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CORRECCIÓN de errores de la Orden ECD/328/2016, de 20 de abril, de la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso y acceso al cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo.

Publicado el 16/05/2016 (Nº 92)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Advertidos errores en la orden arriba citada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 76, de 21 de abril de 2016, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En el TÍTULO III. CONFORMACIÓN DE LISTAS DE INTERINOS, en la base 21. Aspirantes al desempeño de puestos en régimen de interinidad, donde dice:

"Los integrantes de la lista 1 de interinos tendrán obligación de realizar íntegramente la primera prueba, incluida su lectura, para permanecer en dicha lista sin decaer (artículo 12.3 del Decreto 31/2016 de 22 de marzo), presentándose a cualquiera de las especialidades de las listas a las que pertenezcan y que hayan sido convocadas. En el caso de cumplir dicho requisito en otra Comunidad Autónoma deberá aportar el correspondiente justificante antes del día 20 de julio en la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado".

Debe decir:

"Los integrantes de la lista 1 de interinos tendrán obligación de realizar íntegramente la primera prueba, incluida su lectura, para permanecer en dicha lista sin decaer (artículo 12.3 del Decreto 31/2016, de 22 de marzo), presentándose a cualquiera de las especialidades que hayan sido convocadas por la Comunidad Autónoma de Aragón.

En el caso de que sea cualquier otra Administración autonómica o estatal competente en materia de enseñanza no universitaria la que haya convocado el proceso selectivo, será necesario presentarse por alguna de las especialidades en las que el aspirante estuviera incluido en listas de espera, y hayan sido convocadas el mismo año por el Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón competente en materia de educación. En caso de cumplir dicho requisito, deberá aportar el correspondiente justificante antes del día 20 de julio en la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado".

En el ANEXO III. CARACTERÍSTICAS DE LA PARTE A DE LA SEGUNDA PRUEBA (PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA) DE LA FASE DE OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE MAESTROS, POR ESPECIALIDADES, párrafo tercero, Especialidades de Lengua Extranjera: Inglés y Lengua Extranjera: Francés, donde dice:

"La programación referida a un curso de Educación Primaria o de Educación Infantil, elegido por el candidato, escrita completamente en inglés/francés, constará de un mínimo de 10 unidades y un máximo de 15 y versará sobre los contenidos propios del área como primera lengua extranjera, así como sobre las destrezas tanto expresivas como comprensivas, orales y escritas. Las unidades, que podrán tener cada una diferente duración, deberán ir organizadas de manera secuenciada, estarán numeradas y estructuradas de manera que puedan permitir posteriormente su desarrollo completo en el tiempo asignado para su exposición, que deberá hacerse en inglés/francés".

Debe decir:

"La programación referida a un curso de Educación Primaria o de Educación Infantil, elegido por el candidato, escrita completamente en inglés/francés, constará de un mínimo de 10 unidades y un máximo de 15 y versará sobre los contenidos propios del área bien como primera lengua extranjera, o bien como segunda lengua extranjera en los cursos en los que la normativa vigente la autoriza, así como sobre las destrezas tanto expresivas como comprensivas, orales y escritas. Las unidades, que podrán tener cada una diferente duración, deberán ir organizadas de manera secuenciada, estarán numeradas y estructuradas de manera que puedan permitir posteriormente su desarrollo completo en el tiempo asignado para su exposición, que deberá hacerse en inglés/francés".

En el ANEXO III. CARACTERÍSTICAS DE LA PARTE A DE LA SEGUNDA PRUEBA (PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA) DE LA FASE DE OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE MAESTROS, POR ESPECIALIDADES, párrafo cuarto, Especialidad de Pedagogía Terapéutica, donde dice:

"Centros ordinarios de Educación Infantil y Primaria o Educación Secundaria Obligatoria: plan específico de apoyo, refuerzo o recuperación, de carácter individual o colectivo, de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo como consecuencia de sus necesidades educativas especiales".

Debe decir:

"Centros ordinarios de Educación Infantil y Primaria o Educación Secundaria Obligatoria: plan específico de apoyo, refuerzo o recuperación, de carácter individual o colectivo, de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo".