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DECRETO 186/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se dispone la reversión, a favor del Ayuntamiento de Illueca, del inmueble que cedió para Centro de Salud, hoy instalado en otra ubicación.

Publicado el 07/12/2017 (Nº 234)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Mediante Decreto 42/2000, de 29 de febrero ("Boletín Oficial de Aragón", número 30, de 10 de marzo), el Gobierno de Aragón aceptó la cesión gratuita de un inmueble en Illueca, en C/ Benedicto XIII, número 8-10, cedido por el Ayuntamiento a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la ubicación de un Centro de Salud y vivienda de médicos, habiéndose formalizado la preceptiva escritura pública de cesión el día 5 de octubre de 2000, ante la Notaria, con residencia en Brea, D.ª María Jesús Pinedo Úbeda (número 668 de protocolo), e inscrito el dominio de la finca a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón en el Registro de la Propiedad de Calatayud.

Asimismo, con fecha 27 de abril de 2001, se formalizó el Acta de Adscripción y Afectación de este inmueble a favor del Servicio Aragonés de Salud, conforme con lo cual se ha venido prestando la asistencia sanitaria en él, hasta junio de 2017, cuando se ha inaugurado un nuevo Centro de Salud, construido en una parcela cedida por la Comarca del Aranda para este fin.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, ha manifestado que la puesta en funcionamiento del nuevo Centro de Salud, ha supuesto que el inmueble de C/ Benedicto XII, número 8-10 haya quedado fuera de servicio y ha sido desalojado, dado que no va a seguir prestando ningún uso sanitario al referido organismo público.

En consecuencia, habiendo dejado de destinarse a la prestación de servicios públicos sanitarios, concurre el supuesto de desafectación previsto en el artículo 86 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre (TRLPA).

La desafectación de este inmueble, ha sido dispuesta por el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 87 TRLPA, mediante Orden de 7 de noviembre de 2017.

A su vez, el Ayuntamiento de Illueca, mediante acuerdo Plenario, ha solicitado la reversión de este inmueble, por haber dejado de ser necesario para la finalidad para la que fue cedido a la Comunidad Autónoma, ejerciendo el derecho de recuperación que le reconoce, para ese supuesto, el artículo 118.4 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, y el artículo 111 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación, del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 28 de noviembre de 2017

DISPONGO

Primero.- Reversión del antiguo Centro de Salud de Illueca

Se dispone la reversión a favor del Ayuntamiento de Illueca, del edificio, que a continuación se describe, que fue objeto de cesión por dicho Ayuntamiento, para la ubicación de un Centro de Salud. Este inmueble ha dejado de ser necesario para este fin, por traslado de este equipamiento a otra ubicación, habiéndose dispuesto su desafectación, mediante Orden de 7 de noviembre de 2017, del Consejero de Hacienda y Administración Pública:

Planta baja: Estructura diáfana, para la construcción de centro de salud y vivienda de médicos, con una superficie construida total de quinientos treinta metros y cincuenta y cinco decímetros cuadrados, de los que cuatrocientos noventa y seis metros sesenta y un centímetros cuadrados corresponden a estructura destinada a centro de salud y el resto de 33,94 metros cuadrados se destina a elementos comunes, siendo la superficie útil total de la planta de quinientos dieciséis metros cincuenta y seis decímetros cuadrados. Tiene su acceso por la calle de nueva apertura, a la derecha de calle Benedicto XIII, con arreglo a la cual, linda: frente, calle de nueva apertura, y edificio propiedad de la Comunidad Autónoma Aragonesa; derecha entrando, plazoleta de acceso y edificio propiedad de la Comunidad Autónoma Aragonesa; izquierda, calle Benedicto XIII y fondo, edificio número 14 de la calle Benedicto XIII. Le corresponde una cuota de participación, sobre el total del edificio, de diez enteros por ciento.

Tiene como anejos inseparables, los espacios en las plantas primera y segunda alzadas, destinados a vivienda de médico, en primera planta alzada de cuarenta y seis metros ochenta y un decímetros cuadrados, y en segunda planta alzada de cuarenta y tres metros treinta y cuatro decímetros cuadrados, espacialmente situados encima del pasillo de entrada de vehículos al garaje común, y lindantes al frente, patio interior del centro de salud; izquierda entrando, planta primera de edificio en carretera de Aranda; derecha, edificio de laboratorio de calzado y fondo, carretera de Aranda, sin número.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Calatayud, al tomo 1655, libro 66, folio 199, finca número 6595

Referencia catastral: 4595813XL1949N0002HI

Segundo.- Recuperación de la propiedad

Procede que el Ayuntamiento de Illueca recupere la propiedad de este edificio, de conformidad con el derecho de reversión de bienes cedidos que le reconoce, en caso de incumplimiento de la finalidad, el artículo 118.4 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, y el artículo 111 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Tercero.- Formalización

Se faculta al Consejero de Hacienda y Administración Pública, y al Director General de Contratación, Patrimonio y Organización, o persona en quien deleguen, para que cualquiera de ellas, indistintamente, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este decreto.

Zaragoza, 28 de noviembre de 2017.

El Presidente del Gobierno de Aragón

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Hacienda y Administración Pública

FERNANDO GIMENO MARÍN