimiento - NoComercial - CompartirIgual (by-nc-sa) e indicarse así en los productos que se generen.

Quinto.- El Departamento encomendante asume las siguientes funciones:

1. La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Industria e Innovación, siendo responsabilidad de éste dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actuaciones objeto de encomienda.

2. La Dirección General de Nuevas Tecnologías del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón supervisará los trabajos desarrollados por Instituto Tecnológico de Aragón al amparo de la presente encomienda. Para ello se designa como responsable de la ejecución de los trabajos encomendados a la Jefa de Servicio de Nuevas Tecnologías y Sociedad de la Información de dicha Dirección General, que se encargará de supervisar la ejecución de las actuaciones, dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actuaciones, analizar las incidencias que puedan surgir durante la ejecución de las actuaciones e informar sobre todos aquellos aspectos relacionados los trabajos encomendados.

Sexto.- El plazo para la realización de las actividades encomendadas finalizará el 30 de septiembre de 2015.

Séptimo.- Para el desempeño de las tareas encomendadas, el Departamento de Industria e Innovación asignará al Instituto Tecnológico de Aragón la cantidad de 6.575 € (seis mil quinientos setenta y cinco euros) con cargo a la partida 17040 G/5424/227006/91002 del PEP 2007/000523, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015.

El importe se abonará de forma proporcional al ritmo de ejecución de los trabajos objeto de la encomienda, previa justificación, de acuerdo con el apartado Octavo.

Octavo.- 1. La justificación de la realización de los trabajos encomendados, así como la de los gastos y pagos efectuados en relación, tanto con los medios propios utilizados, como con los encargados a servicios externos, se realizará hasta el 15 de octubre de 2015, incluido.

2. Para cumplir con la obligación de justificación se presentará una relación de los gastos efectuados para la realización de las actividades encomendadas y la justificación documental de la realización de los gastos mediante la aportación de las facturas o documentos acreditativos del gasto efectuados y los correspondientes justificantes de pago, así como una breve memoria en la que se reflejarán las acciones realizadas, detallando entre otras, las actividades desarrolladas, medios humanos y materiales dedicados y resultados obtenidos, incluyendo productos y documentos generados. Contendrá así mismo, una copia digital de la documentación que se genere como consecuencia de las actividades señaladas en el punto segundo de esta encomienda.

3. No obstante lo indicado en el párrafo 1 de este apartado, con respecto a los gastos de cotización a la Seguridad Social de septiembre y de las retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre rendimientos de actividades económicas correspondientes al tercer trimestre del año, será admisible como justificante la previsión de los mismos siempre que responda a una continuidad en las acciones encomendadas. No obstante, deberá realizarse la justificación efectiva de su pago antes del 31 de diciembre de 2015. Si dicha justificación no se realizara en el plazo indicado, deberá reintegrar el importe abonado por tales conceptos.

4. La Dirección General de Nuevas Tecnologías, una vez analizada la documentación presentada, realizará la correspondiente certificación, previa comprobación de la correcta ejecución de la encomienda.

Noveno.- La vigencia de la encomienda de gestión se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2015.

Décimo.- Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 6 de marzo de 2015.

El Consejero de Industria e Innovación,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ

ANEXO Contenidos de las acciones de difusión y formación objeto de la encomienda

a) Nuevos contenidos

- Fotografía digital. Avanzado para redes sociales.

Curso avanzado, que a partir de los conocimientos adquiridos en el de Fotografía Digital, proporcione conocimientos de cómo manejar y tratar las imágenes e incorporarlas a las redes sociales.

b) Contenidos a adaptar

- Cómo navegar hoy por Internet: formando navegantes.

Se desdoblará en dos secciones: una dedicada a seguridad informática (antivirus, cortafuegos y su instalación, parametrización de la seguridad) y otra enfocada a padres, madres y personas tutoras de menores orientada hacia cuestiones de seguridad en la red y uso responsable de Internet.

- DNI y certificado electrónico y Administración electrónica.

Se unificarán en un solo manual.

c) Contenidos de los recursos ya existentes.

Recursos que contarán con una actualización de contenido, enlaces e imágenes.

- Compras en línea.

- Uso de móviles y smartphones.

- Redes sociales: Facebook.

- Fotografía digital.

- Realización de llamadas y videollamadas sobre Internet (VoIP).

En este contenido se hará hincapié en la mensajería instantánea.

- Utilización de tabletas.

- Acercamiento a las Redes sociales: Twitter.

- Blogs como herramienta de comunicación.