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DECRETO 198/2017, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se nombra a los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.

Publicado el 07/12/2017 (Nº 234)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

La Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón creó el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, como órgano colegiado especializado, competente para la revisión de los procedimientos de contratación promovidos por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley.

Al Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón se le atribuye por el ordenamiento jurídico competencias para conocer y resolver los recursos especiales en materia de contratación a que se refiere el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como para los contratos de obras de valor estimado superior a 200.000 euros y de suministros y servicios superior a los 60.000 euros, umbrales establecidos en la Ley 3/2011, de 24 de febrero, en redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Públicas; adoptar las decisiones pertinentes sobre las medidas cautelares o provisionales que se puedan solicitar por las personas legitimadas en los procedimientos anteriormente establecidos; y conocer y resolver las que se interpongan en los supuestos previstos en los artículos 101 y 109 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, así como adoptar las decisiones pertinentes sobre las medidas cautelares o provisionales que se puedan solicitar en tales casos.

Desde su creación, ha estado sometido a un régimen transitorio que permitía que sus miembros compatibilizasen su tarea con su puesto de trabajo en la Administración a la que perteneciesen; transitoriedad que concluye con la aprobación del Decreto-Ley 3/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la Ley 3/2011, de 24 de febrero, para la profesionalización de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, que dispone que éstos desempeñarán su función en régimen de dedicación exclusiva. Esta modificación hace necesaria la selección y nombramiento de nuevos miembros del Tribunal.

La Ley 3/2011, de 24 de febrero, en su redacción dada por el Decreto-Ley 3/2017, establece en el apartado primero del artículo 18 que "El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón estará compuesto por un Presidente y al menos dos vocales" y en el apartado segundo del mismo precepto que "El Presidente y los vocales del Tribunal serán nombrados por Decreto del Gobierno de Aragón, previa información a las Cortes de Aragón y a propuesta del Consejero competente en materia de contratación pública. La propuesta al Gobierno se hará previa convocatoria pública realizada por el Departamento competente en materia de contratación pública, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial de Aragón".

La convocatoria de provisión de los puestos de trabajo de Presidente y de Vocales del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, se realizó mediante Órdenes del Consejero de Hacienda y Administración Pública de 10 de agosto de 2017 que fueron publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", de 28 de agosto (Orden HAP/1215/2017, de 10 de agosto, Orden HAP/ 1214/2017, de 10 de agosto y Orden HAP/ 1213/2017, de 10 de agosto), exigiéndose para su provisión, tal y como exige la Ley 3/2011, de 24 de febrero, la condición de funcionarios de carrera del Grupo A1, con la titulación en Derecho y que hayan desempeñado su actividad profesional en la rama de Derecho Administrativo relacionada directamente con la contratación pública, por tiempo superior a 15 años en el caso del Presidente y por tiempo superior a 10 años en el caso de los Vocales.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, como titular del Departamento competente en materia de contratación pública, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, una vez informadas las Cortes de Aragón y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 30 de noviembre de 2017

DISPONGO

Primero.- Nombrar Presidenta del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón a D.ª Esperanza Ríos Martín, número de RPT 69697, quien reúne los requisitos exigidos en la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.

Segundo.- Nombrar Vocales del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón a D.ª Paula Bardavío Domínguez, número de RPT 69703 y a D.Sergio Javier Ibarz Bosqued, número de RPT 69704 con funciones de Secretario, quienes reúnen los requisitos exigidos en la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.

Tercero.- El presente Decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 30 de noviembre de 2017.

El Presidente del Gobierno de Aragón, JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

FERNANDO GIMENO MARÍN