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ANUNCIO de la Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por el que se somete a un período de información pública el proyecto de orden del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se completan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales.

Publicado el 07/12/2017 (Nº 234)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) número 922/72, (CEE) número 1234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007, en su artículo 55, contempla la elaboración de programas nacionales para mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas de una duración de tres años ("programas apícolas"). Estos programas, elaborados en estrecha colaboración con las organizaciones representativas del sector apícola, se aprueban mediante Decisión de la Comisión.

Con base en esta facultad y, con el fin de garantizar el correcto funcionamiento del régimen de ayudas en dicho marco jurídico, se publicó el Reglamento Delegado (UE) n.º 2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión, de 6 de agosto de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura.

Los citados Reglamentos establecen las normas de aplicación que rigen la ayuda concedida por la Unión a los programas nacionales para el sector de la apicultura a las que se refiere el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en su artículo 55.

En el Estado Español, el Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, conforme a las disposiciones del Reglamento Delegado (UE) n.º 2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, y al Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión, de 6 de agosto de 2015, estableció un régimen de ayudas a la apicultura, conteniéndose en el mismo las bases reguladoras de estas subvenciones.

A su vez, el precitado Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, ha derogado la anterior regulación nacional mediante el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, con el fin de introducir los cambios reglamentarios introducidos por la normativa mencionada de la Unión Europea.

En la actualidad, en la Comunidad Autónoma, esta regulación estaba materializada en la Orden de 2 de abril de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se completan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, que es necesario proceder a su derogación para adaptarla a los cambios normativos introducidos.

Estas subvenciones se enmarcan dentro de los objetivos definidos en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad para el periodo 2016-2019.

Las subvenciones previstas en esta orden están cofinanciadas por el FEAGA, la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Con el fin de dar transparencia al procedimiento de gestión de las ayudas contempladas en esa norma y de que sus futuros beneficiarios vean facilitado el acceso a las mismas, resulta necesario la aprobación de una norma que especifique todo el proceso de gestión de las ayudas, completando lo dispuesto en el Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre.

La invitación para aprobar esa norma se encuentra en artículo 6 del citado Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, en cuanto atribuyen competencias a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma.

Estas subvenciones se dictan de conformidad con el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente, en lo que no se oponga a la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Esta regulación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, se amplía con las previsiones de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, así como por el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, gana­dería y medio ambiente, ("Boletín Oficial de Aragón", número 156, de 8 de agosto de 2013) que en su artículo 4 faculta al Consejero competente en materia de agricultura para aprobar las bases reguladoras de las subvenciones en dicha materia.

Por todo lo expuesto y conforme a lo que señala el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se acordó la tramitación de urgencia reduciendo los plazos a la mitad.

Asimismo, como el contenido de este proyecto normativo puede afectar a una pluralidad indeterminada de sujetos, es por ello necesario someter el antedicho proyecto, conforme al artículo 49.2 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, a información pública que este aviso hace efectivo, conforme a las siguientes condiciones:

Primera.- Se somete a información pública el proyecto de orden del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se completan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, por un periodo de quince días a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", durante el que cualquier persona física o jurídica que lo considere oportuno pueda examinarlo y presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes.

Segunda.- El proyecto podrá examinarse en días hábiles en las dependencias administrativas del Servicios de Información y Documentación Administrativa (edificio Pignatelli, paseo M.ª Agustín, número 36, Zaragoza), y de la Dirección General de Producción Agraria (edificio Maristas, plaza San Pedro Nolasco, número 7, planta 2.ª, puerta 3.ª, Zaragoza).

Igualmente, el texto esta disponible para su consulta en la página web del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón: www.aragon.es/agriculturaganaderiamedioambiente/informacionpublica.

Tercera.- Las alegaciones o sugerencias deberán presentarse por escrito, haciéndose constar en el mismo el nombre, apellidos, D.N.I, domicilio y localidad del alegante y se dirigirán a la Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, pudiendo ser presentadas, asimismo, en los registros de los lugares indicados en el párrafo anterior así como en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 28 de noviembre de 2017.- El Director General de Producción Agraria, José María Salamero Estebán.